Finalmente, las aseguradoras podrán seguir brindando servicio de grúa

Finalmente, las aseguradoras podrán seguir brindando servicio de grúa
Finalmente, las aseguradoras podrán seguir brindando servicio de grúa

El Gobierno finalmente decidió revertir la medida que prohibiría a las aseguradoras prestar servicios de grúa y remolque a sus asociados.

Fuentes de la Superintendencia de Seguros de la República informaron que la prohibición no entrará en vigor como se anunció anteriormente.

La medida había generado polémica. Incluso el portavoz presidencial, Manuel Adorni, había confirmado que la decisión de modificar el servicio de grúa que ofrecen las compañías aseguradoras en todo el país no será revocada. La Resolución SSN 217/2024, que debía entrar en vigor el 1 de julio, eliminó la obligación de las aseguradoras de incluir servicios de remolque y asistencia mecánica en sus pólizas de automóviles.

A fines de abril, la Superintendencia Nacional de Seguros (SNN), en cabeza de Guillermo Plate, había anunciado que las compañías de seguros de automóviles debían excluir los servicios de grúa o remolque y asistencia mecánica en todo el país. Sin embargo, el SNN confirmó este viernes la firma de la resolución 269/2024, que revierte la medida.

Debía entrar en vigor el 24 de julio. La Resolución 217/2024, publicada en el Boletín Oficial, había planteado el objetivo de desregular el sector, “proteger al ciudadano” y aumentar la competencia. Algunas compañías de seguros ya habían comenzado a enviar cartas a sus clientes notificando este cambio en el servicio prestado.

“Se firmó una resolución que deroga la anterior, por lo que el servicio de grúa y grúa vuelve a estar en los mismos términos que antes”, dijeron fuentes de la SSN.

La modificación, de haber salido adelante, suponía también que las aseguradoras ya no estarían obligadas a cubrir “daños o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchazos, cortes y/o roturas de cámaras o tapas o falta de combustible”. ”.

Sólo estarían obligados a cubrir los gastos de remolque y asistencia mecánica en casos de “accidente, incendio y robo y/o hurto”.

A raíz de esta medida impuesta por la SSN, la Asociación de Consumidores y Usuarios de Argentina (ACUDA) había tomado una decisión el 28 de mayo: una acción colectiva en defensa de los derechos de los consumidores.

Pretendieron obtener la nulidad del artículo 2 de la Resolución, que imponía “modificaciones que afectan directamente las condiciones del servicio de grúa, privando a los consumidores de un beneficio que anteriormente estaba incluido en sus pólizas de seguro”.

 
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