
La oficina del fiscal ha recurrido directamente ante el Tribunal Provincial de Madrid la decisión del juez del caso contra Begoña Gómez, Juan Carlos Peinado, para investigar por un delito de malversación. El presidente del gobierno.
En la apelación, a la que Europa Press ha tenido acceso, el ministerio público se pronuncia contra el auto de peinado que el martes pasado admitió una queja presentada por Vox y citó a Martín Aguirre según lo investigado. El magistrado señaló que el ahora delegado del gobierno habría participado en julio de 2021 como Secretario General de la Presidencia en la contratación de Cristina Álvarez.
El fiscal del caso explica que, en esa queja de VOX, solo se explicó que Martín Aguirre ocupó en 2021 el cargo de Secretario General de la Presidencia y que, por lo tanto, era responsable y superior jerárquica de Álvarez, y él lamenta que con tal “pequeño desarrollo” no esté imputado “menos que un delito de crimen del alegato de Flows Público, Catalogado como un crimen de flogs, Catalogón en cuanto a un Crimen de Crimen Chusal.
“Parece llegar a una imputación cuasi -automática u objetiva debido a la posición”, lamenta, y luego explica que en realidad el nombramiento de Álvarez como asesor tiene lugar en julio de 2018, tres años antes de que Martín Aguirre alcanzara esa posición.
“No se puede buscar una participación en una cita que llegó a los 3 años cuando Martín Aguirre es designado para el puesto en cuestión. La historia de la queja y la fundación sucinta falla cuando se basa en el presupuesto erróneo”, enfatiza.
E insiste en que “admitir esta queja por las razones que hace y en contra de la persona indicada, es incomprensible” dado que “la fecha del nombramiento” de Álvarez es conocida gracias a varios de los testimonios mantenidos dentro de la causa, incluida la del Ministro Félix Bolrimos.
“Razones de parques”
Después de esto, el fiscal explica en su apelación que los intuits o se deducen de las resoluciones “purcas en palabras y razonamiento” del peinado que no enfrenta una cita para un trabajo que “no va y se cobra”, ni antes de una desviación de la actividad de trabajadores u funcionarios “apuntando a un beneficio particular”. “En el presente caso, comenzamos por la naturaleza del empleo de una naturaleza eventual y una designación discrecional, en la que la confianza es esencial, y en la que las funciones son flexibles al considerar la función de asistencia y coordinación que se desarrolla”, abunda.
Y enfatiza que Álvarez ha realizado las funciones asignadas en el alcance de la coordinación de las agendas con funcionarios de escolta y vigilancia durante siete años. Y, por lo tanto, “la realización de ciertas llamadas, enviar algunos correos electrónicos, hacer esfuerzos en el campo de la actividad o presencia en ciertos eventos difícilmente puede integrar el delito de malversación de flujos públicos”.
“Estamos hablando de prácticamente siete años desempeñando el puesto de asistente del cónyuge del Presidente del Gobierno; son 2.555 días, con disponibilidad de tiempo total; y episodios concretos de apoyo, participación o conflicto de esfuerzos se invocan a fingir orquestar una empezada de flojos públicos”, se lamenta.
Para el fiscal, el nombramiento de Álvarez es “legítimo, legal y habitual”, y agrega que no aborda una ayuda para las actividades profesionales privadas de Begoña Gómez o se ha centrado en él “más allá de las colaboraciones concretas y específicas”.
“La asistencia puntual en las actividades de la silla, el maestro o de la universidad complementaria es bastante anecdótica o secundaria, y sin prejuicios ni daños a las arcas públicas y el cumplimiento de las funciones principales que motivan su nombramiento”, explica.
El fiscal, en su apelación, afecta que con respecto a Martín Aguirre “no hay indicios de la comisión de ningún hecho penal” y que “imputar a una persona de esta manera directa, para algunos presuntos hechos vagos e inexactos y sin la exposición o motivación elemental, y con incobalías obvias, no se asume”.
“No se trata de no investigar, sino respetar las garantías previstas en el sistema legal. Se adopta una decisión de la Corte con gran sonido, pero sin el apoyo objetivo y el apoyo del razonamiento legal que merece tal consideración”, dice.
Finalmente, el Ministerio Público explica que está directamente ante el Tribunal Provincial porque hasta ahora sus recursos antes de que Peinado carezca de “respuesta real en términos del Fondo” y se respondan con “retraso obvio”.
Debe recordarse que fue este martes cuando ocurrió que Peinado decidió investigar a Martín Aguirre “por su aparente participación en el nombramiento de Cristina Álvarez para el ejercicio de funciones privadas de Begoña Gómez, cargada con los presupuestos estatales generales y, por lo tanto, con fondos de naturaleza pública”.