Los edificios se acercaron peligrosamente unos a otros – .

Los edificios se acercaron peligrosamente unos a otros – .
Los edificios se acercaron peligrosamente unos a otros – .

El proyecto Dimonti se ubica en la localidad de Suba, al noroeste de Bogotá – crédito Verinmuebles

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) aplicó una contundente medida contra las empresas constructoras responsables del polémico proyecto Dimonti, ubicado en el sector Suba, en Bogotá.

Inversiones Alcabama SA y Gestión Urbana SAS, las empresas constructoras detrás de este proyecto, se enfrentan ahora al embargo de cuentas bancarias como resultado de un largo proceso legal que ha puesto de manifiesto diversas irregularidades en la construcción de los edificios, incluido el incumplimiento de las normas de seguridad esenciales. regulaciones. resistencia a terremotos.

Este conjunto residencial, que ha sido foco de múltiples problemas para los habitantes durante más de una década, Presenta graves fallas estructurales que provocaron colapsos y generación de grietas en las edificaciones.

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Así lo hicieron saber dos ciudadanos, a quienes en febrero de 2012 les entregaron un departamento y un estacionamiento que forman parte del proyecto inmobiliario y quienes firmaron el contrato de compraventa con Fiduciaria Bogotá SA, sociedad gestora y portavoz del patrimonio autónomo. . Flores.

La situación es de tal magnitud que dos de los edificios se acercaron peligrosamente entre sí.lo que exacerbó los riesgos para los residentes que compraron propiedades en este desarrollo.

La Superintendencia de Industria y Comercio atendió la denuncia de dos ciudadanos, a quienes en febrero de 2012 les entregaron un departamento y un estacionamiento que forman parte del proyecto inmobiliario – crédito @sicsuper/X

Los propietarios, ante el riesgo “inminente e irreversible” que representan estos daños, en palabras de la SIC, solicitaron reiteradamente a las constructoras que hicieran reparaciones. Pese a estas exigencias, una respuesta efectiva se ha visto obstaculizada por el retraso en el proceso de reparación, agravado por la expiración, en junio de 2022, de la licencia otorgada para estas modificaciones por una curaduría urbanística hace dos años.

“Al comprobar el riesgo inminente e irreversible al que estaban expuestos por los daños evidentes, solicitaron a Inversiones Alcabama SA y Gestión Urbana SAS la realización de las reparaciones”, destacó el ente supervisor.

La incapacidad de Inversiones Alcabama SA y Gestión Urbana SAS para corregir los problemas estructurales en un plazo adecuado ha suscitado una creciente preocupación por la seguridad de los habitantes y la preservación del patrimonio familiar de los propietarios. La gravísima negligencia en el cumplimiento de las normas básicas de construcción puso de relieve no sólo el peligro que corren quienes residen en estos edificios sino también la aparente inacción de los responsables a lo largo de este largo proceso.

La medida de la SIC consistió en el embargo de cuentas corrientes y de ahorro, CDT y otras cuentas similares – crédito Luisa González/Reuters

La decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) de imponer medidas cautelares indica un paso significativo hacia el reconocimiento y rectificación de malas prácticas en el sector de la construcción, resaltando la prioridad de la seguridad y los derechos de los consumidores en Colombia. En última instancia, esta acción legal busca garantizar que los constructores sean responsables de los defectos de construcción y que se realicen las reparaciones necesarias para garantizar la integridad estructural de los edificios y la seguridad de sus residentes.

El caso del proyecto Dimonti se convierte así en un símbolo de la lucha por la justicia y la reivindicación de los derechos de los consumidores frente a prácticas comerciales negligentes.

La intervención de la SIC en este asunto resalta la importancia de la supervisión gubernamental para proteger a los ciudadanos y destaca las repercusiones legales que enfrentan las empresas que ignoran sus obligaciones. Es un recordatorio imperativo de que la seguridad y el bienestar de las personas deben ser siempre la máxima prioridad en cualquier desarrollo urbano.

La entidad precisó que los demandados violaron el derecho a la garantía, señalado en el artículo 6 de la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor), referido a la calidad, idoneidad e inocuidad de los productos, y el derecho a la reparación efectiva (establecido en los numerales 1 y 2 del artículo 11 de la Ley 1480 de 2011 y en el parágrafo 2 del artículo 13 del Decreto 735 de 2013).

Fiduciaria Bogotá SA no fue tomada como parte en el proceso porque no fue demandada como administradora y portavoz del fundo autónomo Las Flores – Crédito Fidubogota

Además, la medida cautelar decretada por la SIC es proporcional, adecuada y necesaria, máxime cuando existe evidencia suficiente que lleva a afirmar que existe un riesgo muy alto de colapso de la estructura. Esta medida consistió en el embargo de cuentas corrientes y de ahorro, CDT y otras cuentas similares. que las dos constructoras tienen en las entidades financieras del territorio nacional.

En relación con Fiduciaria Bogotá SA, no fue posible tenerla como parte en el proceso porque no fue demandada como administradora y vocera del predio autónomo Las Flores.

 
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