¿Qué está pasando en Brasil, Chile y Uruguay? – .

En su presentación En el Senado, el 15 de mayo, el jefe de Gabinete, Nicolás Posse, se refirió a un proyecto de ley para bajar la edad de imputabilidad en el que trabaja el Ministerio de Justicia. “Un delito de adultos merece una sentencia de adultos” dicho el oficial.

Días antes, en un entrevista En Radio Mitre, la ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, había hablado sobre el proyecto para bajar la edad de imputabilidad: “Aún se está discutiendo la edad, si son 14, si son 13 como es en Uruguay, si Son 12 como en Brasil”.

¿Cuál es la edad actual de la imputabilidad? ¿Existen diferentes regímenes para los adolescentes? ¿Cómo funcionan en Argentina y otros países de la región? ¿Qué dicen las organizaciones que trabajan por los derechos de niñas, niños y adolescentes? Te lo contamos en esta nota

¿Qué significan los conceptos edad de imputabilidad y responsabilidad penal juvenil?

La edad de imputabilidad es el límite inferior a partir del cual los adolescentes pueden ser juzgados por la Justicia y encarcelados en prisión.

“En términos más académicos, se diferencia entre imputabilidad y responsabilidad penal juvenil: la edad a la que una persona ingresa al sistema penal de adultos sería imputabilidad plena, y la edad a la que ingresa a un sistema especializado para menores –que tiene penas mucho más bajas por los mismos delitos – sería responsabilidad penal juvenil”, dijo Comprobado Sebastián Vázquez, politólogo (UBA) por el equipo de investigación social de la Fundación Sur.

Por su parte, Fabio Fallavelli, abogado del equipo de Política Criminal y Violencia en la Confinamiento del Centro de Estudios Jurídicos y Sociales (CELS), explicó a este medio: “Hay que separar dos conceptos, que son la edad mínima de responsabilidad penal y la posibilidad de establecer un sistema de justicia con enfoque diferenciado para menores, que suele denominarse jurisdicción penal juvenil”.

El especialista indicó que una vez determinada la edad mínima de responsabilidad penal bajo la cual un menor de 18 años puede ser sometido a proceso penal, lo que se debe establecer es un “régimen de justicia especial para atender a los niños y niñas que se encuentran en conflicto con el derecho penal. Esto es así porque la Convención (sobre los derechos del niño de la ONU) establece y refuerza toda una serie de precauciones y garantías para proteger a niños y niñas”.

¿Cuál es la edad de imputabilidad en Argentina?

En Argentina, la Régimen penal minoritariopromulgada en 1980, durante la última dictadura militar, estableció que la edad de imputabilidad es los 16 años, es decir, los menores de esa edad no pueden ser juzgados.

Sin embargo, Los adolescentes entre 16 y 18 años tampoco son juzgados por el mismo sistema que los adultos. Sólo quienes cometen delitos con penas superiores a 2 años (por ejemplo, homicidios dolosos) son punibles (es decir, merecen castigo), pero sólo pueden comenzar a cumplir su pena en prisión a los 18 años. los menores podrán ser privados de su libertad en institutos especializados denominados Centros de Recepción y Contención de Menores.

En respuesta a la consulta de Comprobado, el juez del Tribunal Oral de Menores N° 2 de Capital Federal Diego Freedman, explicó: “En Argentina la edad de imputabilidad es de 16 años. A continuación, no hay responsabilidad por ningún delito. Entre 16 y 18 años son responsables de delitos con penas de prisión superiores a 2 años. No son responsables por delitos de acción privada, como calumnias, ni por delitos sancionables con multa o inhabilitación, ni por delitos sancionados con 2 años o menos, como hurto simple, daño simple, por ejemplo.

Vázquez advirtió que en Argentina, “si bien el Régimen Penal Minoritario dice que las personas son penalmente responsables a partir de los 16 años, en el artículo 2 establece que si el menor se encuentra en situación de falta de recursos -por pobreza o por razones morales- o vulnerabilidad material – el juez podrá disponer de ello, por eso tenemos presos menores de 16 años”.

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Dispositivos Penales Juveniles y su Población de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, En el primer semestre de 2023 había 2.407 menores en centros de internamiento especializados, de los cuales 1.022 eran menores de 16 años.

¿Cuál es la edad de imputabilidad en Uruguay y Chile?

Artículo 34 de Código Penal de Uruguay establece: “No es imputable el que realiza el acto antes de cumplir los 18 años”. Para los menores de 18 años, el Código de la Niñez y la Adolescenciael cual señala en el artículo 69 cuáles son las violaciones a la ley penal por parte de adolescentes entre 13 y 17 años.

En octubre de 2014, en Uruguay, un plebiscito constitucional bajar la edad de imputabilidad a 16 años y poder juzgar como adultos a jóvenes entre 16 y 18 años. Sin embargo, no tuvo suficientes votos para ser aprobado.

consultado por ComprobadoEl abogado y profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República, Uruguay, Martín Fernández explicó: “La responsabilidad penal es a los 18 años. Por debajo de esa edad y a partir de los 13 en Uruguay existe el sistema de infracción adolescente”. .

Y agregó: “Sí, pueden responder desde los 13 años por infracciones, pero en un sistema diferente con sanciones diferentes. Tiene que ser una respuesta diferente a la del mundo adulto y acorde con la Convención sobre los Derechos del Niño, es decir, excepcional y breve”.

En Chile la edad de imputabilidad es de 18 años y existe un sistema de justicia penal especial, como en otros países, para mayores de 14 años.. El lLey de Responsabilidad Penal Adolescente (Ley 20.084) indica que “los adolescentes entre 14 y 17 años que sean responsables penalmente tienen derecho a una defensa gratuita y especializada, y en caso de ser condenados a sanciones privativas de libertad no serán remitidos”. “A cárceles de adultos, pero a centros especiales para adolescentes”.

Luego, explica que “reciben un conjunto de garantías, como acceso a educación y programas de rehabilitación de drogas y alcohol”.

¿Cuál es la situación de los adolescentes en conflicto con la ley en Brasil?

La edad de imputabilidad en Brasil es de 18 años, como lo indica el artículo 27 de la Código Penal brasileño: “Los menores de 18 años no son penalmente responsables, quedando sujetos a las normas establecidas en la legislación especial”.

Para los menores de 18 años se establecen “medidas socioeducativas” que varían desde 3 años de hospitalización hasta la participación en proyectos educativos y culturales. Los delitos son los mismos que en el Código Penal, pero los menores de 18 años no son encarcelados, sino aprehendidos”, explicó a Comprobado el antropólogo brasileño Luis Eduardo Soares. Estas medidas están contempladas en el Estatuto del Niño y del Adolescente y no en el Código Penal.

Por su parte, Vivian Calderoni, coordinadora del Instituto Igarapé de Brasil, dijo: “En Brasil, la mayoría de edad penal es los 18 años. El Estatuto de la Niñez y la Adolescencia establece que los niños a partir de los 12 años pueden cumplir condena por la comisión de actos infractores (conducta delictiva)”.

Y explicó que las medidas previstas son: amonestación, obligación de reparar el daño, prestación de servicios a la comunidad, libertad asistida, inserción en semilibertad, reclusión en un establecimiento educativo (medida de restricción de la libertad). “Las unidades destinadas al régimen de semilibertad e internamiento se realizan en establecimientos exclusivos para jóvenes y separados por sexo. El período máximo de hospitalización es de 3 años”, concluyó Calderoni.

Recomendaciones de Unicef ​​y la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño

“Según el art. 40.3.a de la Convención sobre los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, los Estados están obligados a determinar una edad mínima respecto de la cual los niños no pueden ser imputados ni sometidos a ningún proceso penal. Es decir, sus acciones no son punibles. La recomendación internacional de UNICEF al respecto es que esta edad mínima no debe ser inferior a los 14 años, sino que debe acercarse lo más posible a los 18 años.”, advirtió Fallavelli del CELS.

UNICEF, en su documento ‘Ideas para contribuir al debate sobre la Ley de Justicia Penal Juvenil’, advierte: “En Argentina, la reforma del sistema de justicia penal juvenil no requiere bajar la edad de pena, algo que podría interpretarse como un retroceso en términos de derechos humanos derechos y como medida regresiva. Hay experiencias internacionales que han demostrado que bajar la edad de pena no ha sido una medida eficaz en la lucha contra la inseguridad”.

Además, la Convención de las Naciones Unidas, en su oobservación general número 24 sobre los derechos del niño en el sistema de justicia juvenil, explica que “los Estados partes deben establecer una edad mínima de responsabilidad penal”, e insta a no elevarla y que se acerque lo más posible a los 18 años. Además, advierte que “la madurez y la capacidad de pensamiento abstracto todavía están evolucionando en los niños de 12 a 13 años”.

 
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