Alerta por rezago de Colombia en regulación de propiedad intelectual – .

Alerta por rezago de Colombia en regulación de propiedad intelectual – .
Alerta por rezago de Colombia en regulación de propiedad intelectual – .

Entre los países latinoamericanos que analizó el informe, Colombia ocupó el sexto lugar de 11, donde México, República Dominicana, Costa Rica, Perú y Chile registraron mejores puntajes en acciones por Propiedad Intelectual.

El análisis de la Cámara de Comercio de Estados Unidos, que incluye las acciones de 2023, indica que entre los factores que contribuyeron a que Colombia no avanzara en materia de Propiedad Intelectual en 2024 por parte del gobierno nacional, destacan 5 elementos como “políticas para el uso de licencias obligatorias en áreas de biomedicina cuando no sea necesario; barreras administrativas en el otorgamiento y desarrollo de licencias para productos biomédicos, ausencia de derechos de propiedad intelectual en ciencias de la vida, incertidumbre en la disponibilidad de Datos de Prueba Relacionados (RDP) y poca aplicación y sanciones efectivas por infracción de propiedad intelectual.

Sin embargo, el informe destaca que entre los aspectos favorables se encuentran la “aplicación de los derechos de autor por parte de la Dirección Nacional de Derechos de Autor (DNDA), la adhesión al Convenio sobre Delito Cibernético (firmado en 2020), el reconocimiento constitucional a las indemnizaciones legales, los incentivos a las pequeñas y medianas empresas. Empresas (Pymes) para la protección y uso de la propiedad intelectual y coordinación institucional en materia de propiedad intelectual.

Certeza

“Un ambiente de respeto a las normas de Propiedad Intelectual es un importante mensaje de certeza para las empresas que invierten años de procesos de investigación para generar conocimiento y ciencia. No brindar seguridad IP reduce las posibilidades de tener innovación en el país y que los colombianos cuenten con productos vitales para tratamientos médicos y salvar vidas”, explicó María Claudia Lacouture, presidenta de la Cámara Colombiano Americana, AmCham Colombia.

De hecho, el documento de la Cámara de Comercio de Estados Unidos destaca que “la propiedad intelectual es un determinante para mantener un ecosistema de innovación que impulse el crecimiento y el desarrollo continuo. La protección de los derechos de propiedad intelectual es fundamental para crear las condiciones necesarias para promover la inversión, la colaboración público-privada y la comercialización de bienes y servicios que contribuyan al bienestar social”.

Cuidado con las patentes médicas

Entre los aspectos que el informe de la Cámara de Comercio de Estados Unidos destaca para mejorar en Colombia está la necesidad de mitigar el uso de políticas de licencias obligatorias y declaraciones de interés público para obtener reducciones de precios en biomedicamentos.

“Los estándares de patentabilidad siguen quedando fuera de las normas internacionales, especialmente para los biomedicamentos y las invenciones implementadas por computadora (ICI)”, dijo la Cámara de Comercio de Estados Unidos.

Asimismo, se sugiere abordar la ausencia de propiedad intelectual en las áreas de ciencias de la vida, las barreras para el desarrollo de actividades de licenciamiento bajo licencia y la incertidumbre en la disponibilidad de datos de pruebas regulatorias (PDR) para biomedicamentos, así como mejorar su aplicación efectiva. y sanciones por violación de las normas de propiedad intelectual.

El informe indica que “para todas las economías emergentes y desarrolladas, lo que impulsa la innovación, los avances tecnológicos y el desarrollo y crecimiento económicos es la creación de nuevas formas de activos intangibles y de propiedad intelectual e intelectual intangibles. Por esta razón, la Cámara de Comercio de Estados Unidos y sus miembros los invitan a trabajar con el Gobierno colombiano en la implementación de la Política Nacional de Propiedad Intelectual en 2024 y más allá”.

Además, la Cámara de Comercio de Estados Unidos destacó que el otorgamiento de licencias obligatorias debe entenderse como una medida de último recurso y utilizarse exclusivamente para proteger la salud pública en situaciones especiales. Lo anterior se sustenta en un enfoque en el compromiso y cumplimiento de los estándares internacionales en materia de propiedad intelectual.

 
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