Banco Central fija nuevos límites de inversión en activos alternativos para Fondos de Pensiones y Cesantía, y emite informe favorable para inversión en nuevos instrumentos

Banco Central fija nuevos límites de inversión en activos alternativos para Fondos de Pensiones y Cesantía, y emite informe favorable para inversión en nuevos instrumentos
Banco Central fija nuevos límites de inversión en activos alternativos para Fondos de Pensiones y Cesantía, y emite informe favorable para inversión en nuevos instrumentos

El Banco Central de Chile informó este lunes 15 de abril la decisión de aumentar los límites de inversión en activos alternativos para los Fondos de Pensiones, y fijar un nuevo límite de inversión en activos alternativos para el Fondo de Cesantía Individual. Esto, luego de la entrega del informe previo por parte de la Superintendencia de Pensiones.

Los activos alternativos corresponden a un amplio espectro de instrumentos de inversión en mercados privados, incluyendo deuda y capital privado, bienes raíces, infraestructura, entre otros, que generalmente están restringidos a inversionistas institucionales o calificados, quienes generalmente invierten a través de una contraparte especializada. , estando sujeto a requisitos particulares definidos por la reglamentación de la Superintendencia de Pensiones.

De conformidad con las facultades del Banco Central (DL N° 3.500, de 1980, sobre el Sistema de Pensiones), la decisión de aumentar los límites

Los límites máximos estructurales de inversión en activos alternativos para los Fondos de Pensiones se implementarán de forma gradual, consistente con los perfiles de riesgo de cada tipo de Fondo y de acuerdo con el siguiente calendario:

Esta decisión contribuye al objetivo de promover la diversificación de las carteras de los Fondos de Pensiones y se adopta considerando que eventuales ajustes en las carteras de inversión de los Fondos pueden realizarse sin afectar el normal funcionamiento del sistema financiero. Se mantiene el criterio de gradualidad en la implementación de estos límites que ha guiado las acciones del Banco Central en esta materia, desde que se introdujo esta alternativa de inversión al marco legal vigente.

Adicionalmente, y de acuerdo con la Ley N° 21.628 de octubre de 2023, que permite la inversión en activos alternativos por parte del Fondo de Cesantía Individual (CIC) y establece el rango dentro del cual el BCCh debe fijar el límite máximo de inversión, el Banco fijó este límite en 3 % del CIC al 1 de mayo (que no puede exceder el 5% del fondo respectivo). En cuanto al Fondo de Cesantía Solidario, el límite actual ya está en el máximo permitido por la ley.

Estos nuevos límites serán incorporados al Capítulo III.F.4 del Compendio de Normas Financieras (CNF) del Banco a partir del 15 de abril del presente año.

Asimismo, el BCCh se pronunció en términos favorables respecto de la solicitud de la Superintendencia de Pensiones para autorizar a los Fondos de Pensiones y Cesantía a invertir en los siguientes instrumentos, de conformidad con el literal k), artículo 45 del DL 3500:

(i) Títulos Representativos de Fondos Mutuos Hipotecarios Endosables (MHE), residenciales y no residenciales, inscritos y negociables en las bolsas de productos establecidas conforme a la Ley 19.220; y

(ii) Acciones de sociedades anónimas nacionales, acciones de sociedades anónimas nacionales cerradas y sociedades limitadas nacionales que se transan en el segmento ScaleX de la Bolsa de Comercio de Santiago (ScaleX).

En estos dos casos se trata de mercados en desarrollo, por lo que los efectos sobre los mercados financieros de la incorporación de estos nuevos instrumentos deberían ser suficientemente limitados. Además, cada uno de los instrumentos está sujeto a un límite del 1% del total de los fondos.

 
For Latest Updates Follow us on Google News
 

NEXT ¿Cuánto se ofrece este martes 30 de abril? – .