BANDERA LGTBI+ AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA

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Un informe de la Secretaría respalda la retirada de la bandera LGTBI+ del pleno de CórdobaAJ GONZÁLEZ

A informe redactado, a solicitud de la Alcaldía del Ayuntamiento de Córdoba, por el secretario general de la institución, Valeriano Lavela, apoya la retirada dela bandera LGTBI+, que el concejal Antonio Hurtado había colocado en el banquillo socialista del Pleno del Ayuntamiento.

Según consta en el documento, al que ha tenido acceso Diario CÓRDOBA, se ha recibido una solicitud por parte de la Presidencia de la Corporación para que “emitir un informe legal respecto de la prohibición legal o no de que determinados símbolos puedan exhibirse en el Salón de Plenos distintos o diferentes a los que pueden utilizarse y utilizarse con el vestimenta o vestimenta personal”.

El texto redactado por el secretario hace referencia a diferentes resoluciones judiciales para sustentar su conclusión, que es que No podrán ser ondeados ni colocadosdentro de salón de plenos del excelentísimo Ayuntamiento de Córdoba, Incluso si se trata de la banca o escaños de un determinado grupo político municipal o de un determinado capitular, ninguno bandera, estandarte, insignia o simbología diferente a la correspondiente a la nación española, a la bandera correspondiente a la Comunidad Autónoma de Andalucía, a la bandera correspondiente a la Unión Europea, ni siquiera la colocación de la bandera identificativa del LGTBIQ+”.

En opinión del funcionario, es una cuestión diferente “y no violaría la normativa vigente en el asunto a que se refiere este dictamen, que un determinado capitular puede incorporar ropa o atuendo que lleve determinados accesorios durante su asistencia a una determinada sesión plenaria (), siempre que no sean discriminatorios ni ofensivos a los derechos y libertades constitucionales”.

Uno de los fallos que sustenta la valoración del secretario de Córdoba es el de la tercera sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema, de fecha 26 de mayo de 2020, en el que establece como doctrina que “no es compatible con los ordenamientos constitucionales y marco legal vigente, y en particular, con el deber de objetividad y neutralidad de las administraciones públicas, el uso, incluso ocasional, de banderas no oficiales en el exterior de edificios y espacios públicos, incluso cuando no sustituyen, sino que coinciden, con la bandera de España y las demás legal o reglamentariamente establecidas.”

 
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