propietario o inquilino? – .

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Quién debe pagar el seguro de alquiler (Europa Press)

un seguro de alquilar es una póliza diseñada para ofrecer protección financiera y cobertura de riesgos asociados a alquiler de una casa o propiedad. Este tipo de seguros pueden ser contratados tanto por el propietario del inmueble como por el inquilino, aunque cubren distintos aspectos dependiendo de quién lo contrate. Para el propietario, el seguro de alquiler puede incluir cobertura por impago del alquiler, daños al inmueble causados ​​por el inquilino, defensa jurídica en caso de litigio relacionado con el alquiler y otras garantías adicionales que protejan la inversión del propietario.

En el caso del inquilino, existe un seguro de alquiler que ofrecer cobertura de responsabilidad civil, lo que implica protección contra posibles daños a terceros que puedan ocurrir dentro de la propiedad alquilada, así como cobertura de tus pertenencias personales contra robo, incendio y otros riesgos. Actualmente, el artículo 36.5 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) permite establecer garantías adicionalesademás de la fianza, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones del inquilino.

Una de estas garantías puede ser el seguro de impago del alquiler. Él seguro de impago de alquiler es una póliza diseñada específicamente para proteger al propietario de un inmueble contra la posibilidad de que un inquilino no pague el alquiler. Este tipo de seguro suele ofrecer varias coberturas adicionales más allá del impago, como por ejemplo defendiendo legal, el consejo legal y, en algunos casos, pago por servicios de seguridad desalojo.

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En cuanto al pago del seguro de impago del alquiler, La legislación no especifica quién debe correr con este costedejando así la determinación a negociación entre el propietario (arrendador) y el inquilino. Esto significa que el acuerdo sobre quién paga el seguro puede variar y dependerá de lo que acuerden ambas partes o de lo que el arrendador decida imponer. Sin embargo, es importante tener en cuenta la limitación impuesto por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que establece que el arrendador no puede solicitar al inquilino una garantía adicional superior a dos rentas mensuales. Por tanto, si el inquilino es quien asume el coste del seguro, su prima no debe superar este límite.

Aunque es el inquilino quien paga el seguro, el beneficiario final es el propietario, ya que el seguro cubre principalmente el riesgo de impago del alquiler por parte del inquilino, asegurando al propietario contra la pérdida de ingresos. Además de esto, el seguro de impago de alquiler puede ofrecer otras coberturas como la defensa jurídica y, en algunos casos, el coste de los procesos de desalojo. La decisión sobre quién paga el seguro debe ser el resultado de una negociación entre las partes, respetando las limitaciones legales en materia de garantías adicionales. Este acuerdo facilita un mayor grado de seguridad en la relación contractual de arrendamiento, al tiempo que funciona como un mecanismo de protección financiera para el arrendador.

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