Docentes correntinos rechazan descuentos en el Complemento Provincial y piden actualización del monto
Por motivos de salud o maternidad, el Complemento Docente Provincial (que sustituyó al Incentivo que eliminó Milei) será motivo de descuentos para muchos docentes. Quienes tengan dos puestos dejarán de recibir $56.000. El sindicato SUTECO solicitó que se desvincule del Presentismo y que se actualice el monto: “debe ser de $80.000 por puesto como lo era el Incentivo Nacional a la Docencia”.
Este miércoles 10 de abril, el Sindicato Único de Trabajadores de la Educación de Corrientes (SUTECO) presentó, en Casa de Gobierno, un Recurso de Revocación y una solicitud de Derogación del artículo 4 del Decreto Provincial N° 355/24 que busca vincular el pago de el Complemento Docente Provincial (que reemplazó al FONID y Conectividad Nacional) al Presentismo.
En conferencia de prensa posterior a la presentación del documento dirigido al gobernador, el secretario general del SUTECO explicó que el pedido de derogación se debe a que el artículo “constituye un grave retroceso legislativo respecto del actual Régimen de Licencias, permisos y justificación de ausencias”. del personal docente.” .
También describió el art. 4 del Decreto N° 355/24 como “deshumanizante” porque “todo docente que justifique debidamente la licencia por motivos de salud, maternidad u otras causas, aún así no percibirá el Complemento Docente Provincial”.
“El presentismo va a ser un descuento seguro para muchos docentes que por motivos de salud dejarán de recibir más de $56.000 para quienes tienen 2 puestos”, agregó el Secretario General.
También comparó que el monto “está totalmente devaluado” porque “debían ser $80.000 por puesto como era el Incentivo Nacional a la Docencia, pero la Provincia está pagando $28.700 y lo amarra al código de Presentismo”. Esto genera mucha indignación y malestar entre los docentes”, afirmó Fernando Ramírez.
El SUTECO expresó que el Decreto N° 355/24 no respeta el art. 6 pulgadas b) el Estatuto del Maestro (ley 3723) que establece que el docente tiene –entre otros derechos– el “goce de una remuneración íntegra, digna y justa” de carácter nutricional; ya que el complemento docente provincial “tiene carácter remunerativo”.
“No es humano que para recibir tal concepto retributivo el docente se vea obligado a asistir, a pesar de razones de salud o embarazo debidamente justificadas que le impiden hacerlo, todo ello basándose en el simple argumento de que “los docentes deben entender la situación”. que atraviesa el país”, situación a la que es ajeno en su autoría y responsabilidad y que, de ninguna manera justifica el desconocimiento del derecho del docente a recibir su remuneración total”; explica el documento.
Por su vinculación con la remuneración y el Complemento Docente Provincial, el SUTECO también solicitó al Gobernador “expedir una norma procesal a la que deberá ajustarse la Junta Médica de la Subdirección de Reconocimientos Médicos”.
Ya que existe confusión y vacío legislativo porque “la competencia y funcionamiento de la Junta Médica de la SRM se regula limitada y exclusivamente para el personal de la administración pública y sus entidades descentralizadas (Arts. 169/174 de la Ley 4067/86 y por los artículos 169/ 170 del Decreto 4340/86). Y quedan excluidos de su aplicación “el personal incluido en estatutos especiales” (Art. 5), como el personal docente (Ley del Estatuto del Profesorado 3723/86).