Andalucía regula la publicidad en redes sociales y la presencia de médicos en los centros de medicina estética – Sociedad – .

Andalucía regula la publicidad en redes sociales y la presencia de médicos en los centros de medicina estética – Sociedad – .
Andalucía regula la publicidad en redes sociales y la presencia de médicos en los centros de medicina estética – Sociedad – .

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado esta semana una guía de funcionamiento que regula aspectos de las unidades de atención de medicina estética, como la publicidad o la presencia de médicos en estos espacios.

Así, el texto del proyecto de artículos de la Orden de 3 de abril de 2024 regula en cinco capítulos y ocho artículos los requisitos mínimos aplicables a este tipo de centros o servicios. Según lo dispuesto en el artículo tercero del texto, la publicidad de los centros de medicina estética deberá presentarse bajo criterios y en condiciones de veracidad y transparencia, ajustándose exactamente a las actividades sanitarias autorizadas y evitando cualquier información que pueda inducir a engaño, error o representar un riesgo para la salud. Asimismo, deberá realizarse con la adecuada sensibilidad de género, evitando la publicidad sexista.

Además, señala que las fotografías publicitarias utilizadas para demostrar los resultados deberán ir acompañadas de una reserva explicando que no se pueden garantizar los resultados, mientras que el personal del centro que participe en la publicidad deberá identificarse mostrando su categoría profesional, con independencia del entorno. en el que se desarrolla.

Por otro lado, el capítulo IV, de requerimientos de personal, establece que las actividades asistenciales que se realicen durante el tiempo que permanezca abierto el servicio de medicina estética son responsabilidad de la Dirección Técnica. Así, la Dirección Técnica, o el profesional médico perteneciente a la plantilla del centro que le sustituya en caso de ausencia, deberá permanecer presencialmente en el espacio durante el horario de funcionamiento del centro.

Con esta disposición, la Junta busca evitar la actividad de centros cuyos profesionales no están y pretenden controlar los tratamientos a través de imágenes.

Otra novedad de esta Orden la encontramos en el artículo 5, que pretende solucionar el problema existente de aquellos servicios de medicina estética incluidos en un centro de estética o similar, donde las personas ocupan las mismas instalaciones y “no queda claro cuándo se consulta al médico estético”. ”.

Por ello, se establece que todo servicio de medicina estética integrado en una organización no sanitaria deberá disponer de espacios perfectamente diferenciados, separados y correctamente señalizados destinados exclusivamente a la actividad sanitaria objeto de autorización, sin poder compatibilizar su uso con actividades de en cualquier momento. sanitario. También será obligatoria la publicación en el exterior del cronograma de desarrollo de la actividad sanitaria.

En el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta Orden, los servicios sanitarios deberán adaptar su estructura y requisitos técnicos de las instalaciones, equipos y documentos en ellos exigidos, mientras que el plazo para adaptar los requisitos formativos será de tres años.

El Ejecutivo andaluz ha señalado que el uso “creciente” de los servicios de medicina estética por parte de los ciudadanos es una realidad creciente, destacando que la seguridad de las personas y la calidad sanitaria de las actuaciones previstas en la cartera de servicios de los centros que se dedican a la estética la medicina es “una de las prioridades” del Ministerio de Salud en lo que respecta a la vigilancia y control de los servicios de salud que se prestan en la comunidad.

El establecimiento de requisitos mínimos para la autorización de la instalación de centros o servicios de medicina estética permite dotar de seguridad jurídica tanto a los profesionales del sector como a los ciudadanos en general, al definir claramente las condiciones en las que estos centros y servicios pueden desarrollar su atención. oferta. Asimismo, al delimitar claramente las condiciones para su funcionamiento, se evita la proliferación de centros o servicios que carezcan o no garanticen el cumplimiento de los requisitos.

 
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