Empresas de servicios públicos en Colombia deberán implementar facturación electrónica antes del 1 de agosto de 2024 – .

Empresas de servicios públicos en Colombia deberán implementar facturación electrónica antes del 1 de agosto de 2024 – .
Empresas de servicios públicos en Colombia deberán implementar facturación electrónica antes del 1 de agosto de 2024 – .

Empresas de servicios públicos en Colombia enfrentan inminente plazo para implementar facturación electrónica – Crédito Colpresa

Las empresas de servicios públicos en Colombia enfrentan un plazo inminente para implementar la facturación electrónica, con fecha límite estipulada para el 1 de agosto de 2024. Este mandato, regulado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), es parte de un esfuerzo nacional para modernizar y formalizar los impuestos y mecanismos contables.

Desde 2016, La Dian viene impulsando la implementación de la factura electrónica como herramienta clave para combatir la evasión fiscal y promover prácticas comerciales transparentes. Este sistema permite a las empresas registrar y transmitir electrónicamente detalles de sus transacciones, incluidos los bienes y servicios proporcionados, los montos facturados y los impuestos aplicables.

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Según Óscar Mauricio Moreno, cofundador de F&M Tecnología – E-BillE, la Resolución 008 de 2024 establece la obligación para las empresas de servicios públicos como suministro de agua, electricidad, gas doméstico y operadores de servicios celulares de generar y transmitir facturas electrónicas.

“Las empresas deben generar cobros mediante la emisión de facturas electrónicas, las cuales serán enviadas a sus clientes por medios electrónicos”, dijo Moreno durante una entrevista con Maletín.

Resolución 008 de 2024 estipula que deberán generar y transmitir facturas electrónicas – Crédito Freepik

Hasta ahora, el progreso en la implementación ha sido desigual. Aunque se debe cumplir un cronograma estricto, algunas empresas aún no han iniciado los programas piloto o pruebas necesarias para asegurar el correcto funcionamiento del sistema. antes de la fecha límite. Según Moreno, el sector de servicios públicos debería haber iniciado estas pruebas de habilitación y estabilización de sus sistemas hace varias semanas.

Para cumplir con los requisitos de la Dian, las empresas tienen la opción de realizar desarrollos propios, contratar servicios externos o participar en programas piloto que les permitan evaluar y ajustar sus sistemas de facturación electrónica. Esta fase de prueba es crucial para garantizar que todos los documentos electrónicos se transmitan de acuerdo con los lineamientos establecidos por la autoridad tributaria.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales regula esta medida desde 2016 – crédito Montaje Johan Largo/Infobae Colombia

El experto también destacó que esta obligación representa un desafío importante, especialmente porque una parte considerable de la población no tiene acceso a medios electrónicos. “Será un desafío considerar que no toda la población tiene acceso a medios electrónicos, lo que implica desarrollar opciones que faciliten el acceso al 100% de los usuarios de esta nueva forma de recibir documentos de recaudación”mencionó, destacando la necesidad de colaboración entre entidades como la Dian y la Superintendencia de Servicios Públicos.

Hasta hace unos años las empresas podían generar facturas electrónicas de forma voluntaria, cumpliendo con los requisitos de la ley. Sin embargo, con la nueva normativa se establece la obligación de incluir datos específicos en las facturas electrónicas, como la descripción de bienes y servicios, descuentos aplicados, financiación, subvenciones y otros cargos asociados.

Además de cumplir con la ley, las empresas que emitan facturas electrónicas podrán beneficiarse de deducciones fiscales y la generación de un historial crediticio favorable. “Que cumplan es también una obligación en el entendido de que, con ello, quienes lo hagan, Fortalecen su posición en el mercado y también son una herramienta indispensable para la transparencia y el control financiero dentro de sus empresas.”, indicó Moreno.

La Resolución 008, emitida el 31 de enero de 2024, modificó el calendario de implementación para la generación y transmisión electrónica del documento equivalente y estableció el 1 de mayo de 2024 como fecha límite para adoptar la versión 1.9 del anexo técnico de factura electrónica.

Los detalles de las transacciones deben registrarse y transmitirse electrónicamente – Agencia Andina de Crédito

La normativa vigente abarca tanto a las personas jurídicas como a los responsables del IVA y del Impuesto Nacional al Consumo, así como a las personas naturales con ingresos brutos superiores a las 3.500 UVT o que cumplan con los requisitos del artículo 437 del Estatuto Tributario. También aplica para los contribuyentes del Régimen Simple, comerciantes, importadores, tipógrafos y litógrafos, quienes deberán expedir una factura por cada operación.

Finalmente, la normativa específica que aplica la obligación de emitir facturas a todas aquellas personas o entidades que sean comerciantes y ofrezcan servicios profesionalesprestar servicios conexos o vender bienes agrícolas o pecuarios, independientemente de su condición de contribuyentes de los impuestos administrados por la Dian.

 
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