“Las tierras del patito” y el arte de no resolver

“Las tierras del patito” y el arte de no resolver
“Las tierras del patito” y el arte de no resolver

Por Darío Dayub

En los últimos días hemos sufrido en Paraná, respecto al lote ubicado en la esquina frente a Patito Siriri, el “Arte Nacional de lo No Resuelto”, que tanto nos embarga en Argentina; y creo que los ciudadanos merecen al menos estar correctamente informados.

De manera poco clara, los señores José María Armarla y Guillermo Pinto logran registrarse como propietarios de todo el terreno que, a modo de balcón, se creó frente a Patito Siriri hace unas décadas. Deciden dividirlo en tres lotes y cada uno asume los costos respectivos de sus lotes (uno de Armarla -el del medio- y dos de Pinto -los de las esquinas). Parece que Pinto no pagó su parte, Armarla lo demandó y luego de un intrincado litigio logró subastar, por una suma “irrisoria”, uno de sus dos lotes por cobrar; y Pinto lo permite sospechosamente con su inacción.
Eso es todo, el cuadro de la situación.

Ahora, también parece que el municipio “alarmado y asustado” por tal situación decide, ahora rápidamente, aprobar pero sólo para ese lote lo que tanto se requería para todo el terreno durante años; es decir, gestionar la expropiación a través del mecanismo del Decreto Ley 2577/12. Con la cual el municipio puede declarar un inmueble de Interés Municipal por su Utilidad Pública y Sujeto a Expropiación; y luego con dicha ordenanza, el alcalde gestiona ante el PE provincial, la presentación del proyecto de ley correspondiente al efecto, ya que sólo la provincia puede expropiar.

Pero aquí hay algunos “detalles” que se están pasando por alto: 1.- El procedimiento Decto. 2577 -en su Pto.2, Inc.1.-c)- establece que el municipio también deberá acompañar con dicha declaración “la Ordenanza o Decreto Municipal que comprometa el financiamiento correspondiente para afrontar el gasto”; cuestión que se alegó ineludible y de “imposible cumplimiento” ya que la administración anterior -que continúa- no abordó el proyecto, permitiéndole perder estatus parlamentario tras la sobrevaloración realizada por el propio municipio. Pero esta vez, sin embargo, la ordenanza aprobada no dice nada al respecto, dejando la excusa perfecta para el rechazo provincial. 2.- Tanto la Subasta como la Expropiación son “Ventas Forzosas”. Pero con diferencias esenciales: mientras que en la subasta la compra es segura, inmediata y quizás al precio más bajo posible, en la exportación es incierta porque depende de decenas de voluntades políticas, a largo plazo por su engorroso y complejo procedimiento, que Incluso se puede judicializar, y a un valor superior ya que es casi el valor de mercado: ¿Por qué entonces el municipio optaría en esta situación por la expropiación en lugar de ir a pujar a la subasta, viéndolo como una oportunidad y no necesariamente como un problema? ¿en si mismo? ¿mismo? No se entiende si es siempre o no el municipio quien autoriza una construcción, independientemente de su propietario; No importa si es Pinto u otro “fulano de tal”.

Puede haber especulación política por parte de algunos e ignorancia jurídica por parte de otros; la ingenuidad y la improvisación, o el simple vicio de hilo político que hace que en todo eso se mezcle incluso cierta militancia ecologista. La verdad es que han contribuido a ese Arte Nacional de los No Resueltos que tanto sufrimos, creando una gran oportunidad para que al menos uno de los lotes esté rápidamente en manos de la ciudad y a un precio menor.

Y cuando parecía que la desorientación no podía escalar más, aparece un joven diputado provincial anunciando alegremente en sus redes que viene a salvar los lotes del remate “dando efecto” a la ordenanza municipal que pide la expropiación. Parece desconocimiento, improvisación, desdén o estar más atento al shock que causaría “la primicia” que al problema en sí y su solución, pero no lo sé. Lo cierto es que el proyecto, cuyos fundamentos no se leen, carece de rigor jurídico porque desconoce el procedimiento a seguir cuando la expropiación se realiza por interés municipal. 2577/12, como se indicó anteriormente. Tuvo tiempo de tomarse unos días para estudiar mejor el tema porque la ordenanza ni siquiera había comenzado a regir y así presentarla bien hecha, al amparo de la Ley provincial de Expropiación N° 6467/1976 y para no darle continuidad a la municipal. proceso iniciado como dice. lo que hace. Quizás se gane el agradecimiento del gobernador, porque en el artículo segundo de su apresurado proyecto establece lo que omite la ordenanza: que el pago del lote a expropiar deberá ser realizado, en su caso, por el municipio.

En fin…tal vez a pesar de todo esto, algún día el lote sea expropiado y siente un precedente. Quizás incluso si haces todo mal, algo saldrá bien. Quizás los vientos políticos favorezcan el procedimiento elegido. No lo sé. Sólo sé que no se hizo lo más conveniente, que no lo resolvieron rápidamente dada esta oportunidad única y que han contribuido muchísimo a “perfeccionar” este raro Arte Nacional de Derresolver.

 
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