La receta electrónica será obligatoria a partir del 1 de julio – .

La receta electrónica será obligatoria a partir del 1 de julio – .
La receta electrónica será obligatoria a partir del 1 de julio – .

Desde el 1 de juliola orden médica manuscrita podría empezar a caer en el olvido, al menos en las provincias que se adhieren a la nueva normativa obligatoria de receta médica electrónica que el Gobierno acaba de lanzar, en una nueva decreto que afecta tanto a la prescripción de medicamentos así como las órdenes de estudios y prácticas.

Fechado el viernes y publicado este lunes en el Boletín Oficial, el decreto 345/2024 se define como una “reacomodación” del reglamento de la ley 27.553 sobre “Recetas electrónicas o digitales”, comunicada en un decreto anterior –de febrero de 2023–, concebido en el entorno de la exministra de Salud Carla Vizzotti. Además, se añaden cambios en otras normas, particularmente en la normativa de farmacia (17.565).

Sin tener en cuenta el giro copernicano que podría implicar dejar atrás aquellas rudimentarias escenas de paciente y farmacéutico intentando descifrar la letra incomprensible del médico de turno, un tema importante del decreto es la creando un registro de plataforma para la preparación de estas recetas.

Este es un tema delicado y muy relevante, no tanto por los sistemas verificados que algunas compañías prepagas y de seguros sociales ya pueden utilizar, sino por el riesgo que los médicos autónomos (por ejemplo) utilizan aplicaciones gratuitamente sin verificación y elaboran recetas electrónicas que dan lugar a una difusión incontrolada de datos personales de los pacientes.

Como lo hizo varias veces este medio, el decreto aborda el tema, en un párrafo que alude a la creación de un “Registro de recetario electrónico“, donde se explica que “Se siguen utilizando vigentes las actuales implementaciones de receta electrónica y/o digital”.siempre y cuando cumplan con los requisitos previstos en este Reglamento” o los que “en el futuro” establezca “la Autoridad de Aplicación”, es decir, el Ministerio de Salud. Se entiende que falta un marco regulatorio para este registro.

Video

El presidente Javier Milei, el ministro del Interior, Guillermo Francos y su par de Salud, Mario Russo firmaron el decreto.

También existen normas que dan marco a otras cuestiones que señala el decreto. Por ejemplo, dice que para “implementar la prescripción de recetas digitales o electrónicas o las demás prácticas que por ellas se definan en la Red Nacional de Interoperabilidad en Salud”, se invita a las “autoridades jurisdiccionales” a “adherirse al uso de la Licencia Sanitaria Federal”, cuyo alcance y contenido se establecerán en normas complementarias.

¿Un hecho de color? En el artículo 6 (de los 14 que incluye) se propone un cambio sutil en la regulación de la receta electrónica que había impulsado Vizzotti, lo que dice mucho del espíritu del Gobierno de Javier Milei respecto de que la Nación sea un “gobierno gobernante”. ” cuerpo. “, pero Las provincias deben hacerse cargo de sus problemas.

Mientras que hace un año la ley 27.553 había señalado que “El Ministerio de Salud como autoridad de aplicación deberá realizar la acuerdos necesarios garantizar el desarrollo de los procesos que permitan la implementación de la ley que se reglamenta“, ahora expresan que el Ministerio -sin acuerdos mediante pero-“En coordinación con las autoridades jurisdiccionales y organismos con responsabilidad en la materia, deberá garantizar el desarrollo de los procesos que permitan la implementación.“.

Receta electrónica y comercio electrónico

Varios de los cambios en el detalle de este decreto están vinculados a la eliminación de la (hoy casi antigua) expresión “receta escrita a mano”, que las farmacias y centros de salud de las provincias participantes ya no podrán aceptar a partir de mediados de año. Por cierto, hablando de farmacias, el decreto determina que “deberán Archive y guarde recetas digitales durante 3 años”.

Al mismo tiempo, reconociendo el vertiginoso aumento del comercio electrónico desde la pandemia, el decreto señala que si bien la venta y entrega (de medicamentos) debe realizarse desde la farmacia, “en presencia de un farmacéutico responsable (director técnico y/o o auxiliar de farmacéutico), su venta y entrega al paciente podrá acordarse a través de los canales electrónicos que determine la farmacia, mediante traslado al lugar que el paciente tenga a su conveniencia.

Se aclara que “es responsabilidad del profesional farmacéutico “garantizar que el traslado se realice de manera segura de acuerdo con los requisitos aplicables y los que al efecto establezca la autoridad sanitaria”.

Diccionario de medicamentos para receta médica electrónica

Quizás no sea un cambio revolucionario, pero el decreto implementa una novedad que puede entenderse como un énfasis en la impronta favorable a la prescripción de medicamentos por nombre genérico. Estamos hablando de la creación de una especie de diccionario de medicina.

El texto publicado en el Boletín Oficial lo denomina “instrumento de identificación y referencia de medicamentos a prescribir en receta electrónica y/o digital” y tiene como objetivo “promover su uso, acceso e interoperabilidad”.

que las recetas médicas expresar el nombre del medicamento y no una marca en particular (para que el paciente tenga libertad de elección en el mostrador de la farmacia) corresponde a una norma vigente desde hace más de dos décadas en el país (la ley de prescripción de nombres genéricos).

Sin embargo, la industria farmacéutica opera mecanismos que promueven la dispensación de marcas, tanto por parte de los farmacéuticos (que siempre deben ofrecer la alternativa de menor valor) como de los médicos. Vale recordar que si bien el actual Gobierno intentó eliminar la posibilidad de sugerir una marca al pie de las recetas, la presión del sector hizo que esa medida fuera retirada.

En este sentido, si bien la receta electrónica incluye un campo de sugerencia de marca, la obligación de utilizar una referencia objetiva extraída de ese “diccionario de medicamentos” podría garantizar un mejor cumplimiento de la prescripción por nombre genérico.

Firma electrónica archivada y firma digital médica.

Un tema poco o mal difundido es el de firma electrónica de médicos, una herramienta fundamental que la receta electrónica argentina no incluye por ahora.

Hay que aclarar que una cosa es la “firma digital”, y otra es la “firma electrónica archivada”, la cual tiene atributos particulares que la hacen más sólida y difícil de vulnerar, en términos de seguridad informática.

Si bien la receta médica electrónica fue reglamentada hace más de un año, uno de los temas pendientes que ya tenía la gestión de Carla Vizzotti era avanzar en esta materia.

El Gobierno de Mauricio Macri había dado algunos pasos en la dirección de crear un registro gratuito de firmas electrónicas médicas archivadas, pero ese registro gratuito fue cortado en el Gobierno de Alberto Fernández y muy pocos de los cerca de 100.000 profesionales de la Salud que hoy elaboran recetas lo han hecho. , de hecho, una firma registrada.

Clarín Preguntó al Ministerio de Salud si piensan avanzar en esta dirección, ya que el decreto sigue considerando “suficiente” la firma digital, pero explicaron que “no es necesario agregar otra tecnología complementaria”.

En ese sentido, explicaron que la reciente puesta en marcha de la Red Federal de Profesionales de la Salud (REFEPS), una especie de registro médico nacional, alivia el déficit mencionado.

Me explicaron que basta tener un usuario y contraseña para ingresar a REFEPS, que incluye un Expediente Único de Profesionales de la Salud, una especie de “contenedor de información de cada profesional, con sus registros de identificación, formación y registro, especializaciones y residencias”.

La receta electrónica, ¿un desafío para los médicos?

Sin tomar en cuenta las paupérrimas condiciones de infraestructura en las que laboran muchos médicos de las zonas más pobres del país (tema que, obviamente, dificulta cualquier modernización), con solo revisar los siguientes puntos se hace válida la pregunta de si Argentina está a la altura. . disponer (por todos los motivos) de receta médica electrónica.

Y el punto es este: 1) Que Hackeos en los sistemas informáticos de las redes de farmacias y en los prestadores de salud no son tan infrecuentes; 2) que también son comunes los grandes cortes de energía, debido a la crisis energética que atraviesa el país; 3) que hay profesionales de la salud mal pagados a los que no se les puede pedir un teléfono móvil o un ordenador con buena conectividad para hacer recetas electrónicas; y 4) que muchos otros médicos, por falta de formación, no dominan el uso de las nuevas tecnologías.

Jorge Iapichino es Secretario de Hacienda de la Confederación Médica de la República Argentina, institución que agrupa a las 24 federaciones de médicos del territorio nacional. En diálogo con Clarínconsideró fundamental avanzar en la firma electrónica archivada, ya que “la firma digital es tan vulnerable como la receta médica manuscrita”.

Luego explicó que ven con buenos ojos la implementación masiva de la receta electrónica, y aclaró: “Lo estábamos esperando desde hace mucho tiempo. Resistencia, no hay ninguna. De lo contrario. Pero es cierto que hay grandes médicos a los que les puede resultar más difícil”.

Sin embargo, recordó “una interesante experiencia que se realizó en la provincia de Santa Fe luego de la pandemia, a través de un convenio entre la Confederación Médica provincial y la obra social de la provincia. Fue muy bueno”.

¿Qué hiciste? “Muy sencillo”, dijo, y concluyó: “A los médicos se les ofreció empezar a hacer recetas electrónicas cobrando un diferencial en la consulta. Les pagaban mejor… unos pesos más. Excepto algunos veteranos a quienes les resultó más difícil ingresar a la solicitud, todos se inscribieron”.

 
For Latest Updates Follow us on Google News
 

NEXT El padre de Mane Swett murió a los 76 años, mientras ella lucha por recuperar a su hijo en New York Glamorama