El Supremo rechaza que los funcionarios interinos pasen a ser funcionarios permanentes ‘automáticamente’

El Supremo rechaza que los funcionarios interinos pasen a ser funcionarios permanentes ‘automáticamente’
El Supremo rechaza que los funcionarios interinos pasen a ser funcionarios permanentes ‘automáticamente’

No existe compatibilidad del derecho europeo con el derecho español. Esa ha sido la justificación que ha dado la Cámara Social del Corte Suprema para Rechazar la conversión judicial automática de funcionarios interinos en permanentes derivada de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la UE. Una decisión que deja sin efecto el recurso de unificación de doctrina formulado por la Junta de Castilla y León.

Además, señala la incompatibilidad del sistema español con esta normativa europea, justificando que esta decisión No se basa en los principios de igualdad, mérito y capacidad. Tampoco se deriva de esta sentencia europea “una igualdad radical entre el régimen jurídico de los trabajadores temporales y permanentes”, afirman desde Prensa europea.

¿Por qué no se permite el cambio automático de interino a permanente?

El TJUE dictaminó en febrero que la normativa española no disuade adecuadamente a las administraciones públicas del abuso de los contratos temporales y dio como posible solución convertir a estos trabajadores en indefinidos sin pasar por la fase de oposición.

El Tribunal Supremo ha aceptado el desafío y se ha defendido explicando que esta sentencia no puede interpretarse como “que implica una conversión judicial automática”, añadiendo que esto “sería incompatible con el sistema español de autoorganización de su propia administración pública y eso se aplica a los funcionarios y trabajadores contratados de vez en cuando”. Y subraya su decisión argumentando que el acceso al trabajo en las organizaciones españolas debe hacerse sobre la base del principio de igualdad, capacidad y mérito en el acceso al Servicio Público.

Pese a lo anterior, esto no acaba aquí. Según expresan fuentes del Tribunal Supremo a Europa Press, “de forma inminente, presentará al TJUE la cuestión prejudicial que anunció el pasado 7 de marzo para aclarar si las medidas del ordenamiento jurídico español se ajustan a la normativa europea”.

Además, sobre la igualdad entre trabajadores fijos y temporales, explican que el TS los considera “como una circunstancia razonable que justifica legítimamente la exclusión del personal fijo no permanente del concurso de traslados previsto en el convenio colectivo y explica la discriminación de dichos trabajadores”. tipo de trabajadores”.

 
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