
Revista de negocios de Vermont El Gobernador Phil Scott firmó hoy una adenda a su Declaración de Emergencia (Orden Ejecutiva 03-23) suspendiendo temporalmente todas las regulaciones estatales y locales que prohibirían o retrasarían sustancialmente la vivienda temporal de emergencia para las víctimas de las inundaciones de Vermont. FEMA todavía debe seguir las regulaciones federales y las revisiones ambientales, pero esta acción ejecutiva elimina las revisiones estatales y locales duplicadas.
“A medida que FEMA trabaja para brindar asistencia de vivienda directa a las víctimas de inundaciones en sitios de vivienda grupal, es esencial que no se vean retrasados por las regulaciones estatales y locales”, dijo el Gobernador Scott. “Esta acción permitirá que el proyecto avance rápidamente para establecer el sitio de viviendas móviles temporales en Montpelier que FEMA ha estado coordinando estrechamente con el estado y la ciudad de Montpelier”.
Además, la Orden establece que las leyes estatales, las normas y los permisos suspendidos de conformidad con la Orden no serán aplicados retroactivamente por los organismos reguladores y de permisos estatales.
“La Ciudad ha apreciado trabajar en asociación con el Estado y FEMA para proporcionar las viviendas de emergencia necesarias y al mismo tiempo preparar el escenario para una iniciativa de viviendas mucho más grande en el sitio de Country Club Road”, dijo el alcalde Jack McCullough.
El Anexo completo se puede ver haciendo clic aquí. También se copia a continuación.
ESTADO DE VERMONT
DEPARTAMENTO EJECUTIVO
ADENDA 7 A LA ORDEN EJECUTIVA 03-23
[TEMPORARY EMERGENCY HOUSING]
MIENTRAS, el domingo 9 de julio de 2023, el Gobernador emitió la Orden Ejecutiva 03-23, Declaración de Estado de Emergencia, Llamada de Guardia y Activación del Plan de Operaciones de Emergencia para el Estado de Vermont en Respuesta a Daños Anticipados Relacionados con la Tormenta (“Emergencia Declaración”), que declara el estado de emergencia para el estado de Vermont en respuesta a la tormenta severa de julio de 2023 (“Inundación de 2023”); y
MIENTRAS, el 10 de julio de 2023, el Presidente declaró que existe una emergencia en el Estado de Vermont; y
MIENTRAS QUE, una vez que quedó claro que los daños por inundaciones y deslizamientos de tierra causados por una tormenta en el área de Killington el 7 de julio de 2023, y la lluvia excesiva, las inundaciones, la escorrentía de agua, la erosión y los daños resultantes en todo el estado durante el período del 9 al 11 de julio de 2023 no iban a ser aislados incidentes, sino más bien parte de una serie de eventos que continuarían durante la próxima semana, con inundaciones generalizadas, repetidas inundaciones repentinas, escorrentías de agua, erosión y deslizamientos de tierra debido a suelos inundados e inestabilidad de pendientes, en todo el estado, el Gobernador, en consulta con el Servicio Federal de Emergencia Agencia de Gestión (FEMA), solicitó una Declaración Presidencial de Desastre Mayor para el período 7 de julio de 2023 y continua; y
MIENTRAS, el 14 de julio de 2023, el Presidente emitió una Declaración de Desastre Mayor basada en las inundaciones que comenzaron el 7 de julio de 2023 hasta el 21 de julio de 2023 inclusive (la “Declaración de Desastre Mayor”); y
MIENTRAS, el alcance y la gravedad de la inundación de 2023 pueden superar los del huracán Irene en 2011; y
MIENTRAS QUE, la emergencia actual exige acciones rápidas y continuas para lograr la mitigación de riesgos necesaria, brindar una respuesta de apoyo crítico y esfuerzos de recuperación de emergencia para preservar la seguridad pública y la propiedad en Vermont; y
MIENTRAS, FEMA se ha comprometido a ejercer su autoridad para brindar asistencia directa de vivienda en una o más comunidades de Vermont de conformidad con su autoridad bajo la Ley Robert T. Stafford de Asistencia de Emergencia y Ayuda en Casos de Desastre, Pub. L. No. 93-288 (1974) (codificada según enmendada en 42 USC §§ 5121-5207) (la “Ley Stafford”); y
MIENTRAS, la asistencia de vivienda directa de emergencia de FEMA es desarrollada por FEMA, utilizando empleados y contratistas de FEMA que llevarán a cabo una función federal esencial de ayuda en casos de desastre, que es la provisión de vivienda temporal de emergencia a las víctimas de las inundaciones de Vermont antes del inicio del invierno; y
MIENTRASSi bien creo que la Ley Stafford prevalece sobre las leyes y regulaciones estatales y locales que de otro modo prohibirían o frustrarían sustancialmente a FEMA brindar asistencia directa de vivienda para la salud y seguridad de las víctimas de las inundaciones de Vermont, a fin de garantizar la cooperación estatal y local en este sentido, estoy ejercer mi autoridad de emergencia y también suspender temporalmente los procesos de permisos regulatorios estatales y locales para proporcionar alojamiento temporal a las víctimas del desastre.
AHORA POR LO TANTOde conformidad con la autoridad que me confiere como Gobernador del Estado de Vermont y Comandante en Jefe de la Guardia Nacional de Vermont por la Constitución del Estado de Vermont, Capítulo II, Sección 20, y de conformidad con los poderes de emergencia establecidos en 20 VSA §§ 8, 9 y 11 y otras leyes y el Pacto de Asistencia para el Manejo de Emergencias, 20 VSA Capítulo 4:
POR LA PRESENTE SE ORDENA:
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Reconociendo que el tiempo es esencial a la luz de la proximidad del invierno, de conformidad con 20 VSA §§ 8, 9, 11 y 34, por la presente suspendo todos los requisitos, leyes, reglas, ordenanzas y permisos estatales y locales que prohibir o frustrar sustancialmente a FEMA y sus empleados (y otras agencias federales, empleados y contratistas que trabajan bajo la dirección de FEMA) para brindar asistencia directa para vivienda bajo la Ley Stafford. para sitios de alojamiento grupales, incluido el sitio de alojamiento del Grupo Montpelier. Esta suspensión incluye, entre otros, 10 VSA Capítulo 151.
Esta suspensión de las leyes y normas aplicables es esencial para proporcionar alojamiento temporal a las víctimas de las fuertes tormentas e inundaciones del 7 de julio al 21 de julio de 2023 inclusive.
Esta suspensión de las leyes y normas aplicables será efectiva durante 60 días de acuerdo con 20 VSA § 34 y no entrará en vigor hasta la fecha en que FEMA haya comenzado la construcción. En caso de que las condiciones climáticas justifiquen retrasos en la construcción, los 60 días se considerarán días de construcción y no días consecutivos.
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De acuerdo con 20 VSA §§ 8 y 9, por la presente ordeno a todos los funcionarios existentes de las ciudades y pueblos de Vermont que extiendan los servicios e instalaciones que FEMA pueda requerir para brindar alojamiento directo a las víctimas de desastres de acuerdo con esta Orden Ejecutiva.
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Las leyes estatales, las normas y los permisos suspendidos de conformidad con esta orden no serán aplicados retroactivamente por los organismos reguladores y de permisos estatales.
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De conformidad con los poderes otorgados al Gobernador en 20 VSA §§ 8, 9 y 11 y otras disposiciones de la ley, de vez en cuando emitiré recomendaciones, directivas y órdenes según lo requieran las circunstancias.
Esta Orden Ejecutiva entrará en vigor al momento de su firma y continuará en pleno vigor y efecto hasta que el Gobernador, en consulta con DPS/VEM, evalúe la emergencia y determine si modifica o rescinde esta Orden.
TESTIMONIO de mi nombre suscrito en el presente y del Gran Sello del Estado de Vermont fijado en el presente en Montpelier el día 21 de noviembre de 2023.
/s/
Philip B.Scott
gobernador