En Mar del Plata se aprobó por unanimidad una Ordenanza que prohíbe motos con tubos de escape ruidosos

El Concejo Deliberante aprobó ayer por unanimidad el proyecto de ordenanza que prohíbe la circulación de motocicletas que no cuenten con tubos de escape homologados o que hayan sido modificados. También aquellos que producen ruido de impacto por aceleración, desgaste, defecto o falta de silenciador u otros mecanismos.

El control estará a cargo de la Subsecretaría de Inspección General en conjunto con el área de Transporte y Tránsito, que a su vez podrá coordinar con organismos provinciales o nacionales para velar por el cumplimiento de la norma.

Los vehículos que circulen en infracción deberán ser detenidos por personal municipal. El propietario o quien tenga legítima posesión del vehículo deberá presentar la documentación requerida por la normativa vigente para solicitar la devolución del vehículo, la cual deberá encontrarse en condiciones reglamentarias para su circulación.

Las multas podrán oscilar entre uno y diez salarios mínimos para el personal municipal. Según valores de marzo, el rango estará entre $357.018 a $3.570.186. La sanción prevista también incluye la confiscación de artículos no reglamentarios o infractores. En caso de reincidencia en el plazo de un año, la multa se duplicará.

El personal municipal designado para realizar el control vial podrá utilizar material fotográfico o fílmico como prueba del informe de infracción que presente ante el Juzgado de Faltas.

La iniciativa, impulsada por el concejal Miguel Guglielmotti (Unión por la Patria) y consensuada con los distintos bloques políticos, tiene como objetivo proteger a las personas con trastorno del espectro autista de la contaminación acústica y los ruidos molestos emitidos por motos y vehículos.

“Para la redacción de este proyecto tuvimos varias reuniones con instituciones que vienen solicitando legislación en este sentido”, dijo el alcalde durante la discusión en comisiones.

La norma exime a los vehículos que, en circunstancias temporales y especiales, participen en actividades como exhibiciones o competiciones habilitadas dentro del casco urbano, las cuales deberán contar con el permiso correspondiente para dichas ocasiones y sólo podrán hacerlo en el circuito habilitado para tal efecto.

Además, faculta al Departamento Ejecutivo para realizar campañas de sensibilización y difusión. La autoridad de ejecución deberá presentar la planificación al Consejo dentro de los próximos 30 días.

 
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