La Cámara Federal ratificó la medida cautelar que prohíbe el corte de gas por falta de pago en Tierra del Fuego

La Cámara Federal ratificó la medida cautelar que prohíbe el corte de gas por falta de pago en Tierra del Fuego
La Cámara Federal ratificó la medida cautelar que prohíbe el corte de gas por falta de pago en Tierra del Fuego

El Corte Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia ratificó la medida cautelar impuesta por el Juzgado Federal de Río Grande que suspendió los cortes del servicio de gas por falta de pago en la provincia de Tierra del Fuego.

La Sala que preside Javier Leal de Ibarra resolvió rechazar “el recurso de queja interpuesto por el representante legal de la Estado Nacional, la Secretaría de Economía y la Secretaría de Energíacontra el decreto de 31 de mayo de 2024 que concede con efectos revolucionarios el recurso de apelación interpuesto por él.”

De esta manera, la medida cautelar provisional que ordena al Gobierno nacional ordenar Camuzzi Gas del Sur SA abstenerse de realizar cortes o suspensiones del suministro del servicio de gas por falta de pago de la facturación emitida del cuadro tarifario ordenado por el Resoluciones SE N°41/24 y 122/24 del ENARGAS en relación con los usuarios y consumidores del servicio público de gas a través de redes de la subzona tarifaria “Tierra del Fuego”.

“Advertimos que la Resolución 41/2024 del Ministerio de Energía permitió precios del gas en el Punto de Entrada al Sistema de Transporte (PIST) fueron nominados en dólares estadounidenses (USD) y transferidos a los usuarios finales por los períodos: 1 de abril al 30 de abril; del 1 de mayo al 30 de septiembre, y del 1 de octubre al 31 de diciembre del año en curso”, señalaron los magistrados.

A esto agregaron que las facturas que fueron aportadas a la causa judicial indican que “Las variaciones de facturación sufrieron un aumento exponencial, pese a no comprobarse un mayor consumo”. Sobre este punto, los camaristas agregaron que esta circunstancia “podría poner en peligro la continuidad del servicio, que podría verse interrumpido por falta de pago, tratándose de la prestación de un servicio esencial que incluso ha sido reconocido como un derecho humano y no simplemente mercancía”.

La Cámara consideró el gas como un servicio esencial para una zona del país como Tierra de Fuego y que la suspensión del servicio se produce en una medida cautelar provisional que tiene vigencia hasta que se resuelva el fondo del reclamo, por lo que su vigencia no es permanente. Sí podría serlo si el tribunal considera inconstitucional el aumento que es el solicitado por el gobierno provincial en la causa judicial.

“Se trata de garantizar la continuidad del suministro de un servicio público esencial, estrechamente vinculado a la calidad de vida de la población, por un corto período desde que se ha establecido debidamente la vigencia de esta protección cautelar y su fin se producirá en un corto plazo”. tiempo, en “ha estado sujeto tanto a la respuesta a los informes del artículo 4 de la Ley 26854, como a la actividad procesal que deben realizar los propios imputados”, dijeron los camaristas sobre ese punto.

Al respecto, el gobernador de Tierra del Fuego, Gustavo Melelladestacó la resolución de la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia de rechazar el recurso de queja presentado por el Gobierno nacional contra la medida cautelar cautelar que fue ordenada por el Juzgado Federal de Río Grande.

“Esta medida había sido ordenada en respuesta al recurso colectivo que presentamos el pasado 23 de mayo por el aumento excesivo de la tarifa del gas en nuestra provincia”, escribió el mandatario provincial en sus redes sociales.

“La iniciativa que contó con el apoyo de miles de vecinos y diversas instituciones sociales, políticas y sindicales, sigue su curso. Mientras tanto, la empresa Camuzzi Gas del Sur deberá abstenerse de cortar o suspender el servicio de gas a los usuarios fueguinos por impago“, Él concluyó.

 
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