Casación Penal absolvió al ex concejal de Salta acusado de querer cobrar el IFE

Casación Penal absolvió al ex concejal de Salta acusado de querer cobrar el IFE
Casación Penal absolvió al ex concejal de Salta acusado de querer cobrar el IFE

La Cámara Federal de Casación pagado a José Osvaldo Reynagaex concejal de la localidad salteña de San Lorenzo, acusado de haber intentado cobrar el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE)las ayudas económicas brindadas por el gobierno de Alberto Fernández para trabajadores informales y monotributistas durante la pandemia.

La Cámara Federal de Casación pagado a José Osvaldo Reynagaex concejal de la localidad salteña de San Lorenzo, acusado de haber intentado cobrar el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE)las ayudas económicas brindadas por el gobierno de Alberto Fernández para trabajadores informales y monotributistas durante la pandemia.

El máximo tribunal penal del país, en un solo fallo del juez Mariano Borinsky, adoptó esa decisión luego de que un fallo de la Corte Suprema anulara una sentencia contra Reynaga a un año de prisión y dos años de inhabilitación.

Reynaga fue acusado de haber intentado cobrar el IFE registrando su DNI en la etapa de preinscripción al beneficio. No lo logró porque el sistema lo rechazó, por lo que la acusación quedó en el nivel de “tentativa”.

La sentencia del Tribunal Oral 1

En mayo de 2022, el Tribunal Oral 1 de Salta había condenado a Reynaga “por haber determinado su responsabilidad penal, como autor del delito de Fraude contra la Administración Públicaen grado de tentativa, en competencia ideal con el delito de Incumplimiento de los Deberes de Funcionario Público”. Casación ratificó la condena, pero la Corte la revocó y ordenó dictar una nueva sentencia.

En el proceso judicial ya se había eliminado de la sentencia la figura del incumplimiento de los deberes de funcionario público.

Ahora, el juez Borinsky -en línea con lo señalado por la Corte- consideró que no se observó cuál fue el engaño realizado por Reynaga en el caso concreto.

“No fue una maniobra adecuada para violar el primer filtro del sistema”, afirmó.

“No hubo ninguna maniobra por parte del imputado que pusiera en peligro concreto ex ante el bien jurídico en cuestión”, subraya el fallo.

#Argentina

 
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