Amplian para compra de divisas para generar ganancias, dividendos y suscribir Bopreal

Amplian para compra de divisas para generar ganancias, dividendos y suscribir Bopreal
Amplian para compra de divisas para generar ganancias, dividendos y suscribir Bopreal

Impuesto PAIS: amplían compra de divisas para transferir utilidades, dividendos y suscribir Bopreal

En medio de la discusión de la liberación del cepo, el Gobierno ordenó ampliar el Impuesto PAÍS tanto para la compra de divisas destinadas a transferencias de utilidades y dividendos, como para quienes suscriban los Bonos para la Reconstrucción de un Estado Libre. Argentina (BOPREAL). La normativa incorpora un tipo del 17,5% a estos efectos.

A través del decreto 385/2024 publicado esta noche en el Boletín Oficial, el presidente Javier Milei y el ministro de Economía, Luis Caputo, dispusieron una ampliación del Impuesto “Por una Argentina Inclusiva y Solidaria” (PAÍS) implementado en la gestión de Alberto Fernández para limitar el acceso a el mercado cambiario.

El texto indica que ante la decisión del BCRA de permitir a los importadores de bienes y servicios suscribirse al BOPREALES “hasta por el monto de la deuda pendiente de pago por sus importaciones (…)” se considera procedente “ampliar el alcance del PAÍS impuesto sobre las compras de billetes y divisas en moneda extranjera para la distribución de utilidades y dividendos y para la repatriación de inversiones de cartera de no residentes generadas en cobros en el país de dichos conceptos recibidos a partir del 1 de septiembre de 2019, inclusive, así como a la Suscripciones BOPREAL que se realicen con tales fines.

El objetivo de la nueva regulación cambiaria es “seguir profundizando los incentivos nacionales a la inversión que estimulen la producción y la realización de actividades económicas en el país, garantizando una senda fiscal sostenible”.

En base a esto, el Presidente, junto con el Ministro de Economía y el Jefe de Gabinete, Nicolás Posse, decretaron incorporar un nuevo inciso (f)) del primero al Título III del Decreto No. 99 de 27 de diciembre de 2019 que indica que en el caso de utilidades y dividendos, la tasa establecida en el impuesto PAIS será del 17,5% “siendo aplicable lo dispuesto en el inciso a) del primer párrafo de dicho artículo”.

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El dólar oficial subió 50 centavos y cotiza a 829 pesos.

El artículo 2 del decreto publicado esta noche señala que se incorpora el “artículo 13 quinquies”, cuya leyenda indica que estarán cubiertas por el impuesto PAÍS las siguientes operaciones:

“a) Las operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera para la repatriación de inversiones de cartera de no residentes generadas en cobros en el país de utilidades y dividendos recibidos a partir del 1 de septiembre de 2019, inclusive, en los términos que disponga el BANCO CENTRAL. DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (BCRA) en el marco de las normas de acceso al mercado libre de cambios”. En este caso, el tipo también será del 17,5%.

“b) La suscripción en pesos de los “Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre” (BOPREAL) emitidos por el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (BCRA) o de aquellos bonos o títulos que dicha institución emita en el futuro con el mismo fin, por quienes los adquieran para: (i) pago de utilidades y dividendos, en los términos que establezca el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (BCRA) en el marco de las normas de acceso al mercado libre de cambios y/o (ii) repatriación de inversiones de cartera de no residentes generadas a partir de cobros en el país de utilidades y dividendos percibidos a partir del 1 de septiembre de 2019, inclusive, en los términos que establezca el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (BCRA) en el marco de las normas de acceso al libre mercado cambiario”. Al igual que en las disposiciones anteriores, el tipo será también del 17,5%.

Fuente: Ámbito

 
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