El caso de violencia obstétrica en el Chocó que llevó a la condena del Estado

El caso de violencia obstétrica en el Chocó que llevó a la condena del Estado
El caso de violencia obstétrica en el Chocó que llevó a la condena del Estado
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La oficina del juez determinó que en este caso se cometió negligencia médica y violencia obstétrica.

Foto: Archivo

sí a Dunnia Maryuri Zapata Machado Si le hubieran preguntado hace 20 años qué quería estudiar de mayor, habría dicho, sin dudarlo, aviación. Su sueño siempre fue aprender a “volar”. Sin embargo, su padre, trabajador del transporte urbano intermunicipal de Quibdó (Chocó), no podía costear esta carrera. Ella nunca se frustró. A sus 37 años dice que ese sigue siendo su sueño, aunque ahora habla con pasión de la vocación que encontró en el camino: la judicatura. Estudió derecho y desde 2011 es juez administrativo del circuito de Quibdó. Cuando se pone el vestido, sabe que representa las luchas de mujeres como ella. En 2022 ganó el premio a la frases con enfoque de genero entregados anualmente por el Poder Judicial.

Uno de los libros que has leído más recientemente se llama ‘Sin marcas visibles’por Rachel Louise Snyder. En él relatan crímenes de violencia doméstica contra mujeres y niñas en el mundo que dejan una cifra aterradora: 137 mujeres son asesinadas cada día en el mundo. Las atrocidades no están solo en el papel, la jueza las ve a diario en su territorio, chocóel quinto departamento del país con más casos de violencia de género, según la Defensoría del Pueblo.

“Creo que, desde lo que hago, cumplo una labor social que se determina a través de mis fracasos”, dice al referirse a su trabajo. La jueza Zapata, desde 2019, incluye un enfoque de género en los casos que recibe, aunque señala que uno de sus mayores retos ha sido tener calidad en sus decisiones, a pesar de las presiones. “Este es un sistema que te presiona mucho, te ponen una serie de decisiones que tienes que resolver en un tiempo determinado. Eso a veces hace que sea más difícil analizar cada caso como uno quisiera.

Tu percepción no es única, es más bien una realidad de sistema de justicia en Colombia. A pesar de ello, su trabajo la llevó en 2022 a ser galardonada por el Comisión Nacional de Género del Poder Judicial en el concurso para la incorporación del derecho a la igualdad y no discriminación en las sentencias judiciales. Este premio, que es promovido cada año por el Poder Judicial y que apoya el Programa Justicia Inclusiva de Usaid, reconoce la labor de magistrados y jueces que aplican la perspectiva de género en sus decisiones.

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La decisión con la que ganó fue emitida el 30 de junio de 2022 por su despacho. Se trata de un caso de violencia obstétrica y negligencia médica contra una mujer embarazada ocurrido en 2017 en Quibdó. Durante el proceso se demostró que, debido a irregularidades en la atención médica, el bebé perdió la vida en medio del parto. “Es válido concluir que la violencia obstétrica se ha instaurado dentro de las prácticas institucionales dentro del sistema de salud y constituye una forma de discriminación de género que vulnera los derechos humanos, de salud, sexuales y reproductivos de las mujeres”, afirmó. leer en la oración.

La demandante era una mujer que rondaba la treintena cuando el 13 de febrero de 2017 llegó a urgencias de un centro médico de Quibdó por presentar contracciones en su semana 36 de embarazo. Era la tercera vez que iba a dar a luz. De acuerdo a historia clínica, la mujer llegó con dilatación grado 6 y con algo de dolor anormal para su etapa de gestación. El juez explicó que “durante los interrogatorios nos dimos cuenta de que ella llegaba al hospital a primera hora de la mañana, pero un médico general la atendió y le dijo que estaba bien, que se fuera a su casa”.

En la historia clínica no había ni rastro de ese primer ingreso en el hospital. Seis horas después, la mujer volvió al centro médico porque el dolor intenso continuaba, y fue allí que un médico general le dijo que el feto tenía latidos cardíacos muy bajos y que en ese momento amenazaba con abortar. “El médico notificó al ginecólogo de turno, pero él dijo que no podía atenderla y le ordenó hacer unos trámites por teléfono”, explicó Zapata a este diario.

Sin experiencia, el médico le dio a la mujer varios medicamentos intravenosos, tal como le había indicado el ginecólogo, para tratar de salvar la vida del bebé. El juez dijo que “la doctora no tenía los conocimientos científicos para atender esta emergencia, pero estaba obligada a hacerlo en virtud del juramento hipocrático de salvar al menos una de las dos vidas”. Dos horas después de este procedimiento, las membranas ovulares (las encargadas de mantener el líquido amniótico del bebé) se rompieron. Según la sentencia, por la urgencia del caso, aunque volvieron al ginecólogo, Tampoco contestó la llamada.

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Pasó otra media hora y, ante la ausencia del especialista, el documento judicial establece que el médico general fue obligado a asistir al parto sin que el especialista estuviera presente, pero el bebé nació sin signos vitales. En ese momento llamaron a un pediatra, quien realizó reanimación durante media hora, pero su corazón no latía. Aún así, el hospital emitió el certificado de nacido vivoSegún ellos, “porque le dieron el servicio de reanimación”. Una hora después, emitieron el certificado de defunción.

Otra de las inconsistencias que identificó el juez es que, luego de la muerte del bebé, la familia de la mujer puso el caso en conocimiento de las autoridades y un perito de Medicina Legal realizó el procedimiento de autopsia, que concluyó que la muerte se produjo de manera violenta por “traumatismo cerrado craneoencefálico(que se habría producido en pleno parto). El análisis pericial de la enjuiciamiento también indicó que el parto debió ser asistido por cesárea, dada la complejidad del caso.

A pesar de lo delicado del caso, el juez Zapata relató cómo en una de las audiencias del año pasado, la mujer que perdió al bebé fue revictimizada. “La abogada del hospital le preguntó varias veces si ella, días antes del parto, se había caído o sufrido algún golpe. Ella respondió que no. Insistió en la pregunta y también preguntó si su pareja, el padre de la bebé, la había golpeado”, recordó. Por la togada, todo el tiempo querían hacer pasar a la víctima como si ella fuera la culpable. “¿Ya mataron a su hijo, y cinco años después la siguen revictimizando?”.afirma indignado.

La conclusión del oficio fue contundente. “Este fue un homicidio culposo, porque como no le dieron la debida atención médica, el niño se comió su propia caca y como tenía la frecuencia cardíaca baja, comenzó a tener sufrimiento fetal que provocó que muriera antes de nacer”, indicó. fue dicho. Zapata dijo El espectador. Este caso de negligencia médica, además de mostrar una serie de errores letales para el bebé, también fue un ejemplo de la violencia obstétrica que viven muchas mujeres embarazadas en los hospitales del país. “Esa madre no ha podido recuperarse de ese golpe, tuvo ataques de ansiedad, episodios de depresión y nunca más pudo quedar embarazada”, explicó el funcionario judicial.

Con esta sentencia se condenaba al Estado, por ser un hospital público. Por daño moral, el juez ordenó indemnizar a las víctimas más directas, que no son sólo las madre, pero también el padre, la abuela, las dos hijas menores de la pareja e incluso del bebé fallecido. Y como medida de justicia restaurativa, el juez ordenó que el hospital debe publicar la sentencia en su sitio web durante seis meses. Además, tienen la obligación de socializar la sentencia con todos sus trabajadores de la salud y llevar un registro del cumplimiento de esta actividad.

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También ordenó la creación de una ruta de atención en la prestación del servicio de ginecología y obstetricia para que estos casos no se repitan, además de exigirles que envíen a la familia afectada una comunicación en la que reconozcan todos y cada uno de sus errores que cometido en su caso. Finalmente, ordenaron al centro médico organizar un acto de perdón público a la familia por el daño causado. El juez también certificó copias a la Tribunal de Ética Médica para investigar posibles faltas disciplinarias por parte del personal de salud.

El caso se ha convertido en un referente en Colombia en violencia obstétrica. En la decisión, Zapata también solicitó que el expediente sea remitido a la oficina del Consejo Superior para la Igualdad de Género, con el fin de impulsar, desde el ámbito nacional, una política de optimización en la prestación del servicio de ginecología-obstetricia en el país. La fecha límite para cumplir con cada una de las órdenes es este miércoles 31 de mayo. A partir de allí, su oficina iniciará el proceso de hacer un seguimiento al fracaso.

Aunque el juez Dunnia Zapata No ha cumplido el sueño de aprender a “volar”, quizás una de sus misiones en la vida sea quedarse en su departamento para aportar desde la justicia. Así lo menciona: “En algún momento alguien me dijo que no me avergonzaba hablar de esta sentencia en otras partes del país, habiendo tantos fracasos sistemáticos y tanta violencia en el Chocó. Y yo le dije que no, que no me arrepiento, porque yo lo que quiero es que esto deje de pasar, que haya más conciencia de lo que es la muerte de un bebé en una familia”.

¿Sabes qué es la justicia centrada en las personas? Visitado Justicia Inclusiva de El espectador

 
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