la noticia anunciada por el Gobierno – .

A través de varios resolucionesél Gobierno nacional modificó los límites máximos de consumo subsidiado tanto de electricidad como de gas y bonificaciones sobre los precios mayoristas de la energía para usuarios de ingresos bajos y medios (N2 y N3). Asimismo, estableció nuevos valores para la generación de electricidad y gas en la entrada del sistema, es decir, precios mayoristas. Qué pasará con el régimen de Zona Fría en el que está incluida Mendoza.

A partir de esto, el precio final en entradas de usuario, eso comenzará a sentir el impacto del importante recorte de subsidiosel cual se pospuso para evitar datos de inflación contrarios a los proclamados por el gobierno de Javier Milei, y que venían cayendo consistentemente.

En cuanto a los subsidios al gas, se mantienen regímenes específicos como Tarifa Social y Zona Fría; y para las entidades de Bien Público, Clubes de Vecinos y Pueblos, y otras categorías de usuarios similares sin fines de lucro – en los términos de las Leyes N° 27.218 y 27.098 – se aplican bonificaciones al precio del gas natural y de la energía eléctrica de N2 por el volumen total. consumado.

Los usuarios que ya solicitaron su inclusión en el Registro de Acceso a Subsidios a la Energía (RASE) no tendrán que registrarse nuevamente, explicó el Ejecutivo.

¿Qué es la Zona Fría?

La Ley 27.637 establece un descuento en tarifas de gas de entre los 30% y cincuenta% en 90 municipios de la provincia de Buenos Aires. Por su parte, el ley 25.565 dicta que los residentes en provincias patagónicascomo Mendoza.

Este beneficio se soluciona mediante Fondo Fiduciario para Subsidios al Consumo de Gas Residencial que se financia con un recargo al resto de hogares. Los descuentos en el Zona Patagónica beneficia a 900.000 usuarios.

En el caso de Mendoza, hay poco más de 400.000 viviendas y ofrece descuentos de entre 30 y 50 por ciento en la factura del gas a los usuarios residenciales de zonas consideradas meteorológicamente más frías. Entre ellos Se incluyen los 18 departamentos de Mendoza..

Qué dicen las resoluciones del Gobierno Nacional sobre subsidios

  • El Gobierno Nacional modifica los límites máximos de consumo subsidiados y las bonificaciones a los precios mayoristas de electricidad y gas natural para usuarios de N2 (renta baja) y N3 (renta media), para el denominado Período de Transición (entre junio y el 30 de noviembre de 2024) , según Decreto N° 465/24.
  • Se inicia así el proceso para pasar de un régimen de subsidios generalizado a uno focalizado, en el que el usuario podrá conocer el coste del kwh de energía eléctrica y del m3 de gas natural, que es idéntico para todos, y la asistencia que proporciona. . el Estado Nacional a los usuarios de acuerdo a su capacidad de pago y que alcanza hasta un límite de consumo limitado mediante el reconocimiento de un pago menor (bono). Esto evita la opacidad de las tarifas que pagan los usuarios finales.

Respecto de los topes o límites de consumo subsidiados:

  • En el caso del gas natural: N1 no tiene límites. N3 mantiene vigentes los límites establecidos en la Resolución del Ministerio de Energía no. 686, según distribuidora. Para el N2 se aplican los mismos límites de consumo que para el N3.
  • En energía eléctrica: N1 no tiene límites. N3, importe subsidiado de 250 kWh/mes, en sustitución de 400 kWh/mes; N2 tendrá un consumo máximo subsidiado de 350 kWh/mes, dejando de lado que estos usuarios no tenían ningún límite al consumo subsidiado, incentivando con esta medida un consumo eficiente y responsable.
  • Los nuevos límites de consumo para los usuarios de electricidad sin acceso al servicio de gas natural por redes y gas propano diluido por redes, ubicados en determinadas zonas bioclimáticas, sólo para el período del 1 de junio al 31 de agosto de 2024, son: N3, 500 kWh/mes y N2, 700 kWh/mes.
  • El consumo inferior a los límites establecidos se denomina consumo base. El consumo en los límites establecidos anteriormente se considerará exceso de consumo y se pagará a los precios PIST y PEST que fije el Ministerio de Energía, sin bonificación.

Por otra parte, las bonificaciones a los precios mayoristas que fije el Gobierno nacional serán las siguientes:

  • Gas Natural: Para los usuarios de N1 no habrá bonificación, pagan el precio PIST (Punto de Entrada al Sistema de Transporte) fijado por el Ministerio de Energía. La N3 paga el 55% del precio del gas en PIST, correspondiente a la N1. El exceso de consumo se valorará al precio del gas en PIST, sin bonificación. La N2 paga el 64% del precio del gas en PIST, correspondiente a la N1. El exceso de consumo se valorará al precio del gas en PIST, sin bonificación.
  • Energía Eléctrica: Para los usuarios de N1 no habrá bonificación, pagan el precio PEST que fija el Ministerio de Energía. Los usuarios de N3 pagarán el 55,94% del precio definido para el segmento N1, sin bonificación. El exceso de consumo se valorará al precio definido para N1. Y los usuarios de N2 pagarán el 71,92% del precio definido para N1. El exceso de consumo se valorará al precio definido para N1, sin bonificación.
 
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