¿De qué se trata la medida de protección anticipada contra empresas prepagas? – .

¿De qué se trata la medida de protección anticipada contra empresas prepagas? – .
¿De qué se trata la medida de protección anticipada contra empresas prepagas? – .

El gobierno nacional presentó una de precaución pidiendo bajar los precios del empresas de medicina prepaga. La medida de protección anticipada resuelta por el Ministerio de Industria y Comercio, ordena reajustar los valores de los aportes de sus planes de salud de acuerdo a la variación mensual del Índice de Precios al Consumidor y devolver la diferencia incrementada desde diciembre.

En el marco de una investigación por presuntas conductas anticompetitivas iniciada a mediados de enero de este año, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) determinó que existen múltiples indicios de un acuerdo de cartelización entre las principales empresas de medicina prepaga del país. “Lo que se le está imponiendo al 75% de la población empresas de medicina prepaga “Es que habrían hecho una especie de cartelización, esto quiere decir que habrían accedido a tener un aumento excesivo de precios”, explicó el abogado Pablo Teixidor a MDZ.

Para evitar daños al régimen de competencia, la Secretaría de Industria y Comercio –a solicitud de la CNDC– decidió dictar una medida de protección anticipada en los términos del artículo 44 de la Ley 27.442 de Defensa de la Competencia (LDC), para que un conjunto de empresas de medicina prepaga, la confederación que los agrupa y la persona humana que la preside o la preside, retroceden los valores de las cuotas prepagas a diciembre y devuelven la diferencia. Esto no significa que los valores serán los de diciembre, sino que deberán ajustarse a la variación del IPC.

Teixidor sostuvo que “quien debe ordenar en materia de Salud y Medicina prepagas, de conformidad con la Ley, es el Ministerio de Salud. Ahora bien, si la Dirección de Defensa de la Competencia advierte una irregularidad que concierne a su materia, que es precisamente impedir la existencia de un monopolio o cartelización de alguna actividad y realiza una medida protectora en ese sentido, puede hacerlo, tiene la condiciones por ley. para hacerlo”.

El Ministerio de Sanidad debería acompañarlo de su propia resolución. Archivo: MDZ,

Además, indicó que “como lo ha hecho Defensa de la Competencia, Seguramente esto acabará judicializándose. El empresas de medicina prepaga individualmente o a través de una organización que los agrupe, intentarán debatir o interponer un amparo sobre esta resolución a través de los tribunales. Pero si esta resolución va acompañada de una resolución del Ministerio de Salud de la Nación con base en ley, creo que tiene otra fuerza”.

Por lo tanto, el Ministerio de Salud es quien puede ejercer “su rol de superintendencia respecto de cómo se deben regir las disposiciones de la ley de medicina prepaga y, en definitiva, cómo debe funcionar el sistema para no afectar a los prestadores de servicios”. que es lo que dice la ley”, concluyó.

 
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