
El servicio de atención a los niños con discapacidades graves e irreversibles se reconoce como un trabajo. Foto: ACN
Con el objetivo de reconocer el servicio de atención para las familias de los niños en una situación de discapacidad severa, como un trabajo pagado por quien lo ejerce, el Consejo de Ministros aprobó el Decreto 121, publicado en el Gaceta oficialEn su edición ordinaria número 41.
En una conferencia de prensa, Belkis Delgado Cáceres, director de prevención, asistencia y trabajo social del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), explicó que lo anterior está de acuerdo con las disposiciones del sistema nacional para el cuidado integral de la vida en Cuba.
Agregó que, con esta regla, la denominación del servicio se actualiza y extiende los sujetos de la ley en correspondencia con el Código de Familia, define los requisitos que tendrán derecho al servicio, así como a la relación de trabajo entre el seguro y la unidad de apoyo como empleador y el cuidador.
Explicó que la madre, el padre, los abuelos, el miembro de la familia, el tutor o el apoyo que es responsable del cuidado de los niños en una situación de discapacidad grave puede ser aceptada, independientemente de la situación económica del núcleo familiar.
– ¿Cuáles son los requisitos para ser cuidador de una persona con discapacidades graves?
– Para tener derecho al servicio, es un requisito indispensable que la discapacidad del niño sea irreversible y permanente, por lo que le impide acceder al sistema educativo nacional u otra alternativa institucional para su atención o empleo.
«La persona debe requerir apoyo y supervisión permanentes, para llevar a cabo las actividades de la vida cotidiana, que debe ser respaldada por la institución del sistema de Salud pública del municipio de residencia de la persona que necesita el servicio.
– ¿Quiénes son responsables del cumplimiento de este decreto?
–Compe a la Dirección de Trabajo y del Seguro Social la autorización para ejercer el Servicio, así como llevar a cabo la evaluación socioeconómica de los núcleos familiares que reciben el servicio, para verificar si los ingresos cubren el pago de alimentos y servicios básicos, o requieren protección para la asistencia social.
-«Además, tendrán un período de 180 días para la transferencia a la unidad de garantía y apoyo de la administración local de energía popular, del presupuesto de asistencia social, como fondo de salario para el pago a los cuidadores, así como sus antecedentes laborales.
«Estas direcciones locales deben llevar a cabo el proceso de revisión y actualización de la situación económica y familiar de los núcleos protegidos actualmente, dentro de los 90 días posteriores a la entrada en vigor del decreto, para implementar los beneficios aprobados.
«Las unidades de seguro deben formalizar la relación laboral, garantizar el cumplimiento de los derechos que la ley estableció en la seguridad laboral y fiscal, así como controlar el desempeño de las obligaciones inherentes al servicio.
«Por su parte, a las Direcciones Generales de Salud en el Municipio, son responsables de garantizar la condición de discapacidad.
Algunos puntos
Según la norma, el trabajador que es contratado como cuidador también puede simultarse con otra distancia o trabajo de teletrabajo, y puede ejercer el trabajo por su cuenta en el hogar de forma autónoma, considerando ser múltiple empleado sin afectar la atención de la persona bajo su cargo, para alentar que los ingresos económicos aumenten.
Además, la OMS asume el papel del cuidado infantil en discapacidades severas como cuidador debe recibir capacitación en escuelas para cuidadores, que se organizan y operan en áreas de salud, y está certificada para tener cuidado de manera óptima.
Delgado Cáceres enfatizó que, con la aprobación de esta regla, se elimina la cifra del cuidador del registro de beneficiarios de asistencia social, y sus derechos se reconocen legalmente como trabajadores, y se aumenta el ingreso económico de las familias de niños con discapacidades graves.
Autor: Wennys Díaz Ballaga | [email protected]
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