Se intensifica el conflicto entre la Fiscalía y la Corte Nacional de Casación

Se intensifica el conflicto entre la Fiscalía y la Corte Nacional de Casación
Se intensifica el conflicto entre la Fiscalía y la Corte Nacional de Casación

el fiscal general Susana Pernás; el titular de la Fiscalía Nacional de Menores N° 3, María Fernanda Poggiy la fiscal encargada de la Unidad de Asistencia Fiscal ante la Corte Nacional de Casación en lo Penal y Correccional (CNCCC), María Luisa Piqué, presentaron un recurso extraordinario ante la Corte Suprema contra el fallo que ordenó un nuevo juicio en el caso donde el policía fue condenado a dos años de prisión Luis Chocobar.

“La carga causada a este MPF se evidencia en la decisión que anuló la condena y ordenó un nuevo debate oral exclusivamente contra el imputado Chocobar, a pesar de que se habían cumplido las formas esenciales del procedimiento. Esto implica un retroceso en etapas legalmente cumplidas y pone en grave riesgo la posibilidad de que este MPF obtenga una nueva condena, lo que nos perjudica”, explicaron los fiscales.

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“Recordemos que fue un juicio que duró siete meses, 26 audiencias y más de 30 testigos, en plena pandemia de COVID-19”. COVID-19, con todo el esfuerzo que ello supuso, tanto en lo económico como en logística y recursos humanos; con una de las víctimas de origen extranjero que se encontraba momentáneamente de gira por el país, y quien siguió con particular interés el desarrollo de todo el debate de manera virtual con el acompañamiento de un intérprete. Tampoco podemos dejar de señalar que la decisión de la CNCCC de anular la sentencia y ordenar un nuevo juicio se dictó dos años y nueve meses después de dictada la sentencia. “Esto podría comprometer el derecho al plazo prudencial, que no sólo lo tienen los imputados en el proceso penal, sino también las víctimas del delito, quienes deben volver a declarar, lo cual es una forma de revictimización”, resaltaron.

El caso

chocobar había sido condenado por el Tribunal Oral de Menores N°2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en mayo de 2021 por el delito de “homicidio agravado por el uso excesivo de arma de fuego en el cumplimiento de su deber”.

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En la votación del juez Fernando Pisano (a lo que se sumaron los otros dos integrantes del TOM, quienes agregaron algunos detalles después), se tuvo por probado que el día 8 de diciembre de 2017 alrededor de las 8:15, Juan Pablo Kukoc y un amigo menor de edad se acercó repentinamente a un turista en el barrio porteño de La Boca para robarle su cámara. Para ello lo agarraron por detrás y lo golpearon, además de apuñalarlo entre seis y doce veces en la zona del pecho.

Tras conseguir la cámara, huyeron por la calle Olavarría hacia la calle Irala. La situación fue observada por tres hombres, quienes escucharon el pedido de auxilio de la víctima y persiguieron a los agresores. El policía de Chocobar caminaba por la zona cuando, tras percatarse de lo sucedido y sin haber tenido contacto directo, dio aviso al 911. Allí también informó que había iniciado la persecución de los sospechosos.

En algún momento durante la fuga, el otro adolescente (que fue condenado por el robo) pudo escapar. Los otros hombres alcanzaron a Kukoc en la calle Irala en dirección a Suárez y comenzaron a golpearlo para recuperar la cámara. Ante esto, el joven no logró sujetarla ni utilizó el cuchillo que llevaba consigo. Unos segundos después, los tres abandonaron Kukok y se dirigieron hacia donde estaba el turista para devolverle la cámara.

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Cuando el joven se levantó e intentó irse, Chocobar ya estaba en el lugar. Al bajar de la calle a la acera, Kukoc habría tenido una “inflexión del cuerpo” que Chocobar interpretó como agresiva y que derivó en los primeros tres disparos que el policía le disparó al joven con su pistola reglamentaria. Una vez en la esquina, el oficial disparó cuatro tiros más cuando ya se encontraban a una distancia considerable. Kukoc fue herido de dos disparos: uno que le dio de rebote en la región lumbar y otro, del último disparo del policía, en su pierna izquierda, que le provocó una fractura multifragmentaria de fémur que lo desplomó al suelo. . Segundos después llegaron otros agentes y el joven fue trasladado al Hospital Argerich, donde falleció cuatro días después, el 12 de diciembre de 2017.

El magistrado postuló que Chocobar estaba legítimamente autorizado para intervenir como policía una vez que tuvo conocimiento del crimen y su acto estuvo enmarcado como un acto de servicio y sujeto a todas las normas vigentes sobre actuación policial. Luego indicó que sus acciones habían comenzado de manera justificada y que en la recta final excedió los límites del reglamento.

La decisión de casación

Con los votos de los jueces. Horacio Días y Eugenio Sarrabayrouse, La Sala 2 de la Cámara Nacional de Casación sostuvo que el fallo del tribunal adolecía de déficits argumentativos, ya que cada uno de los votos de los magistrados de instancia fueron “contradictorios e irrazonables” y que, por tanto, no se había logrado una mayoría de fundamentos sustanciales en torno al hecho.

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Tras analizar los detalles de lo celebrado en cada una de las votaciones, el magistrado Días entendió que el fallo presentaba “problemas de argumentación por falta de una mayoría sustancial de fundamentos”, ya que reflejaba un desconocimiento de “cuál es el criterio de cada una de las votaciones”. de los votos”. los jueces respecto de la imputación subjetiva del resultado”. Luego consideró que la sentencia era inválida y ordenó la devolución del caso para que se realice un nuevo juicio oral ante otro tribunal, para juzgar exclusivamente la conducta de Chocobar.

Además de adherirse a lo manifestado por su colega, el juez Sarrabayrouse destacó discrepancias entre las votaciones sobre el giro o inflexión del cuerpo de Kukoc y destacó que la segunda y tercera votación de la sentencia no se adhirieron del todo a la primera y que esto resultó en una falta de unanimidad.

Los argumentos de la fiscalía.

“Repetir el juicio a tantos años de ocurrido el hecho sin duda afectará a este MPF, ya que el sentido común y las reglas de la experiencia indican que, con el paso de los años, las pruebas se pierden o desaparecen, los testigos se olvidan y todo esto perjudica la estrategia de este MPF. ”, subrayaron los fiscales. “Realizar un nuevo juicio no sólo es innecesario, sino que también perjudicará la estrategia adversarial. En este sentido, el debate en contra del señor Chocobar ha sido válido, la prueba se ha producido conforme a las normas del Código Procesal Penal Nacional y las intervenciones de las partes también han sido legales”, afirmaron.

FL/ff

 
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