¿Un paso adelante o un retroceso en los derechos laborales? – .

¿Un paso adelante o un retroceso en los derechos laborales? – .
¿Un paso adelante o un retroceso en los derechos laborales? – .

Por Silvia Zarza, abogada egresada de la UNNE, directora de Zarza & Asociados

Especial para El Litoral

La reciente propuesta de reforma laboral contenida en la Ley de Bases aprobada por la Cámara de Diputados de la Nación, ha generado un intenso debate en la sociedad argentina. Si bien se plantea como una medida para modernizar y adaptar la legislación laboral a las necesidades actuales del mercado, es crucial analizar sus implicaciones desde una perspectiva crítica, especialmente en lo que respecta a la protección de los derechos de los trabajadores y la estabilidad laboral.

En primer lugar, es fundamental tener presente el carácter de orden público de las leyes laborales, mientras que por derecho constitucional el Estado debe garantizar el respeto real de estos derechos.

Sin duda, Argentina debe contar con leyes acordes al mundo actual, adaptadas a las necesidades económicas y sociales en un contexto mucho más complejo que hace casi 100 años cuando los primeros trabajadores iniciaron sus luchas por derechos a humanizar el trabajo.

En ese momento, las deplorables condiciones laborales de algunos sectores como los trabajadores rurales, trabajadores de la construcción, entre otros, generaron los primeros movimientos, que luego se plasmaron en leyes que reglamentaban la actividad, seguidos de otros trabajadores, que se organizaron a través de organizaciones. sindicatos, dando lugar a convenios colectivos de trabajo.

El 13/05/1976 se sancionó la Ley 20744, ley madre que consagra de manera general todos los derechos laborales.

En nuestro país, el derecho laboral, al ser una cuestión de orden público, tiene competencia propia en la estructura del poder judicial para conocer todas las cuestiones relativas a la relación laboral entre el empleador y el trabajador, para lograr un equilibrio protector entre el trabajador. . , más vulnerable y el empleador, en teoría, la parte más fuerte en la relación.

Es evidente que esta diferencia entre el trabajador y el empleador es muy significativa en las grandes fábricas, empresas nacionales o multinacionales, donde el poder económico es mucho más fuerte, produciendo el desequilibrio que necesita proteger a la parte más vulnerable, el trabajador.

Pero no ocurre lo mismo en las pequeñas y medianas empresas, microempresas o emprendimientos, en los que el “empresario o dueño” es un trabajador más y quien, al lado de los empleados, es el primero en llegar al lugar de trabajo. y el último. Al salir, en ocasiones incluso continuará en la empresa hasta los días de descanso, debido a la responsabilidad que recae sobre sus hombros, no sólo de salir adelante, sino también de tener que cumplir con las cargas fiscales, tributarias y de seguridad social, las cuyo incumplimiento generaría mayor presión económica.

El 70% de la economía argentina está movilizada por pymes, microempresas y emprendimientos. Son ellos los que no han tenido acceso al crédito en los últimos años, y que para sobrevivir en contextos económicos muy adversos han recaído, en muchos casos, en pagar préstamos carísimos, descapitalizarnos, e incluso en pagar juicios laborales donde las leyes son aplicables como regla matemática, sin evaluación del contexto general que llevó al “empresario-trabajador” a la pérdida total de su patrimonio.

Es por algunas de estas razones que, en un país de muy gran extensión, con una gran diversidad de suelos y de explotación económica, con provincias muy ricas y provincias muy pobres, donde es casi imposible lograr un equilibrio haciendo una distribución excluyendo a los más pobre. , no se pueden lograr leyes justas que sean igualmente aplicables a todas las regiones de Argentina.

La generalización puede conducir a situaciones muy injustas.

Dicho lo anterior, veamos algunos puntos claves de la reforma laboral propuesta en la ley básica; uno de ellos trata de la ampliación del periodo de prueba: La ampliación del periodo de prueba a seis meses para empresas de más de 100 trabajadores, a ocho meses para empresas de 6 a 99 trabajadores, e incluso hasta un año en empresas más pequeñas. En cualquier caso, esta medida podría resultar contraproducente en relación con la estabilidad laboral.

Eliminación de multas por trabajo no registrado: ¿Un estímulo a la informalidad laboral?

La eliminación de multas por trabajo no registrado y la introducción de un período de blanqueo y moratoria para regularizar la situación de los trabajadores no registrados plantea dudas sobre su eficacia para combatir la informalidad laboral.

¿Realmente alentará a las empresas a regularizar a sus empleados si no hay consecuencias significativas por mantenerlos informales? En principio parece una medida que supone un alivio para las pymes y empresas de menor tamaño, que son las que vienen intentando sobrevivir en un contexto económico muy adverso. Sin duda, que la tasa de informalidad baje dependerá del control que tengan los organismos policiales del trabajo.

Caja de despidos y contratación de seguros: ¿una externalización del riesgo laboral?

En principio, para las pequeñas empresas, es un verdadero alivio, aportar a un fondo que quizás nunca se utilice o, cuando sea necesario, reducir la presión económica que supone el despido de un empleado.

También para el trabajador, cobrar el fondo de desempleo puede ser una solución más inmediata que esperar a que se obtenga un préstamo laboral tras un proceso judicial que puede llevar años de litigio.

Sin embargo, la creación de un fondo de indemnización para las indemnizaciones, así como la posibilidad de contratar un seguro, plantea la cuestión de si estamos externalizando el riesgo laboral de las empresas a los propios trabajadores. ¿No estaríamos transfiriendo la responsabilidad de garantizar la compensación laboral a los empleados, quienes tendrían que asumir el costo de estos seguros o fondos?

Finalmente, la creación de la figura del trabajador “colaborador” de un trabajador independiente podría beneficiar a las Pymes en varios aspectos, por ejemplo: para aquellas con recursos limitados, tener la posibilidad de contratar colaboradores independientes les da flexibilidad en la gestión de su fuerza laboral. . Esto les permite adaptarse mejor a las fluctuaciones de la demanda y a las necesidades específicas de proyectos temporales o estacionales. Reducción de costos laborales y contar con equipos con habilidades especiales para el desarrollo del emprendimiento.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que la figura del colaborador también plantea importantes desafíos y consideraciones, tanto para las pymes como para los propios trabajadores independientes. Es esencial garantizar que se respeten los derechos laborales y se establezcan relaciones laborales justas y equitativas, incluso en el contexto de colaboraciones independientes.

En conclusión, la reforma laboral propuesta plantea una serie de desafíos e interrogantes que deben abordarse con seriedad y rigor. Es imperativo garantizar que cualquier cambio legislativo en materia laboral que tienda al tan ansiado desarrollo económico del país, respete a su vez los derechos y la dignidad de los trabajadores, sin comprometer su estabilidad o seguridad laboral; La reforma debe tener una visión general de la extensión y diversidad económica del país para lograr cambios sostenibles, justos y equitativos.

 
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