¿Qué cambiará si se aprueba la Ley de Bases en el Senado?

¿Qué cambiará si se aprueba la Ley de Bases en el Senado?
¿Qué cambiará si se aprueba la Ley de Bases en el Senado?

En jubilaciones y pensiones, La ley de Bases deroga la moratoria de pensiones y crea una nueva prestación proporcional a los años de cotización efectiva cuyo alcance será definido por el Ejecutivo. Mientras tanto, los diputados votaron otros cambios en las pensiones, como ajustes salariales y pago de sentencias definitivas, que el presidente Javier Milei anunció que vetará.

La ley de moratoria (N° 27.705) permite Las mujeres se jubilan a los 60 años y los hombres a los 65 años sin tener 30 años de aportes.completar los años de aportes faltantes mediante una deuda a descontar del patrimonio mensual en hasta 120 cuotas.

La derogación de esta moratoria en la práctica, y dado el alto nivel de informalidad entre las mujeres que no completan los 30 años de aportes, Implica un aumento de la edad de jubilación de las mujeres de 60 a 65 años. Es porque a los 65 años podrían acceder a la Prestación Universal para las Personas Mayores (PUAM) sin tener 30 años de aportes con el 80% del haber mínimo. El valor de la PUAM en junio es de $165.545 más el bono de $70.000.

Se establece un nuevo beneficio – Jubilación Proporcional según los años cotizados- alcanzar los 65 años tanto para hombres como para mujeres.

El Poder Ejecutivo reglamentará el Beneficio Proporcional de Jubilación en un plazo no mayor a 30 días y establecerá los parámetros objetivos para el acceso a los porcentajes que reconozcan los aportes efectivamente realizados al Sistema Integrado Previsional Argentino y las condiciones por las que se regirá el beneficio .

Para cobrar el PUAM se requiere no percibir “jubilación, pensión o jubilación, de carácter contributivo o no contributivo”. Si la normativa establece el mismo criterio, no se podría acceder al beneficio proporcional si ya se cobra otro beneficio. En el Régimen General, el jubilado puede trabajar registrado, percibiendo ambos beneficios (como jubilación y salario).

Se crea así un régimen permanente, delegando al Poder Ejecutivo la fijación de los parámetros y condiciones del nuevo Beneficio.

Mientras, los cambios previsionales aprobados por Diputados, que el presidente Milei anunció que vetará, reconoce un aumento retroactivo del 7,2%, un ajuste en marzo de cada año, la cancelación de deudas con los fondos provinciales y el pago de sentencias firmes favorables a los jubilados en un plazo de 6 meses

  • Compensación: Los beneficios de jubilación recibirán un aumento de 8,1 puntos que debieron aplicarse en el mes de abril. Es porque el Gobierno reconoció un incremento del 12,5% cuando la inflación de enero que se aplicó en abril fue del 20,6%. De esto se desprende que el aumento debería ser del 7,2% (para pasar del 12,5% al ​​20,6% y debería aplicarse a los salarios de marzo. En consecuencia, el aumento de abril, que fue del 27,39% (12,5%+13,2%) sería ascienden al 36,52% (20,6% + 13,2%). A estos mayores activos hay que sumar aumentos posteriores (11,01%, mayo y 8,83% junio). Lo que pagó la ANSES y los valores que surgen al reconocer esos 8,1 puntos porcentuales no hay compensación por la enorme pérdida de los salarios de estos últimos 6 años, que fue del 25% para quienes recibieron bonificaciones y más de 50. % para quienes no recibieron bonificaciones Este ajuste no aplica para jubilaciones especiales, como la de docentes nacionales o docentes universitarios que tienen regímenes diferenciales y no reciben aumentos generales sino específicos de cada sistema.
  • Garantía mínima: A quienes reciban una única prestación (jubilación o pensión) se les garantizará un ingreso mínimo equivalente al costo de la canasta básica total del adulto (CBT) incrementado en un 9%. Esa TCC de abril fue de $268.012, incrementada en 9% (daría $292.133) más los datos del INDEC de los siguientes meses aumentaron en 9%, superior a los $276.931 del monto mínimo de $206.931 más el bono de $70.000 que aplica en junio. Aunque el texto no lo dice, los Diputados dijeron a Clarín que esa garantía mínima absorbería el bono de $70.000.
  • Aumento adicional: En el mes de marzo de cada año se aplicará el siguiente incremento: un aumento del 50% de la diferencia entre la variación de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) y la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC). . ) del año natural anterior. Esto quiere decir que, si la inflación fuera del 80% y el RIPTE fuera del 90%, tendrían que ajustar en 5 puntos las jubilaciones y pensiones. Si ocurre lo contrario, no hay modificación del patrimonio.
  • Deudas con fondos provinciales y sentencias firmes: Otro artículo clave de lo votado por la Cámara de Diputados establece que la ANSeS deberá cancelar las deudas con las provincias que no transfirieron sus fondos de retiro y, además, cancelar las sentencias firmes a favor de los jubilados en un plazo de 6 meses. que podrá prorrogarse por otros 6 meses.

Se estima que los jubilados y pensionados con sentencia firme suman poco más de 80.000 en juicios que se prolongan durante años y años por recursos de la ANSeS y dilaciones de la Justicia, incluida la Corte Suprema. Además, Hay otros 200.000 juicios en diferentes instancias decisiones judiciales que puedan permanecer firmes.

El número de juicios y sentencias firmes varía mes a mes porque cada mes se ingresan nuevos juicios, otros quedan firmes y otros son cancelados por la ANSeS.

La ley de pensiones dice que las sentencias firmes deben pagarse en un plazo de 120 días. Pero eso no ocurre porque sólo se cancelan y con retrasos hasta completar el importe total de la partida del Presupuesto, muy inferior al total de las sentencias finales.

Además, en muchos casos los abogados dicen que el cálculo y liquidación de las sentencias definitivas no responden a lo resuelto por la Justicia y deben hacer un nuevo juicio “por mala liquidación” de esas sentencias.

Las 13 provincias que no trasladaron sus fondos de pensiones son Buenos Aires, Chaco, Chubut, Córdoba, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, Misiones, Neuquén, Santa Cruz, Santa Fe, Tierra del Fuego y Corrientes. En lo que va del año, el Gobierno no ha transferido partidas a los Fondos no transferidos.

En una versión anterior del proyecto de ley se proponía financiar estos Fondos Provinciales y las sentencias definitivas con el producto de la venta de activos del FGS (Fondo de Garantía de Sustentabilidad). Finalmente, se modificó este artículo y se incorporó una cláusula indicando que ambos conceptos deben pagarse con los recursos tributarios que van al Seguro Social.

 
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