Una pelea millonaria entre la UTA y las empresas de autobuses por las cuotas sindicales llegó a los tribunales

Una pelea millonaria entre la UTA y las empresas de autobuses por las cuotas sindicales llegó a los tribunales
Una pelea millonaria entre la UTA y las empresas de autobuses por las cuotas sindicales llegó a los tribunales

Roberto Fernández, titular de la UTA que inició la demanda judicial contra empresas de autobuses

La Unión Tranvía Automotriz (UTA) y un grupo de empresas de autobuses iniciaron un conflicto legal por el cobro de cuotas sindicales y otras dos retenciones a los salarios de los trabajadores. La UTA, el sindicato que agrupa a los empleados, denunció que un grupo de empresas no dan el descuento que establece la ley, mientras las empresas dicen que no lo hicieron en los casos de trabajadores que no dieron su consentimiento.

La pelea es que las dos partes afirman que su posición se basa en el contexto de la decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70 sobre desregulación de la economía que fue emitido en diciembre pasado por el gobierno nacional de Javier Milei. Las empresas señalan que el decreto establece que la retención ya no es obligatoria sino que debe contar con el visto bueno de cada trabajador. Mientras que la UTA sostiene que este artículo del DNU se encuentra dentro del capítulo laboral que se encuentra suspendido por la justicia laboral y actualmente se encuentra en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Y es un conflicto porque su eje es el financiamiento del sindicato y por el cual En los últimos cuatro meses dejó de recaudar mil millones de pesos.

Tanto la UTA como un grupo de 63 empresas del colectivo AMBA realizaron presentaciones en justicia laboral, a lo que accedieron. Infobae. Se trata de dos acciones declarativas de certeza con solicitudes de medidas cautelares para que los tribunales decidan qué postura debe prevalecer. Los casos quedaron a cargo del juez José Ignacio Ramonet.

La Ley de Contrato de Trabajo establece los casos en los que las empresas deben retener los salarios de los empleados. Uno de los casos fue la cuota de afiliación sindical (1,5 por ciento del salario), la cuota de promoción social (1 por ciento) y la cuota de solidaridad (2 por ciento). En total, el 4,5 por ciento. Pero el DNU 70 establecía en su artículo 73 que esas deducciones debían realizarse con el consentimiento expreso de los empleados y ya no de forma automática.

La justicia laboral, tanto con medidas cautelares como con sentencias de fondo, declaró inválido ese artículo. Está dentro del capítulo laboral del DNU que fue anulado en una causa iniciada por la Confederación General del Trabajo (CGT) entre otros expedientes que fallaron en el mismo sentido. El fallo a favor de la CGT fue apelado por el gobierno ante la Corte Suprema de Justicia.

Las empresas de autobuses también comparecieron ante los tribunales (NA)

La UTA, encargada de Roberto Fernández, compareció ante el tribunal para señalar que 14 empresas de autobuses, todas del grupo Dota, no depositaron los importes de las retenciones de las tres cuotas de enero, febrero, marzo y abril. El sindicato explicó que cuando realizaron el reclamo mediante carta documento, las empresas indicaron que lo hacían al amparo del artículo 73 del decreto.

“En el presente caso, existe una situación de incertidumbre respecto de la aplicación a las sociedades señaladas de las sentencias antes mencionadas y, en consecuencia, la obligación de retener los montos de las cuotas de afiliación y demás contribuciones que les correspondan”dijo la UTA en su presentación para señalar que las empresas están incumpliendo el fallo de la CGT.

El gremio agregó que estas sentencias protegen a su sector porque la UTA es parte de la CGT. Así, solicitó al tribunal dictar sentencia declarando vigente la suspensión del artículo 70 y que las empresas comiencen a pagar las tasas.

Al mismo tiempo, las empresas también comparecieron ante los tribunales. Lo hicieron 63 empresas colectivas que cubren la región AMBA. Y también pidieron que se resuelva si les llega el fallo de la CGT, algo que sostienen que no. Las empresas señalan que no formaron parte del expediente, que no fueron notificadas de resolución alguna y que sólo conocieron la información a través de los medios de comunicación. Por tanto, no son capaces de cumplirlo.

La justicia debe resolver el conflicto.

Las empresas entienden que deben cumplir con el DNU 70, que establece que para realizar retenciones se debe contar con el consentimiento de los empleados. En su presentación, las empresas señalaron que de los 10 mil 957 empleados que tienen, el cinco por ciento respondió a favor de retener las tres cuotas al sindicato. La retención roza los 25 mil pesos. Sí, el 95 por ciento de los empleados dijo que no se trata de 260 millones de pesos que no ingresan al sindicato mensualmente de esas 63 empresas. En estos cuatro meses que no hicieron los aportes, la suma llegó a los mil millones de pesos.

“Las empresas patronales no hubieran podido incumplir esta reforma introducida por el DNU 70/2023, sin asumir el riesgo de ser sujetos responsables o sujetos pasivos de reclamos legítimos por parte de sus trabajadores; ¿Por qué la empresa debería retener parte de su patrimonio, de su propiedad privada, de su patrimonio, sin su consentimiento, cuando una norma expresa con jerarquía de ley establece que está prohibido hacerlo?”, afirmaron las empresas.

Ahora será la justicia laboral la que tendrá que definir qué postura prevalece.

 
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