“Es difícil ver cómo la UE podría hacer legalmente lo que estas personas solicitan”, dijo a POLITICO Nick Fahy, director de investigación sobre salud y bienestar del instituto RAND Europa. “Es dinero, no ley, pero al mismo tiempo sería la UE la que afectaría directamente la asignación de recursos a la atención sanitaria, y eso explícitamente no está permitido en virtud del artículo 168 del tratado”.
El artículo 168 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea establece que la UE puede prestar apoyo a los países miembros, pero que sus acciones “respetarán las responsabilidades de los Estados miembros en la definición de su política sanitaria y en la organización y ejecución de sus servicios de salud y atención médica”.
Dar fondos a un país para que permita que mujeres de otros estados miembros aborten allí “no será un acto neutral por parte de la Comisión Europea; “Eso significa que la Comisión Europea interfiere directamente en algo muy sensible desde el punto de vista político”, afirmó Fahy.
“Desde un punto de vista puramente legal y desde una especie de punto de vista político entre la UE y los estados miembros, no veo que esto suceda ni legal ni políticamente”, añadió.
La Comisión escribió en su decisión que “no parece haber una interferencia directa y selectiva en las competencias de los Estados miembros”, pero que “la creación concreta de un mecanismo de apoyo financiero aún podría dar lugar a tal interferencia”.
Por lo tanto, concluyó que la iniciativa podría registrarse “en la medida en que el mecanismo de apoyo financiero propuesto no tenga como objetivo o efecto socavar la legislación de orden público de los Estados miembros o, más en general, las opciones éticas y sanitarias adoptadas por los Estados miembros”. Estados en ejercicio de su competencia en materia de salud”.
La campaña obtuvo cerca de 100.000 firmas en su primera semana; Los activistas esperan recaudar 1 millón en las próximas siete semanas, lo que obligará a la Comisión a considerar la propuesta.