Los cambios en la RIGI y en las regalías que ve Salta

Los cambios en la RIGI y en las regalías que ve Salta
Los cambios en la RIGI y en las regalías que ve Salta

Respecto al tratamiento de la ley de Bases y el paquete fiscal en el Senado nacional que mantuvo en vilo al país el pasado miércoles y jueves, al sector minero le interesaron especialmente dos puntos: qué iba a pasar con el Régimen de Incentivos a las Grandes Inversiones (RIGI) y cómo iban a ser los cobros por regalías mineras.

Finalmente, al aprobar los dos proyectos, la Cámara Alta realizó cambios al RIGI y a las regalías, que es un impuesto que reciben las provincias. Ahora deberán ser revisados ​​nuevamente por Diputados.

En cuanto al RIGI, del que depende, por ejemplo, el desarrollo del proyecto cuprífero Taca Taca en Salta, se mantuvo el monto base de inversiones en US$ 200 millones y se modificó el artículo 165 para que solo cubra las actividades de industria forestal, infraestructura , minería, energía, tecnología, turismo, petróleo y gas y acero.

En tanto, “al menos el 20% del monto total de la inversión” quedó disponible para proveedores locales, siempre y cuando “la oferta esté disponible y en condiciones de mercado en términos de precio y calidad”. Dicho porcentaje mínimo deberá mantenerse durante las etapas de construcción y operación.

Otro retoque fue en el artículo 196, sobre incentivos cambiarios, que limita la obligación de liquidación en el mercado cambiario a las divisas recibidas por las exportaciones de productos generados por los proyectos. Será del 20% a los dos años de iniciada la inversión; el 40%, después de tres años; y el 100%, a partir de los cuatro años.

Concurso provincial

En cuanto a las regalías mineras, que están dentro del paquete fiscal de leyes, el Senado nacional revirtió lo establecido en Diputados al subirlas del 3% al 5%. Pero este porcentaje se aplica a minas que ya están en producción o en fase de construcción al momento de promulgarse la ley.

Para nuevos proyectos, las provincias estarán autorizadas a cobrar hasta un 5% sobre el valor “cabeza de mina” del mineral extraído.

 
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