Así supervisará el DT el cumplimiento de la Ley de las 40 Horas

El Dirección de trabajo definió un plan de inspección antes de la entrada en vigor, el próximo viernes 26 de abril, del ley que reduce la jornada laboral a 40 horas. Este primer año, las empresas deberán ajustar su jornada laboral de 45 a 44, luego en 2026 a 42 y en 2028 a 40 horas.

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Según publicación Tercerouna circular interna del DT, suscrita por el jefe del Departamento de Inspección, Jorge Meléndez Córdova, estableció las pautas para las inspecciones a realizar de acuerdo con la Ley de las 40 Horascon un plan que considere 1.045 inspecciones in situ.

Ley de las 40 horas: así supervisará el DT

En primer lugar, se detalla que la inspección del Ley de las 40 Horas “se concentrará exclusivamente para verificar el cumplimiento de la reducción efectiva de la jornada semanal. Se entiende por jornada efectiva el tiempo durante el cual el trabajador se encuentra en el trabajo y/o a disposición del empleador, cualesquiera que sean las circunstancias.”

De esta manera, dice el texto, del 26 de abril de 2024 al 30 de septiembre de 2024, el reducción de jornada laboral como asunto obligatorio en todas las inspecciones por denuncias presentadas a través de DTPlus (plataforma en línea de la agencia). La inspección de dicho asunto se realizará bajo la modalidad y criterios definidos en la presente circular”.

40 horas

Como segundo punto, se menciona que en todos los programas nacionales, regionales o locales que se desarrollen durante el periodo junio y septiembre de 2024, cualquiera que sea el sector productivo o materias a fiscalizar, “el reducción de jornada laboral, bajo la modalidad y criterios de la presente circular“.

Y como tercer eje de la implementación del Ley de las 40 Horastambién habrá una actuación de oficio: “Dependiendo de las capacidades regionales y solicitudes de la autoridad, entre los meses de junio y septiembre de 2024, de acuerdo con la propuesta del Programa Nacional de Inspección”.

¿En qué consiste este plan? La circular menciona que “Deberán ser empresas representativas, en la medida de lo posible, de todas las actividades económicas de la región.con especial énfasis en aquellas actividades económicas más importantes en cada una de las jurisdicciones de las Inspecciones”.

También que “son empresas representativas en relación a su tamaño: micro, pequeñas, medianas y grandes empresas y aplicando inteligencia de fiscalización se deben incorporar sectores productivos en los cuales se infiere la tendencia a un mayor incumplimiento dada la información que arrojan las bases de datos”. “servicio interno, referido a los índices de infracción en materia de jornada excesiva”.

Otro foco de inspección de la Ley de las 40 Horas está preparado determinar el impacto sobre los salarios de la reducción de la jornada laboral. En este sentido, se precisa que “la inspección relacionada con el impacto en la remuneración de la reducción de jornada sólo se realizará mediante inspección solicitada, mediante denuncia, a partir de junio de 2024, dado que el hecho infractor “sólo puede ocurrir después del pago de los salarios de mayo de 2024”, señala la circular.

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Sanciones por incumplimiento de la Ley 40 horas

Para verificar el cumplimiento de los ley de las 40 horassobre la reducción del límite máximo de la jornada ordinaria de trabajo, la circular interna del DT, establece “orientaciones estratégicas y operativas” respecto del procedimiento de inspección para la reducción efectiva de la jornada laboral.

En este punto se detalla que habrá un procedimiento de inspección: “Se contemplan dos tipos de procedimientos, dependiendo de las características de las empresas sujetas a inspección, las cuales, para estos efectos, se dividirán entre micro, pequeñas y medianas y grandes empresas”.

En el caso de las medianas y grandes empresasel DT señala que “se verificará en el terreno, a través del sistema de registro de asistencia y determinación de jornada, la jornada ordinaria de trabajo semanal, con sanciones inmediatas si se detecta que ésta no se ha adaptado a las nuevas disposiciones legales y reglamentarias. En este caso se aplicará lo establecido en el procedimiento general de inspección de acuerdo con las instrucciones vigentes, en cuanto a la muestra de trabajadores, entrevistas, utilización y cumplimentación de formularios.

Y para los micro y pequeñosel procedimiento contempla “una visita integral al lugar de trabajo o una visita complementada con una revisión documental en oficina, en caso de que no se cumplan las condiciones para la revisión documental en campo”.

la circular sobre Ley de las 40 Horas instruye que “no se dictará ninguna sanción inmediata”, siempre y cuando el empleador “se acomode a la corrección”quedando esto postergado para una instancia posterior de revisión en las propias oficinas de inspección o una nueva visita en la empresa, a elección del funcionario, donde se deberá verificar la corrección.

Ahora bien, si el análisis de la documentación, respecto de la reducción efectiva de la jornada laboral, el exceso de 44 horasciertamente éstas corresponderán a horas extraordinarias, y se ordenará el pago en la medida que corresponda al mes o meses inmediatamente anteriores a la auditoría.

 
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