Las razones por las que el Consejo de Estado anuló la sanción de la Fiscalía General contra ‘Kiko’ Gómez, exgobernador de La Guajira

Las razones por las que el Consejo de Estado anuló la sanción de la Fiscalía General contra ‘Kiko’ Gómez, exgobernador de La Guajira
Las razones por las que el Consejo de Estado anuló la sanción de la Fiscalía General contra ‘Kiko’ Gómez, exgobernador de La Guajira

Él Consejo de Estado revocó la sanción que la Fiscalía había impuesto contra el el exgobernador de La Guajira, Juan Francisco ‘Kiko’ Gómez Cerchar.

(Lea: Comisión Disciplinaria Judicial dictó cargos contra fiscal Mario Burgos por presunta responsabilidad en filtración de video de Nicolás Petro)

La decisión, emitida el 23 de mayo por la Sala de lo Contencioso Administrativo, sección segunda inciso A, contra la decisión de 26 de febrero de 2020 emitida por el Tribunal Administrativo de La Guajira.

Lo anterior deja sin efecto la decisión disciplinaria de 12 de febrero de 2014, emitida por la Procuraduría Segunda Delegada de Contrataciones del Estado, mediante la cual se declaró a ‘Kiko’ Gómez “responsable disciplinario en su calidad de gobernador de La Guajira y se impuso la sanción de despido e inhabilitación general por el término de 17 años”.

Además, anula la decisión disciplinaria de 23 de abril de 2014, emitido por la Sala Disciplinaria del Ministerio Público, mediante el cual se confirmó la decisión de primera instancia y se sancionó al actor con despido e inhabilitación general por el término de 12 años.

En sus pretensiones, el exjefe solicitó, a modo de restitución del derecho, que se dicte orden eliminar del expediente disciplinario la anotación realizada en cumplimiento de la decisión disciplinaria; el pago de las sumas de dinero que dejó de percibir en su calidad de gobernador, correspondientes a su salario mensual (que está constituido por la asignación básica mensual y gastos de representación) y “otros emolumentos percibidos en el resto del período constitucional, comprendido entre mayo de 2014 y diciembre de 2014”. 31 de 2015, con su respectiva indexación.”

Palacio de Justicia, sede de las Altas Cortes.

Foto:Cortesía

En la parte resolutiva, en el punto tercero, el Fiscalía General “proceder a la eliminación de las bases de datos registrales de la sanción impuesta al demandante, por encontrarse desvirtuada su presunción de legalidad”.

Asimismo, se acordó la cancelación del pago exigido por el demandante, toda vez que la Sala ordenó a la Procuraduría General de la República “reconocer y pagar la cantidad dineraria correspondiente al salario mensual que deberá recibir durante el resto del período constitucional para el cual fue electo”.

Sin embargo, en la decisión, el magistrado dejó la nota que “debe ser corroborado” hasta que el demandante efectivamente actuó como gobernador para emitir el pago.

Decisión del Consejo de Estado a favor de ‘Kiko’ Gómez.

Foto:Cortesía

Los argumentos

Entre los argumentos que Consejo de Estado para tomar la decisión Se destaca que “se respetó el marco convencional en materia de derechos políticos”.

“Se aclara que la Fiscalía General mantiene intactas sus funciones de investigación y sanción de los servidores públicos de elección popular, siempre y cuando no implique la restricción de sus derechos políticos, lo que significa que no podrá suspenderlos ni inhabilitarlos. “, se lee en el expediente.

Y la Sala precisó que, conforme a la jurisprudencia, se puede concluir que al resolver casos en los que la legalidad de una sanción disciplinaria impuesta por el Fiscal General de la Nación a servidores de elección popular, “se debe aplicar el principio de favorabilidad y la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, sólo cuando la normativa interna alcance los estándares internacionales de derechos humanos, se aplicará la norma nacional que regula la materia”.

Es decir, en el caso por el que fue sancionado Gómez Cerchar “fue el mismo que la Corte Interamericana de Derechos Humanos censuró o desaprobó en el precedente convencional del caso del actual presidente”. Gustavo Petro Petro Urrego vs Colombia, “Es evidente la ilegalidad de los actos administrativos aquí demandados”.

Así, el Consejo de Estado consideró que la Fiscalía General de la República impuso una sanción de destitución e inhabilitación a un servidor público de elección popular, “lo que conlleva una restricción de los derechos políticos”, la cual “es responsabilidad exclusiva de las autoridades judiciales competentes”.

El exgobernador de La Guajira fue condenado por su participación en el asesinato de la exalcaldesa de Barrancas Yandra Brito, su esposo y su guardaespaldas. Desde agosto de 2023 se encuentra en el penal La Picota, en Bogotá,

Editorial Justicia:
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