Un hombre fue sentenciado a 25 años de prisión por abuso sexual infantil

Un hombre fue sentenciado a 25 años de prisión por abuso sexual infantil
Un hombre fue sentenciado a 25 años de prisión por abuso sexual infantil

Manuel Darío Luque fue condenado a 25 años de prisión por haber abusado sexualmente de tres niñas en la ciudad de Santa Fe.

La sentencia fue dictada por unanimidad en el marco de un juicio oral que se desarrolló en la capital provincial. El tribunal estuvo presidido por la jueza Cecilia Labanca y también estuvo integrado por la jueza Susana Luna y el juez Martín Torres.

El hombre de 47 años fue condenado como autor de “abuso sexual con acceso carnal calificado por el guardia”, en relación con las tres víctimas, y de “promoción de la corrupción de menores agravada por la edad y la custodia en los tres casos y , en perjuicio de una de las niñas, y también por amenazas”.

La fiscal Alejandra Del Río Ayala representó al MPA en el debate. Tras conocer el veredicto, valoró que “el tribunal optó por el tipo penal que propusimos y el monto de pena que solicitamos en la acusación”.

“Fue una investigación compleja, en la que las víctimas -que actualmente son adolescentes- lograron hablar con otras personas sobre lo sucedido años después del abuso al que las sometió Luque”, dijo Del Río Ayala. “En el momento de los hechos, ellos asistían a la escuela primaria”, dijo.

El funcionario del MPA afirmó que “una de las víctimas sufrió agresión sexual por parte del condenado entre 2011 y 2015, otra, entre 2012 y 2015, y la tercera, en distintas fechas de 2015”. Precisó que “por vivir cerca de la casa del agresor o tener relación con personas cercanas a él, generalmente quedaban a su cuidado”, y señaló que “los delitos se cometieron en esos momentos”.

“Los hechos delictivos se repitieron en numerosas ocasiones en las que Luque también obligaba a las niñas a ver videos pornográficos”, afirmó Del Río Ayala. “A veces, dos de ellos estuvieron expuestos a estas prácticas simultáneamente, por lo que uno presenció el abuso en perjuicio del otro y viceversa”, añadió.

“Por el tipo, frecuencia y duración de la conducta ilícita, la corta edad de las víctimas y la diferencia de edad entre ellas y el condenado, lo ocurrido fue de magnitud suficiente para interferir en el libre y progresivo desarrollo sexual de los tres, ” Él concluyó.

 
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