Prohíben el ingreso de búfalos a humedales y ríos del Magdalena Medio por daños al ecosistema

Prohíben el ingreso de búfalos a humedales y ríos del Magdalena Medio por daños al ecosistema
Prohíben el ingreso de búfalos a humedales y ríos del Magdalena Medio por daños al ecosistema

La Corporación Autónoma Regional de Santander (CAS) emitió la circular No.1 que establece la obligaciones, prohibiciones y restricciones para el sector productor de búfalo en la región del Magdalena Medio.

La disposición de la autoridad ambiental se debe a un problema que se ha ido incrementando por daños a humedales y otros cuerpos de agua, por la presencia de búfalos. Según los expertos, Su intervención afecta específicamente al hábitat del manatí antillano.

“Es por eso que la Corporación Autónoma Regional de Santander, dentro de sus funciones establecidas en la Ley 99 de 93, toma la decisión de establecer una circular que se convierte en un determinante ambiental. La intención de la corporación es trabajar de manera articulada con el Ministerio de Agricultura tanto del gobierno como de los municipios y con los productores de este sector porque sabemos que es un sector productivo tanto para el tema de la leche como para el tema de carne, pero queremos que sea una explotación ganadera sustentable y más responsable con el recurso hídrico”, explicó Rodolfo Sánchez, funcionario del CAS.

El director de la Corporación Autónoma Regional de Santander, Raúl Durán Parra, advirtió que en caso de incumplimiento de las disposiciones legales, la sanción que establece la Ley 1333 de 2009 es: una medida preventiva que puede conllevar el embargo del ganado, su decomiso y multas de hasta 5.000 salarios mínimos diarios legales vigentes que superan los $266 millones.

Las propiedades dedicadas a la producción primaria de ganado vacuno y búfalo deben ubicarse de acuerdo al Plan de Ordenamiento Territorial (POT) de cada municipio, deben estar alejadas de focos de contaminación como basureros y rellenos sanitarios, estar claramente delimitadas y que los cercos estén en su lugar. buen estado.

Además, los propietarios están obligados a mantener la cubierta forestal dentro de la propiedad en áreas forestales protectoras, incluidas fuentes de agua, en un área de al menos 100 metros en todas las direcciones.

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