Qué respondió la Registraduría ante el Juzgado de Boyacá en el caso de la demanda contra el alcalde de Gámeza #Tolditos7días

Qué respondió la Registraduría ante el Juzgado de Boyacá en el caso de la demanda contra el alcalde de Gámeza #Tolditos7días
Qué respondió la Registraduría ante el Juzgado de Boyacá en el caso de la demanda contra el alcalde de Gámeza #Tolditos7días

“¿En qué mesas se marcaron los votos con un marcador distinto de las bolas entregadas por los jurados de votación? ¿Cuántos votos fueron anulados por lo anterior? Si hubo errores de sumatoria respecto de los votos de los candidatos Gerardo Rincón Camacho, Édgar Cruz Cristancho y José Samuel Medina Alfonso y, de ser así, ¿en qué consistieron?”

Estas fueron las preguntas que el Tribunal Administrativo de Boyacá formuló a la Registro Nacional del Estado Civil, en el caso de la demanda de nulidad electoral contra el alcalde de Gámeza, Gerardo Rincón Camacho.

En relación al primer punto, la Registraduría respondió: “(…) revisadas las planillas electorales, podemos definir que no se realizó ningún tipo de cancelación de voto por el marcado con diferentes esferas (porque no es una causa para cancelación), incluso las comisiones auxiliares, municipales y generales de escrutinio, en caso de recuento de votos, tienen la obligación de reclasificar los votos en los términos establecidos anteriormente.

Entonces, revisadas las actas E14 (escrutinio de jurados de votación) y el acta general del escrutinio municipal, no se registra ningún tipo de novedad al respecto (…)”.

Respecto al segundo punto, este dijo: “Luego de verificar el acta general del Escrutinio de Elecciones de Autoridades Territoriales realizado el 29 de octubre de 2023 en el municipio de Gámeza (Boyacá), no existen notas de nulidad de votos, por haber sido marcadas con un marcador diferente a las esferas entregadas por el Registro Nacional del Estado Civil.

Asimismo, se verifican las tres copias del acta de escrutinio de los jurados de votación – Formularios E-14 (Claves, Delegados y Transmisión) de la Alcaldía, correspondientes a las 14 mesas que fueron instaladas en el Municipio de Gámeza, comprobando que no existen actas de los jurados de votación que se refieran a la anulación de votos por marcaciones con otras esferas. Este hecho no entra dentro de las causales de reclamación establecidas en los artículos 122 y 192 del Código Electoral”.

Respecto al tercer punto, a esto se refirió la Registraduría: “Verificadas las actas del Escrutinio de los Jurados de Votación – Formularios E-14 y el acta general del Escrutinio de las Elecciones de Autoridades Territoriales realizado el 29 de octubre de 2023 en el municipio de Gámeza (Boyacá), no existen registros de los jurados de votación ni observaciones de la Comisión Escrutadora, respectivamente, que den cuenta de errores en la sumatoria de votos de los candidatos Gerardo Rincón Camacho, Édgar Cruz Cristancho y José Manuel Medina Alfonso.

Allí puedes ver cómo va ese proceso.

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