la abuela ayudó a criar al niño y el abuelo pagará la pensión alimenticia – .

En San Antonio, Un padre fue condenado a pagar la manutención de su hija, En caso contrario, la responsabilidad recaerá en el abuelo de la niña. El fallo destaca que la madre fue la encargada de criar al niño con ayuda de la abuela paterna fallecida hace dos años. El padre nunca mostró interés en ser parte de la vida de la niña.

Según dijo la madre al tribunal cuando hizo la denuncia «desde el nacimiento de la niña tuvo que encargarse de realizar todas las tareas que conlleva su cuidado y, a su vez, cubrir todos los gastos. En ningún momento los padres mostraron interés”.

Cual Si estuvo presente fue la abuela paterna de la niña quien colaboró ​​con su crianza hasta su fallecimiento en 2022.. Sin embargo ni los padres ni el abuelo paterno tuvieron ningún contacto Ni siquiera estaban interesados ​​en saber cómo estaba la niña.

Motivada por esto, la madre pidió que el padre fuera responsable de la cuota de manutención y en caso contrario, que fuera el abuelo paterno. “A pesar de haber sido notificados, ni el padre ni el abuelo aparecieron en el expediente cuando fueron citados”, explicaron desde la Justicia.

El fallo recordó que el Código Civil y Comercial define la responsabilidad parental como “el conjunto de deberes y derechos que corresponden a los padres sobre la persona y bienes del hijo, para su protección, desarrollo y formación integral mientras sea menor de edad y no haya sido emancipado.

Entonces, “determina el deber de ambos padres de cuidar del niño, vivir con él, proporcionarle alimentación y educarlo”.

La sentencia señala que “está acreditado que todos estos gastos son asumidos por la progenitora, que además vive con su pareja y los dos hijos que tienen en común”. Además, los gastos que enfrenta por contratar una niñera.

También quedó demostrado por las declaraciones de testigos que “El padre no ha asumido un papel activo en la crianza de la niña, descuidando sus necesidades económicas y emocionales”.

El informe social realizado demostró las dificultades para llegar a acuerdos económicos con los padres, el alejamiento del cuidado de los hijos y la falta de consenso sobre la forma definitiva de asistencia a establecer.


¿Cuál fue la sentencia que otorgó el juez para el padre ausente de San Antonio?


Al analizar el temael juez de San Antonio consideró que “es prudente establecer de manera subsidiaria que, en caso de incumplimiento por parte de la matriz debidamente acreditada en cada ocasión, “Es el abuelo paterno quien se encarga de la provisión de alimentos que la niña requiere para alcanzar un desarrollo óptimo”.

De este modo Se fijó una cuota alimentaria del 25% de lo que recibe el padre de familia en todos los conceptos “deduciendo los descuentos legales, más los subsidios familiares y escolares y las ayudas escolares si las recibieran, incluido el salario anual complementario”. Este no debe ser inferior al 60% del salario mínimo, vital y móvil.

Además, estableció que “subsidiariamente y en caso de que el progenitor no cumpla, la cuota de manutención deberá ser pagada por el abuelo paterno”.

 
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