El régimen cubano militarizará y distribuirá armas para ‘proteger’ zonas civiles urbanas y rurales

El régimen cubano militarizará y distribuirá armas para ‘proteger’ zonas civiles urbanas y rurales
El régimen cubano militarizará y distribuirá armas para ‘proteger’ zonas civiles urbanas y rurales

El Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias (MINFAR) decretó el Guardia armado y la declaración como zona militar de “áreas de producción agrícola, inversiones en construcción y montaje, y otras áreas urbanas y rurales”.

En la Resolución 9/2024, publicada en el Boletín Oficial número 46 de 2024, el organismo oficial indicó que La medida se promulga para “incrementar la seguridad y protección física” de esas áreasque en adelante sería “de interés para la defensa”.

En una de sus disposiciones, La norma ordena “utilizar armas como escopeta o arma con munición de perdigones de diferentes calibres para la seguridad y protección de las áreas” y dispone que “los jefes y directores de las entidades que administran las zonas son responsables de que el personal que realice el servicio de guardia y protección porte la licencia de Segunda Clase de conformidad con lo establecido en el Decreto-Ley 262′ Sobre
Armas y Municiones’, 12 de noviembre de 2008, Artículo 61″.

La disposición especifica que la orden del jefe para el Año de Preparación de la Defensa deberá incluir “la lista numérica de las armas a utilizar y su autorización de explotación”.

Sin especificar detalles sobre las áreas de interés militar que se crearán, la resolución precisa que los jefes y directores de las entidades también deberán garantizar las guardias armadas y su relevo, la entrega y recepción de armas, así como la preparación militar de aquellas quienes los usan. presagio.

Además, estas autoridades serán responsables de “el uso racional de las municiones y la solicitud de reposición de municiones a la Dirección de Armamento, en caso de agotamiento”.

Las nuevas áreas deberán estar correctamente identificadas con carteles en español e inglés con la inscripción “NO PASAR ZONA MILITAR”y se les prohibirá el acceso a personas ajenas.

En disposición accesoria publicada en el mismo número del GacetaLa Directiva 1 del Consejo de Defensa Nacional, especifica que, Además de lo anterior, se realizarán modificaciones a las estructuras organizativas de la defensa en las administraciones provinciales y municipales del Poder Popular.

Por ello, se ordena que las direcciones o departamentos independientes de Defensa en estas entidades de Gobierno, que tienen autoridad funcional en materia de defensa y seguridad nacional en el territorio correspondiente, sean asumidos por “personal militar en servicio militar activo”.

“Los jefes de direcciones de Defensa en las administraciones provinciales del Poder Popular son aprobados por la Comisión Superior de Cuadros del Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionariascon la anuencia del presidente del Consejo de Defensa correspondiente, y presentado al gobernador para su nombramiento”, afirma.

Lo anterior también se aplica a “los jefes de los departamentos de Defensa independientes en las administraciones municipales del Poder Popular”, quienes serán aprobados por “las comisiones de cuadros del ejército, con la anuencia del presidente del Consejo de Defensa correspondiente, y presentados al Consejo Municipal”. Consejo de Administración para su nombramiento”.

A partir de ahora, según la directiva, El jefe de la Dirección de Defensa en cada provincia tendrá que “tener el grado de coronel o superior”.; y poseer un nivel de preparación militar de posgrado de grado II o III en Comando y Estado Mayor Operacional-Estratégico u Operativo Táctico, respectivamente, y especialidad o diplomado en Defensa y Seguridad Nacional”.

Entonces, para ser jefe del Departamento de Defensa independiente en el municipio, hay que “ser primer oficial; haber desempeñado cargos de mando o dirección que le permitan cumplir con las facultades y obligaciones del cargo; y tener un nivel de preparación militar de posgrado de I grado”. de tropas generales o superiores”.

Finalmente, el resto de los puestos en estos organismos “se completan con personal calificado para cumplir con las obligaciones y atribuciones que se definen según la misión y funciones de la unidad organizativa”.

Aún más importante es que “Los militares designados como jefes de direcciones o departamentos independientes de Defensa en las administraciones provinciales y municipales del Poder Popular están militarmente subordinados al Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias.; pasan al estado de servicio especial; “mantienen los derechos y deberes que por su condición les corresponde y están sujetos a los movimientos establecidos en la legislación vigente aplicable”.

El MINFAR brindará las garantías necesarias para cumplir con estas funciones, dice la directiva, incluyendo “el teléfono celular y los medios de transporte”. Este, a cargo de las regiones militares.

“La asignación de recursos para la especialidad Tanques y Transporte la realiza directamente el Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de manera diferenciada a las regiones militares, quienes son responsables de la ejecución y control de los niveles de actividad relacionados con la asignación presupuestaria. , de los medios técnicos y de la operación y reparación de vehículos”, añade la norma.

Aunque las disposiciones parecen responder a la necesidad del régimen de proteger los recursos estatales ante la creciente inseguridad en la Isla, su profundidad institucional parece abordar, en cambio, un refuerzo del aparato represivo ante manifestaciones o protestas popularescada vez más frecuente en Cuba.

 
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