Protegen derechos fundamentales de soldado que fue discriminado por revelar su diagnóstico médico

Protegen derechos fundamentales de soldado que fue discriminado por revelar su diagnóstico médico
Protegen derechos fundamentales de soldado que fue discriminado por revelar su diagnóstico médico

La Corte Constitucional protegió los derechos fundamentales a la salud, a la vida en condiciones dignas, a la seguridad social, a la privacidad, hábeas dataigualdad y no discriminación de un soldado a quien se le negó la prestación de los servicios médicos ordenados por su médico tratante y, adicionalmente, se dio a conocer su diagnóstico médico, por lo que fue objeto de burlas y actos discriminatorios por parte de colegas y superioreslo que también afectó su salud mental.

Según el alto tribunal, el demandante fue sometido a un escenario de discriminación a raíz de su diagnóstico médico. Superiores y compañeros aludieron a dicho diagnóstico con el propósito de ofenderlo y menospreciarlo, por lo que se estructuró un trato diferencial arbitrario y reprobable desde el punto de vista constitucionalya que se violaron sus derechos fundamentales a no ser discriminados, a la igualdad y a la dignidad humana.

El escenario de discriminación es un recurso utilizado para explicar que la discriminación a la que es sometida una persona no se manifiesta específicamente en un solo episodio, sino que opera a través de múltiples y sutiles mecanismos de segregación y exclusión que se suceden ante nuestros ojos. de otras personas. Para medir el impacto real que un acto o una serie de actos de discriminación pueden tener sobre los derechos fundamentales de una persona, El análisis judicial debe incluir el contexto en el que ocurre.

Continuidad de la atención

Ahora, la suspensión de los servicios médicos al demandante a pesar de conocer las enfermedades diagnosticadas y los servicios prescritos por los médicos tratantes, como consecuencia de poner fin a la prestación de su servicio militar obligatorio, viola sus derechos fundamentales a la salud y a la seguridad social. y desconoce la jurisprudencia constitucional relacionada con la Principio de continuidad en la atención médica de los miembros separados de las fuerzas militares.

Así, no puede afirmarse que haya operado la figura de la actual falta de finalidad por daño consumado o situación sobreviniente y, en ese sentido, se ordenó a los demandados, si hubieran llevado a cabo la desafiliación, a realizar las diligencias necesarias. afiliar al demandante al subsistema de salud de las fuerzas militares y garantizarlo por el tiempo necesario para superar el diagnóstico y demás afectaciones a su salud mental surgidos durante la prestación del servicio militar.

Por otro lado, ordenó la adopción de un plan con el objetivo de documentar oportunidades de mejora y adoptar un protocolo de buenas prácticas para mantener la confidencialidad de los registros médicos. Además, Se debe establecer un protocolo para la prevención y atención de situaciones de discriminaciónel cual deberá ser divulgado en la página web del Ejército Nacional (Diputada Natalia Ángel Cabo).

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