El 78% de los procedimientos concursales son para ‘personas físicas’ y trabajadores autónomos – .

El 78% de los procedimientos concursales son para ‘personas físicas’ y trabajadores autónomos – .
El 78% de los procedimientos concursales son para ‘personas físicas’ y trabajadores autónomos – .

Una profesional independiente trabaja con su computadora.

Emprender un negocio en España no es fácil si se tiene en cuenta que De los 20.666 procedimientos concursales ocurridos el año pasado en nuestro país, él 78%, esto es 16,122, correspondía al bloque de ‘personas físicas’ y autónomos, mientras que 4.544el 22% restante procedía de empresas.

Estos datos reflejan que se ha producido un cambio de tendencia en los últimos cuatro años, ya que en concursos empresariales 2019 había muchos más numerosos que los de las “personas físicas” y los trabajadores por cuenta propia y, cuatro años despuésen 2023 El aumento de las quiebras de empresas ha sido 12% y el de las ‘personas físicas’ más autónomas del 534%se han más que cuadriplicado, según un análisis realizado por el Registro de Economistas Forenses (REFOR), Órgano especializado del Consejo General de Economistas de España en materia de insolvencia.

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Refiriéndose a comparación año tras año entre 2023 y 2022, hay una disminuir quiebra de la empresa del 12% y un persiste aumentar quiebra de Las ‘personas físicas’ son más autónomos que el 49%,

Otro aspecto que ha sido destacado por REFOR está relacionado con la aumento significante en 2023 de las competiciones sin masa, las denominadas concursos expressque pasa de 6.955 en 2022 (44% del total de concursos en ese año) a 15.693 en 2023 (76% del total de competiciones de 2023).

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Él expresar es un un poco Procedimiento abreviado para empresas con un importante sobreendeudamientosin patrimonio para afrontar una quiebra y que impide transferir responsabilidades a los administradores de la empresa.

Según el presidente del Consejo General de Economistas, Valentín Pich, “el notable incremento de este tipo de trámites, el trámite exprés, refleja que cada vez más empresas Llegan demasiado tarde a solucionar su insolvencia, cuando su nivel de endeudamiento no permite la negociación y alternativas de financiación ni preservar el principio de empresa en funcionamiento, con las consecuencias de destrucción de empleo que ello podría conllevar”.

Respecto al importante aumento del peso concursal de ‘personas físicas’ y autónomosEl presidente de los economistas destaca que “la situación actual de alta inflación, aunque está siendo moderado, al igual que el aumento de la tasa de interés “Pueden estar detrás de este aumento de las insolvencias en este bloque de endeudados que tienen menos margen de maniobra para llegar a acuerdos y superar situaciones adversas para su reflotación”.

Por qué todos los trabajadores por cuenta propia que se dieron de alta este año están obligados a presentar el Impuesto sobre la Renta en 2024 incluso sin tener ingresos mínimos.

Dentro del análisis realizado por REFOR también se ha realizado una comparación en este ámbito con varios países europeos. Así, con base en los datos publicados por diversas fuentes, se observa que en 2023 España es el único país donde disminuyeron los concursos de acreedores, alrededor del 25%mientras que los aumentos se produjeron en Portugal (15,35%), Italia (15,16%), Reino Unido (13,73%), y más marcadamente en Alemania (23,13%) y Francia (35,83%).

Sin embargo, como señalan los economistas forenses, algunos informes consultados, incluido el de la consultora Allianz, predicen para 2024 en España, uno de los mayores crecimientos en insolvencias de empresas (+28%) junto con Estados Unidos (+28%); Países Bajos (+31%); Italia (+19%); Portugal (19%) y Alemania (13%); mientras que un crecimiento más moderado se produciría en el Reino Unido (+10%) y Francia (7%).

Otros aspectos en este ámbito sobre los que REFOR entiende que habrá que estar atentos son los relacionados con la interrelaciones entre el ámbito concursal y laboral en los planes de reestructuración, así como evaluar la necesidad de tener una mayor flexibilidad en las operaciones comerciales, como fusiones o adquisiciones, tras la reforma concursal de 2022 en la venta de unidades productivas, tanto en la fase preconcursal como en la fase concursal.

 
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