El requisito que deben cumplir los médicos MIR de último año para pasar una consulta

El requisito que deben cumplir los médicos MIR de último año para pasar una consulta
El requisito que deben cumplir los médicos MIR de último año para pasar una consulta

Un médico revisa unas radiografías (Pexels)

La situación excepcional de los médicos residentes internos (MIR) que finalizan su formación este año ha generado un debate sobre las tareas que pueden desempeñar. A diferencia de años anteriores, los MIR que comenzaron en 2020 finalizarán su formación unos meses más tarde de lo habitual, en septiembre, ya que debido a la pandemia comenzaron más tarde. Este es un problema para el verano, ya que Las regiones enfrentan falta de médicos..

La ministra de Sanidad, Mónica García, aclaró el pasado miércoles en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) que era ilegal que los mayores MIR trabajaran solos en las consultas de Atención Primaria, una solución barajada por algunos gobiernos regionales para afrontar la falta de doctores. Sin embargo, Sanidad ha aclarado en un escrito que los residentes de último año Podrán realizar consultas solos siempre que tengan acceso a su tutor o a otro especialista para resolver dudas.

El ministerio se refiere a la normativa que regula la carrera de la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria. “Los residentes deben poder durante el cuarto año de formación participar activamente en todas las actividades del centro de salud y hacerse cargo de forma autónoma y completa de una consulta de Medicina Familiar sin la presencia del tutor”, señala el texto, firmado por la directora general de Ordenación Profesional del ministerio, Celia Gómez.

Un médico en su lugar de trabajo (Pexels)

“La supervisión de las actividades autónomas realizadas por el residente en la consulta se realizará (…) en la posibilidad de que El residente puede acudir, en caso de duda o en situaciones complejas, a su tutor principal., al apoyo de uno u otros Médicos de Familia del Centro de Salud donde consulta”, dice la carta. Se recomienda que este trabajo en el que los MIR estén solos no supere los dos meses.

Como recuerda Sanidad, la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias (LOPS), y el Real Decreto 183/2008, que la desarrolla, establecen los principios básicos que rigen la formación sanitaria especializada en España. Estos principios incluyen el asunción progresiva de responsabilidades por los residentes y un nivel de supervisión decreciente a medida que avanzan en su formación.

El Ministerio ha destacado la normativa sobre rotaciones externas, que pueden ser autorizadas por las CCAA siempre que se cumplan determinados requisitos, como ser propuesta por el tutor y contar con el visto bueno de la comisión docente del centro de destino. Son Las rotaciones deben realizarse preferentemente en centros docentes acreditados. y, además, la dirección del centro de origen deberá comprometerse “expresamente” a seguir pagando al residente la totalidad de sus salarios.

En cuanto a los salarios de los residentes, el Ministerio ha aclarado que son las CCAA las encargadas de establecer los complementos salariales, en el marco de la relación laboral especial de residencia. Asimismo, se recuerda que el La duración de la residencia será la establecida en el programa formativo de la especialidad. y se indicará de conformidad con lo dispuesto, en su caso, en la normativa comunitaria.

Sanidad insiste en que los residentes “tienen el deber y el derecho” de completar su itinerario formativo, y que los centros y responsables deben facilitar el cumplimiento de los itinerarios formativos de cada residente, así como su integración tutelada en las actividades asistenciales, docentes. e investigadores de las unidades.

El Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas debatirán este viernes en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) el proyecto de Real Decreto para regular la publicidad de productos sanitarios y el Real Decreto que busca regularizar la situación de los conocidos como Mestos . (Médicos especialistas sin título oficial).

La Ministra de Salud, Mónica García. (Diego Radamés/Europa Press)

El primer borrador del Real Decreto, que ya ha sido sometido a audiencia pública, propone aplicar restricciones, si fuera necesario, a los mensajes publicitarios de productos sanitarios elaborados por profesionales sanitarios, influencers o bloggers, con el objetivo de “proteger y promocionar” la salud del paciente y usuario.

El segundo proyecto de Real Decreto tiene por objeto modificar el Real Decreto 1753/1998, de 31 de julio, sobre acceso excepcional al título de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria y la práctica de la Medicina Familiar en el Sistema Nacional de Salud. Se pretende que los médicos que hayan ejercido durante más de cinco años en el sistema sanitario público sin obtener el MIR no sean discriminados respecto de los que sí obtienen su título a través del MIR.

El orden del día tiene cinco puntos adicionales: destacando el punto dos, relativo a la elección de la Vicepresidencia del CISNS a petición de las CCAA del PP, y el punto tres, sobre el nombramiento por el Pleno del CISNS del representante de las comunidades autónomas para las reuniones del Consejo de Empleo, Política Social, Sanidad y Consumo (EPSCO) de la Unión Europea.

 
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