Se elimina la moratoria de pensiones

Se elimina la moratoria de pensiones
Se elimina la moratoria de pensiones

Diputados aprobaron cambios en el régimen jubilatorio: se elimina la moratoria previsional

La Cámara de Diputados dio este martes media sanción al artículo de las Bases que deroga la ley 27.705, que regula un sistema de compra de aportes (conocido como moratoria previsional) para acceder a un beneficio en el régimen de la Anses. Esa parte del texto Fue aprobado esta tarde por los diputados (con menos votos a favor que quienes obtuvieron otros contenidos de la propuesta del Poder Ejecutivo). Ahora El destino de ese régimen depende de cómo resulte la votación en el Senado.

Este beneficio de moratoria de pensiones le permite obtener el Jubilación cuando se alcance la edad requerida en el régimen general, que establece 60 años para las mujeres y 65 años para los hombres, sin haber cumplido durante la etapa activa el monto de aportes exigidos por la ley (30 años).

Por lo tanto, la Cámara de Diputados aprobó este martes el Título IX sobre la derogación de la moratoria de pensiones y se crea la figura Beneficio de jubilación proporcional para aquellas personas que cumplieron 65 años y que no completaron los 30 años de aportes necesarios para jubilarse.

¿Cuáles son los cambios en el régimen de jubilación?

Los cambios en el régimen jubilatorio que tuvieron media sanción en Diputados apuntan a la disolución de la moratoria previsional. En la votación, este capítulo de la Ley de Bases obtuvo 125 votos afirmativos, 113 negativos y 3 abstenciones.

En concreto, quienes no hayan finalizado sus aportaciones recibirán el pago dea la edad de 65 años un activo mínimo equivalente al Beneficio Universal para las Personas Mayores (PUAM)lo que equivale al 80% del jubilación mínima ($260.141,60 incluido el refuerzo). Para poner en contexto, en mayo los beneficiarios del PUAM Cobrarán $222,113.

El título 9 de la Ley de Bases contempla la derogación de la moratoria de pensiones. Así lo establece el artículo 226 cuando señala “Se deroga la Ley N° 27.705”.

En su artículo 227 crea el Beneficio de Jubilación Proporcional, p.Para aquellas personas que hayan cumplido sesenta y cinco (65) años de edad y que no cumplan con el requisito previsto en el artículo 19, apartado “c” de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones.

“Él habra un minimo para los beneficiarios de este beneficio jubilatorio será el establecido en el artículo 14 de la Ley N° 27.260 y sólo alcanzará a aquellas personas que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 13 de dicha ley”, dice la normativa que obtuvo media sanción en Diputados. .

Y agrega: “El Poder Ejecutivo reglamentará este artículo, en un plazo no mayor a treinta (30) días y establecerá los parámetros objetivos para el acceso a los porcentajes que reconozcan los aportes efectivamente realizados al Sistema Integrado Previsional Argentino, y el condiciones para las que se regirá el beneficio”.

La última moratoria de las pensiones

La última moratoria previsional implementada por el gobierno de Alberto Fernández permitió que personas que no habían alcanzado los 30 años de aportes jubilatorios durante su actividad laboral aún accedieran a una jubilación mínima a través de un programa en el que se les descontaba de las cuotas salariales correspondientes a los años adeudados.

El Gobierno de Javier Milei consideró que no es justo que las personas que cotizaron durante 30 o más años financien a aquellas personas que por distintas circunstancias no pudieron hacerlo.

Según esta visión, la generalización de las moratorias y la universalización de las jubilaciones condujeron a un aplanamiento de la pirámide que perjudica los ingresos de los jubilados que realizaron aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) “durante toda su vida laboral”. .

Para sustituir la moratoria, el Gobierno incluyó un sistema similar a la Pensión Universal para Adultos Mayores (PUAM) que reconocía el 80% del haber de una jubilación mínima para aquellas personas que no hubieran alcanzado los 30 años de aportes exigidos por la norma. general.

Precisamente, el nuevo “Beneficio de Jubilación Proporcional” propone otorgar a las personas que no cumplan con los requisitos para jubilarse un beneficio proporcional por los años de aportes, con un mínimo del 80% del patrimonio de una jubilación mínima.

 
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