Red Eléctrica de España ha confiado por ley la función crítica de “garantizar la continuidad y la seguridad del suministro de electricidad y la coordinación correcta del sistema de producción y transporte” de electricidad y, sin embargo, el presidente del gobierno estaba fuera del … El martes pasado con severas declaraciones que parecían Imputar operadores privados La responsabilidad final del episodio que dejó España sin suministro de electricidad durante cuatro y 18 horas entre el lunes y el martes.
Más allá de los cálculos políticos nunca desechables, el posicionamiento de Pedro Sánchez abrió el rango de posibles responsabilidades Para el evento, que en las primeras horas posteriores al incidente se concentró exclusivamente en el administrador de la red controlado por el SEPI.
El asunto está lejos de ser irrelevante. La determinación de las responsabilidades para el apagón será el factor crítico que determinará a quién o quién se hará cargo De la posiblemente compensación millonaria, cuya demanda afectó las empresas ya han comenzado a procesar a sus abogados o asesores legales.
Alberto Dorrego, socio del Departamento de Derecho Público de la Oficina Eversheds Sutherland, admite que Ya han recibido consultas afectadas en relación con la posibilidad de reclamar la compensación de las pérdidas generadas por el apagón. “Lo primero que debe determinar es el origen del incidente, si se debe a un evento impredecible o inevitable, que se identifica con una causa de fuerza mayor, o si, por el contrario, se ha debido a un desglose o negligencia”. Si fuera este último caso, que es donde parecen señalar las señales de felicidad por el gobierno hasta la fecha, la puerta al requisito de compensación estaría abierta; Si, por el contrario, el evento se hubiera originado por una causa de fuerza mayor, el camino sería más complejo.
Dorrego recuerda que las afirmaciones de reclamos al estado recaudada durante la pandemia fueron rechazadas enormemente precisamente debido a este factor, porque fue un evento impredecible e inevitable.
Manuel Lamela, socio fundador de la oficina de la oficina, quien administró las afirmaciones de varios sectores contra el estado por el daño causado a miles de empresas por los decretos de restricción de la actividad y movilidad en la pandemia, advierte que los tribunales han sentado el principio controvertido que En casos de fuerza mayor, los afectados tienen la obligación de resistir el daño.
Si se confirma, ya que parece que el apagón se debió a una falla del sistema y no a un factor exógeno, se garantiza la ola de demandas.
La participación incierta del estado
La pregunta es: ¿contra quién? «La respuesta legal es que El verdadero responsable del daño producido debe ser demandadoque no siempre es fácil de determinar porque en este tipo de casos no es extraño que haya varios responsables y debemos determinar qué parte corresponde a cada uno “, advierte Alberto Dorrego.” Por lo tanto, hasta que haya claridad sobre el origen del daño, no habrá demandas “, aclara.
También hay un puñado de factores que pueden influir en los procesos. Para comenzar el Compensaciones recibidas del seguro. Habrá empresas que han asegurado la contingencia de un apagón y reciben una compensación por el seguro que cubre sus daños. En esos casos, probablemente serán las aseguradoras quienes demandarán a la persona responsable del incidente para recuperar el suscriptor.
También es la posibilidad de que los afectados vayan en contra de su compañía de electricidad, como proveedor de energía, y que entonces estos tienen que reclamar a la persona definitiva a cargo del evento de la posible compensación que puede tener que asumir en primera instancia.
Lo que no está tan claro es si los afectados pueden Invocar la responsabilidad patrimonial del estado como sea posible el mejor responsable del funcionamiento del sistema eléctrico. Para Julio González, profesor de derecho administrativo de la Universidad Complutense de Madrid, es una cuestión de derecho privado, que en ningún caso implicará el estado. «La responsabilidad es la ley privada y no será del estado. El sistema eléctrico se privatiza desde 1997 y ningún actor del sistema es parte del sector público: ni en producción, en transporte, ni en distribución ni en comercialización ».
Otras fuentes consultadas no son tan impuestos y enfatizan que en caso de que se determine que la persona a cargo es rojo eléctrico, ya que ha confiado la ley exclusiva, la gestión de la red podría entenderse que esta atribución legal y las limitaciones administrativas impuestas a ella podrían alentar la existencia de una responsabilidad estatal.
Una causa millonaria
Sobre la mesa, compensación millonaria. CEOE estimó en 1.600 millones de euros el daño causado por el apagón al tejido de negocios, y aunque el Ministerio de Economía desafió el miércoles que estimó con su propio cálculo que concluye que, a lo sumo, ese daño será de 800 millones de euros, se trata de cifras que pueden estresarse al límite de las cuentas de cualquier persona a la que se indica como responsable para el Blackout.
Manuel Lamela recuerda que La compensación no se limita al daño directo (Maquinaria investigada, existencias perdidas, caída de facturación) pero también por la pérdida de ganancias, más difícil de acreditar pero existente.