Gobierno expone prohibiciones de entrada y salida de Cuba en nuevo proyecto de ley

Gobierno expone prohibiciones de entrada y salida de Cuba en nuevo proyecto de ley
Gobierno expone prohibiciones de entrada y salida de Cuba en nuevo proyecto de ley

El gobierno cubano estableció el tratamiento de las entradas y salidas del país, mediante la publicación, este lunes por la Asamblea Nacional del Poder Popular, de un proyecto de Ley de Migraciones.

El documento presentado por el órgano legislativo cubano no presenta mayores cambios a las conductas que se asumen actualmenteSin embargo, indica los valores que las autoridades toman en cuenta para permitir el ingreso y salida al territorio nacional, lo cual se realiza desde los puertos y aeropuertos internacionales disponibles para tales actividades.

Para ello, como ocurre actualmente, Deberá contar con pasaporte vigente o documento equivalente expedido a nombre del titular del viaje, así como cédula de identidad o cédula de menor como residente temporal, permanente, inmobiliario, humanitario o provisional..

Los extranjeros no residentes en el país deberán solicitar visa de entrada, a menos que sean ciudadanos de un país que tenga acuerdos de exención para este documento con el Ministerio de Relaciones Exteriores de la isla.

A partir de estos requisitos, el documento especifica algunas condiciones que regulan la entrada y salida del país.

Menciona eso Para efectos de su ingreso al territorio nacional, una persona podrá ser inadmisible si: tiene antecedentes vinculados a actividades de terrorismo, trata de personas y tráfico de migrantes, así como drogas, lavado de dinero o posesión o portación ilegal de armas u otros actos que son condenados internacionalmente.

También, No podrán acceder a Cuba aquellas personas vinculadas con actos nocivos contra la humanidad, la dignidad y la salud colectiva..

Se califican como inadmisibles quienes organicen, alienten o participen en acciones hostiles contra las bases políticas, económicas y sociales del Estado cubano.. Siendo este un punto vacilante en las interpretaciones de los funcionarios de inmigración y de la Seguridad del Estado.

Condición similar ocurre con los numerales que indican que se puede estar sujeto a prohibición de ingreso por razones de Seguridad y Defensa Nacional, o por ser declarado indeseable o expulsado. Sin embargo, en estos dos últimos casos se podrán hacer excepciones si existen razones humanitarias, interés público o si las instituciones estatales así lo aconsejan.

Mientras tanto, uno de los puntos que más llama la atención es el de la salida del país, uno de los más vulnerados por el régimen cubano, debido a la discreción con la que lo aplican las autoridades.

Según el documento, Cualquier persona que se encuentre en el territorio nacional no puede salir del país, siempre y cuando se encuentre comprendida en alguno de los siguientes puntos.:

  1. Ser objeto de proceso penal o de cualquier otra materia, siempre que las autoridades hayan ordenado la medida cautelar de prohibición en el territorio nacional.
  2. Tener pendiente de cumplimiento una sanción penal en la que la prohibición de salir del país sea una sanción accesoria.
  3. Estar sujeto a los beneficios del Servicio Militar Obligatorio.
  4. Cuando razones de Seguridad y Defensa Nacional así lo aconsejen.
  5. Tienen obligaciones con el Estado cubano o responsabilidad civil, siempre que hayan sido ordenadas por las autoridades correspondientes.
  6. Carecer de la autorización establecida, conforme a las normas encaminadas a preservar la mano de obra calificada para el desarrollo económico, social y científico-técnico del país.
  7. Carecen de la autorización establecida, pero en virtud de preservar la seguridad y protección de la información oficial.
  8. Menores de edad sin autorización paterna.
  9. Cuando por otras razones de interés público que determinen las autoridades autorizadas.
  10. Incumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Migración, la Ley de Extranjería y sus respectivos reglamentos.
Captura de pantalla/Ley de inmigración

Agregan que las personas que tengan algún tipo de estos signos serán notificados en el puerto de ingreso, cuando se encuentren en el país o por otro medio apropiado.

Captura de pantalla/Ley de inmigración

El documento publicado por la Asamblea Nacional también propone otros cambios como la posible eliminación del período de estancia de 24 meses en el extranjero y la designación de migrante por este motivo.

El gobierno indicó que el objetivo de dar a conocer los proyectos de ley es “promover la participación ciudadana y contribuir a la cultura jurídica” de los cubanos.

Según la agencia oficial Prensa Latina“estas propuestas legislativas serán sometidas al análisis y discusión de los diputados, con miras a su oportuna presentación en el Parlamento cubano”.

 
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