Operativos policiales por más seguridad ciudadana

Operativos policiales por más seguridad ciudadana
Operativos policiales por más seguridad ciudadana

Las actividades y operativos que se extenderán a lo largo de los diferentes ejes viales del casco urbano tienen como objetivo mantener el orden y consolidar a Santa Marta como un destino seguro.

Los comerciantes y la comunidad en general reciben con mucha complacencia los operativos de seguridad que realizan los agentes de la Policía Metropolitana de Santa Marta.

La tarde de ayer los uniformados ‘tomaron’ el Centro Histórico, más específicamente la Carrera 1 o Avenida del Fundador, donde conductores de vehículos particulares y motociclistas fueron requeridos para solicitar registros y verificación de antecedentes judiciales.

El propósito de estos operativos es avanzar en la percepción de seguridad convocando a la comunidad, prestadores de servicios, empresarios y visitantes a trabajar juntos contra el crimen.

Las actividades y operativos que se extenderán por los diferentes ejes viales del casco urbano tienen como objetivo mantener el orden y consolidar a Santa Marta como un destino seguro, donde se puedan aprovechar las buenas prácticas de convivencia y tolerancia.

HACER CUMPLIR LAS LEYES

Ciudadanos samaritanos y gente de bien apoyan las operaciones de la fuerza pública y las acciones encaminadas al cumplimiento de las leyes. Como se recordará, se encuentra vigente el Decreto 147, que tiene como objetivo establecer y determinar el perímetro de las áreas o lugares del espacio público abiertos al público en los que se restringirá el porte, consumo, oferta, distribución, facilitación y comercialización de sustancias. psicoactivo, incluida la dosis personal.

Para tal efecto, la institución policial tendrá todas las capacidades para hacer cumplir el acto administrativo y prevenir acciones delictivas que atenten contra la niñez, la juventud y la sana convivencia de los samaritanos.

El Decreto 147 especifica que las zonas de prohibición son las instituciones educativas públicas y privadas, como jardines, escuelas, colegios e instituciones de educación superior, en todos los niveles. Asimismo, los parques de la ciudad, malecones, playas, plazas legalmente establecidas como espacios públicos.

Tampoco se aceptará el consumo de drogas en centros deportivos, espacios y edificios destinados a la práctica de ejercicio físico, recreación y deporte, piscinas, canchas deportivas, polideportivos, estadios, coliseos, clubes deportivos y recreativos.

Otra de las zonas prohibidas son aquellas zonas que sean patrimonio histórico o declarado, de interés cultural y público. Incluso las áreas aledañas a cien (100) metros de edificios, templos o lugares de culto y asistencia espiritual o lugares de peregrinación donde los feligreses practiquen y/o promuevan su fe religiosa.

SANCIONES

El artículo 4 del Decreto 147 se refiere a las sanciones, señalando textualmente: “Quien realice una o más de las conductas de portar, consumir, ofrecer, distribuir y comercializar sustancias psicoactivas, incluida la dosis mínima, en los espacios públicos designados, estará sujeto a sanciones”. de la aplicación de las medidas correctivas señaladas en los numerales 1 y 2 del artículo 34 y en el numeral 2 del artículo 140 de la Ley 1801 de 2016.

identificación: 10

 
For Latest Updates Follow us on Google News
 

PREV El espejo de Río Cuarto y los desafíos del Senado
NEXT “Me atraganté de la risa” – .