Bogotá DC
El 116 municipios del departamento Deben invertir al menos el 1% de sus ingresos actuales en la protección del medio ambiente.
Esta disposición legal Fue revalidado con la expedición de la Ley 2320 del 29 de agosto de 2023; mediante el cual, además de mantener las condiciones vinculantes que el Ley 99 de 1993Se establece que esta inversión se realizará con enfoque en soluciones basadas en la naturaleza.
Según la Contraloría, En esta época de sequía y cuando el nivel de los embalses es tan bajo, ellos deben yoimplementar pagos por Servicios Ambientales o para ejecutar compras de inmuebles con afluentes de agua.
Para monitorear estas inversiones, la entidad monitorea la inversión de estos recursos.
“Como parte del compromiso de adaptación al cambio climático, la restauración, rrehabilitación, recuperación ecológica o para financiar esquemas de pago por servicios ambientales (PSA) en áreas de importancia estratégica”, indicó la entidad.
Avanza Contraloría de Cundinamarca la evaluación de la gestión fiscal ambiental a los temas priorizados a través de la Subdirección de Costos Ambientales.
Municipios que deben cumplir con la obligación:
1. Agua de Dios
2. Nilo
3. Cáqueza
4. Nimaima
5. Chaguaní
6. Nocaima
7. Chipaque
8. ParateBueno
9. Villeta,
10.Puerto Salgar
11. Fosca
12. Barranco Negro
13. rango
14. Sasaima
15. Guatavita
16. tibirita
17. Junín
18. Tocaima
19. La Peña
20. Vergara
21. manta
22. Vianí
23. Macheta
24. Sesquilé
25. Suesca
26. Villapinzon
27. Gachalá
28. La Calera
29. Medina
30. Fómeque
31. Guayabetal
32. Ubaque
33. Paime
34. Villagómez
35. Cajicá
36. Cogua
37. Tenjo
38. Bojaca
39. La rosa
40. Subchoque
41. Cabrera
42. Silvania
43. Anapoima
44. Cachipay
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