Denunciaron a médico y al Sanatorio Británico por violencia y mala praxis obstétrica – Diario El Ciudadano y la Región – .

Denunciaron a médico y al Sanatorio Británico por violencia y mala praxis obstétrica – Diario El Ciudadano y la Región – .
Denunciaron a médico y al Sanatorio Británico por violencia y mala praxis obstétrica – Diario El Ciudadano y la Región – .

El Justicia rosarina En primera instancia, los herederos de un profesional médico y del Sanatorio Británico fueron condenados por violencia obstétrica y mala praxis. Deberán pagar $28.300.000 más intereses por daños emergentes actuales y futuros, incapacidad física parcial y permanente y daños morales y punitivos.

El abogado paula carelloquien promovió la demanda, consultado por primera vez -en el año 2013- a un obstetra en el Sanatorio Británico mientras estaba en el segundo trimestre de su primer embarazo. Según el portal de noticias Versión Rosario, a partir de entonces se convirtió en su obstetra de cabecera y fue quien preparó su expediente obstétrico. Destacó que la profesional supo desde el inicio de la relación médico-paciente que ella era primigrávida (primer embarazo a los 35 años o más).

En la demanda, patrocinada por el abogado Esteban Jurún, indicó que acudió al despacho en todas las ocasiones en que fue citada y realizó todas las comprobaciones. En el momento de ella Le dijo al obstetra que quería tener un parto natural, normal, no medicalizado ni intervenido si las condiciones obstétricas lo permitían..

Manifestó que acordó con el médico que esperarían hasta la semana 41 para inducir el parto, que no quería utilizar anestesia epidural sino métodos alternativos para el manejo del dolor y que no se realizarían intervenciones rutinarias o innecesarias durante el parto; Si fuera necesario, se le informarían los motivos y se solicitaría su consentimiento.

La mujer, abogada y activista contra la violencia obstétrica, enfatizó que Esas directivas no fueron respetadaseso fue violada y maltratada y no se respetó el consentimiento informado.

El expresó que “el nacimiento se produjo el 5 de agosto de 2013 por cesárea luego de un parto violento, intervenido y medicalizado, que fue dramático”. Destacó que el médico acusado realizó la maniobra de Hamilton (inducción mecánica del procedimiento laboral con riesgos) en la semana 40No hay necesidad, sin informar a la paciente, sin solicitar su consentimiento y en contra de su voluntad no inducir el parto prematuramente.

Indicó que “el profesional ignoró a su paciente y vulneró la autonomía de su voluntad al realizarle una maniobra de inducción del parto en la semana 40”. Carello presentó una denuncia ante el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo y la Superintendencia de Servicios Nacionales de Salud.

Señaló que el médico demandado utilizó anestesia epidural en lugar de promover y facilitar el uso de métodos no farmacológicos para el manejo del dolor. No respetó la autonomía de la voluntad del paciente ni los principios de la Organización Mundial de la Salud sobre métodos no farmacológicos de manejo del dolor.

Señaló que “el médico realizó una cesárea sin que fuera médicamente necesario, sin respetar ni acompañar el parto natural que se estaba desarrollando, los tiempos biológicos y psicológicos, y sin obtener el consentimiento informado de la paciente”.

Aseveró que “no se respetó la cesárea, generando violencia obstétrica”. Agregó que “la bebé recién nacida quedó sola durante toda la operación en una incubadora desconectada en lugar de entregársela como ella lo había solicitado, permaneciendo llorando y chupando/lamiendo una manta mientras terminaban de operar a su madre a pesar de su pedido. ” ferviente por estar con su hija”.

Al responder la solicitud, El Sanatorio Británico negó los hechos y afirmó que el parto terminó sin complicacionesTanto la madre como el bebé no sufrieron ningún daño y fueron dados de alta con buen estado de salud.

El representante del médico solicitó el rechazo de las afirmaciones de la mujer. Sostiene respecto de la epidural, que fue la propia paciente quien solicitó la analgesia por lo que fue ella quien cambió los términos del contrato verbal.

Durante la tramitación de la demanda, el obstetra falleció y se inició el proceso sucesorio.

La jueza en lo civil y comercial Verónica Gotlieb señaló que “la ley 26.485 define la violencia obstétrica como la violencia ejercida por el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales”.

Agregó que “el médico está obligado a satisfacer una obligación de medios –o diligencia-, ya que la mayoría de las veces sólo promete observar una conducta diligente para obtener un resultado, independientemente de que éste sea verificado”.

Destacó que el profesional “incumplió con sus obligaciones para con el paciente, cometiendo un acto ilícito que le causó daño”. El juez agregó: “Entiendo que está probado que la mujer fue sometida a procedimientos médicos sin previo consentimiento, otorgándose el médico coacusado un excesivo margen de apreciación sobre las alternativas terapéuticas disponibles”.

El juez afirmó que “de las pruebas recabadas encuentro probado que el médico no obtuvo el consentimiento informado de la mujer ni para la inducción del parto (maniobra de Hamilton), ni para el suministro de oxitocina, ni para la realización de la cesárea”. .

Manifestó que la Ley 25.929 establece que las mujeres tienen derecho a “ser informadas sobre las diferentes intervenciones médicas que puedan tener lugar durante estos procesos para que puedan elegir libremente cuando existan diferentes alternativas”.

El juez Gotlieb aseguró que “el sanatorio no sólo debe responder reflexiva o indirectamente por la mala práctica y violencia obstétrica en que incurrió el médico, sino que también debe acreditar la mala organización de su servicio de obstetricia y la consecuente reproducción institucional de situaciones de violencia. obstétrica, responderá directamente concurrentemente con el profesional por el daño causado.”

El fallo se extiende a las aseguradoras del médico y del sanatorio dentro del límite de cobertura. La sentencia fue apelada por todas las partes.

 
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