Los trabajadores comprendidos en la Ley 679 pueden adherirse a este régimen voluntario, hayan iniciado o no el reclamo judicial correspondiente.
“El reglamento de esta Ley tiene dos características, es decir, dos formas de adherirse a ella: una destinada a quienes no han iniciado un reclamo judicial, quienes pueden realizar el trámite de manera sencilla y gratuita, a través de las 18 delegaciones del Ministerio de Trabajo; y otro para quienes han impulsado la demanda. En todos los casos, el agente deberá informar la adhesión, para que quede constancia”, informó la secretaria de Trabajo de la Provincia, María Marta Avilez.
El funcionario destacó, en este sentido, que la provincia puso a disposición, para quienes lo requieran, el servicio de patrocinio jurídico, a través del cuerpo de abogados con que cuenta la Secretaría.
“Tanto los abogados como los delegados zonales realizaron una revisión de la normativa, lo que les permite capacitarse para brindar asesoría y acompañamiento. Invitamos a quienes quieran más información a acercarse a las delegaciones laboristas. El patrocinio legal es muy importante, ya que es un requisito obligatorio para poder celebrar acuerdos”, dijo Avilez.
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