La justicia ha demostrado Una mujer que denunció a su abuela para que saliera de casa de su propiedad que ocupó en precario, según lo recopilado por una sentencia de la Corte Suprema a una apelación avanzada de ‘Infobae’ y consultado por ABC.
A medida que el texto se recopila, la nieta, Blanca, presentó una demanda contra su abuela Florence para instar a la acción de un desalojo precario en noviembre de 2022. El demandante quería que su abuela abandonara la casa que considera, ocupó, ocupó, ella ocupó, ella ocupó sin ningún título y sin pagar ningún tipo de consideración.
La primera instancia desestima la demanda, el tribunal provincial da la razón al propietario
En esta sentencia de primera instancia, el reclamo fue desestimado. Sin embargo, la nieta apeló y en este caso el Tribunal Provincial de Madrid consideró que los argumentos de Blanca para desalojar a su abuela eran válidos.
La audiencia estimó en 2024 que Florencia dirigió la casa como precaria y la condenó a dejarla para dejarlo disponible para el demandante “bajo la advertencia de lanzamiento si no lo afecta voluntariamente”.
El caso finalmente llegó a la Corte Suprema, que emitió una sentencia en marzo de 2025 en forma de apelación. El Tribunal Superior incluye como una historia que la abuela vivía en la casa para un acuerdo con su hija, madre del demandante y ya fallecida. Después de la muerte de la mujer fue su hija Blanca, nieta de Florencia, que heredó la propiedad. Florencia vivió en esta casa durante 17 años “Sin pagar ninguna cantidad, limitándose a hacerse cargo de los gastos de agua y gas”Mantener esta situación una vez que la casa pasó a Blanca.
El pago de 250 euros, la clave en el caso
Como se dijo, en un momento dado, para el aumento en sus gastos, Blanca habla con sus tíos para asumir una parte de los gastos derivados de la casa, además de los suministros que Florencia ya pagó, para que pueda continuar viviendo allí. El monto acordado era de 250 euros. La primera oración estima que con este acuerdo pasa de un arrendamiento precario (el que el inquilino de la casa no tiene un contrato legalmente vinculado al propietario y esto puede recuperar la propiedad en cualquier momento) para convertirse en un arrendamiento formal a cambio de una baja consideración debido a las circunstancias familiares.
-Por el contrario, la segunda instancia considera que La ocupación permanece precaria porque “el pago de un ingreso o la constitución de un contrato de arrendamiento nunca se consideró ni acordó y considera el pago de esos 250 euros como “una ayuda económica”. “El demandante y sus tíos hablaron en todo momento sobre el pago de los gastos, eran estos mayores o menores”, dice.
En este sentido, esta segunda oración que le da a la nieta la razón también establece que el acuerdo entre la abuela y el propietario anterior ya fallecido en ningún caso demuestra que la mujer podría ocupar la casa para siempre y que la voluntad acreditada de las partes nunca fue la constitución de un arrendamiento.
La sentencia suprema desestima la apelación
En la apelación, los abogados de Florence argumentaron que la consideración se recibió desde 2020: «Dijo el precio No solo no se acordó previamente con el propietario anterior de la casa, sino que también excede claramente el monto de los gastos de vivienda.y por lo tanto, es un beneficio económico que el propietario percibe ».
Pero el Tribunal Superior considera que este argumento no es válido ya que consciente que la defensa de Florencia Se basa “en hechos diferentes y contradictorios” Y considera que la cantidad que se pagó fue una ayuda y no una renta o hubo un acuerdo sobre la duración, según lo estimado por el Tribunal Provincial. Además, considera que la defensa de la abuela del propietario tiene la intención de construir una “historia alternativa sobre hechos que ya se han valorado y descartado”. Es por eso que desatar la apelación ha desestimado y la mujer tendrá que salir de la casa.
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