Modifican los límites de consumo subsidiable de luz y gas, pero continúa la Tarifa Social y Zona Fría

El Gobierno Nacional dispuso modificar los límites máximos de consumo subsidiado y bonificaciones a los precios mayoristas de electricidad y gas natural para usuarios de ingresos bajos (N2) y medios (N3). Esta medida es para el denominado Período de Transición, entre junio y el 30 de noviembre de 2024 establecido en el Decreto N° 465/24.

Con esta disposición se hace efectivo el inicio del proceso para pasar de un régimen de subvenciones generalizadas a uno focalizado, en el que el usuario podrá conocer el coste del kwh de energía y del m3 de gas natural idénticos para todos, y la asistencia proporciona. el Estado Nacional a los usuarios según su capacidad de pago y que llega hasta un límite de consumo limitado para tener un bono.

Topes o límites de consumo subsidiados

1) En el caso del gas natural: N1 no tiene límites. N3 mantiene vigentes los límites establecidos en la Resolución del Ministerio de Energía N° 686, según la distribuidora. Para el N2 se aplican los mismos límites de consumo que para el N3.

2) En energía eléctrica: N1 no tiene límites. N3 el monto subsidiado es de 250 kWh/mes, en sustitución de los 400 kWh/mes; N2 tendrá un consumo máximo bonificado de 350 kWh/mes, sin dejar efecto el hecho de que estos usuarios no tenían ningún límite de consumo bonificado.

Los nuevos límites de consumo para los usuarios de electricidad sin acceso al servicio de gas natural por redes y gas propano diluido por redes, ubicados en determinadas zonas bioclimáticas, sólo para el período del 1 de junio al 31 de agosto de 2024, son: N3, 500 kWh/mes y N2, 700 kWh/mes.

El consumo inferior a los límites establecidos se denomina consumo base. El consumo en los límites establecidos anteriormente se considerará exceso de consumo y se pagará a los precios PIST y PEST que fije el Ministerio de Energía, sin bonificación.

Bonificaciones sobre precios mayoristas fijadas por el gobierno nacional

1) Gas Natural: Para los usuarios de N1 no habrá bonificación, pagan el precio PIST (Punto de Entrada al Sistema de Transporte) fijado por el Ministerio de Energía. La N3 paga el 55% del precio del gas en PIST, correspondiente a la N1. El exceso de consumo se valorará al precio del gas en PIST, sin bonificación. La N2 paga el 64% del precio del gas en PIST, correspondiente a la N1.

El exceso de consumo se valorará al precio del gas en PIST, sin bonificación.

2) Energía Eléctrica: Para los usuarios de N1 no habrá bonificación, pagan el precio PEST fijado por el Ministerio de Energía. Los usuarios de N3 pagarán el 55,94% del precio definido para el segmento N1, sin bonificación.

El exceso de consumo se valorará al precio definido para N1. Y los usuarios de N2 pagarán el 71,92% del precio definido para N1. El exceso de consumo se valorará al precio definido para N1, sin bonificación.

El Gobierno Nacional confirmó que se mantienen regímenes de subsidios específicos como Tarifa Social y Zona Fría; y para las entidades de Bien Público, Clubes de Vecinos y Pueblos, y otras categorías de usuarios similares sin fines de lucro, se aplican bonificaciones al precio del gas natural y de la energía eléctrica de N2 por el volumen total consumido.

Los usuarios que ya hayan solicitado su inclusión en el Registro de Acceso a Subsidios a la Energía (RASE) no tendrán que registrarse nuevamente.

En tiempos de escasez y ajuste de los recursos del Estado, es necesario revisar y reordenar los subsidios para contribuir al equilibrio fiscal sin descuidar las ayudas a los usuarios vulnerables.

Recordamos a los usuarios la importancia de hacer un uso eficiente y responsable de la energía, especialmente en épocas invernales como la actual.

 
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