A través de Resolución General 5516/2024 del Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publicado este viernes en el Boletín Oficial, los plazos para la presentación de declaraciones juradas y pago de impuestos sobre la renta y sobre bienes personales correspondientes al ejercicio fiscal 2023.
¿A quién se aplica?
- Las personas humanas y las sucesiones indivisas comprendidas en las Resoluciones Generales N° 975 y 2.151, sus respectivas modificaciones y complementos.
- Materias cubiertas por la Resolución General N° 4.468, sus modificatorias y sus complementos (impuesto regular).
¿Cuáles son los nuevos vencimientos?
Los nuevos vencimientos dependen de la terminación del Identificación Tributaria Única (CUIT) del contribuyente o responsable.
Tabla de vencimientos tanto de Ganancias como de Bienes Personales
- Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: Fecha límite: 26 de agosto de 2024 (inclusive)
- Finalización CUIT 4, 5 y 6: Fecha límite: 27 de agosto de 2024 (inclusive)
- Finalización CUIT 7, 8 y 9: Fecha límite: 28 de agosto de 2024 (inclusive)
¿Por qué se amplían los plazos?
Como se menciona en el texto oficial, esta medida se debe a que aún se encuentra en trámite en el Congreso Nacional el proyecto de ley que modifica los impuestos a la renta y a los bienes muebles.
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