Uno a uno, quiénes son los 20 imputados que irán a juicio

Uno a uno, quiénes son los 20 imputados que irán a juicio
Uno a uno, quiénes son los 20 imputados que irán a juicio

El fiscal general de la provincia, Pedro García Castiella y los fiscales Ana Inés Salinas Odorisio, Santiago López Soto y Gustavo Torres Rubelt, de la Unidad Fiscal, solicitaron ante el Juzgado 3 de Garantías del Distrito Central un juicio para 20 personas imputadas en el caso, de los cuales 12 de ellos se encuentran en prisión preventiva.

Luego de una exhaustiva investigación, la Unidad Fiscal acusa a ocho funcionarios del Servicio Penitenciario de Salta, internos condenados alojados en la Unidad Penitenciaria N° 1, y a sus familiares, de formar parte de una organización narcocriminal que operaba en el Penal de Villa Las Rosas donde cada uno desempeñaba un papel rol específico.

La investigación se inició a partir de denuncias anónimas que indicaban que personal de la Unidad Penitenciaria N° 1 de Salta estaba involucrado en actividades ilícitas, entre ellas solicitar sobornos a cambio de beneficios para los reclusos o facilitar la introducción de artículos y drogas prohibidos. al centro de detención.

Se analizaron más de 50 cuentas bancarias, de las que se obtuvo el resultado de más de 1.000 transferencias realizadas por familiares de presos. Además, se interceptaron más de 20 líneas telefónicas y se recogieron 90 declaraciones testimoniales, durante el periodo investigado entre 2021 y 2023.

La Unidad Fiscal concluyó que los funcionarios del Servicio Penitenciario Sergio Moya, Francisco Arturo Bisceglia, Rubén Antonio Guaymás, Luis Roberto Castaño, José Luis Alarcón, Marcelo Olguín Magno, Raúl Antonio Arjona y Marcos Matías Bucotich García con estatus de revisión en la Unidad Penitenciaria No. 1, haciendo uso abusivo de sus cargos y de las atribuciones y facultades que poseían, así como de su jerarquía y antigüedad, exigieron indebidamente obsequios a los condenados allí alojados. Éstas consistían en la entrega de sumas de dinero u otro elemento de valor a cambio de ayudar a obtener beneficios incluidos en el régimen de castigo progresivo, como elevar las calificaciones en materia de conducta, acelerar los trámites para la obtención de extramuros. , salidas temporales, otorgamiento de salida a finca y/o cambios de bandera, entre otros. Adicionalmente, el ingreso de otro tipo de elementos no permitidos por la normativa interna de las Unidades Penitenciarias, como teléfonos celulares, cargadores, alimentos y bebidas, entre otros, sustancias estupefacientes y/o protección contra posibles abusos.

Las transiciones mencionadas se realizaron de forma electrónica o mediante la entrega de efectivo, a través de reuniones entre funcionarios penitenciarios y familiares de los internos.

Respecto a la comercialización de estupefacientes, los investigadores identificaron tres aspectos fundamentales para su consumación: la distribución de la sustancia dentro de la Unidad Penitenciaria; los enlaces externos que recibían dinero, distribuían y administraban cuentas bancarias, producto de la comercialización de estupefacientes; y la necesaria participación y connivencia de funcionarios públicos, quienes por omisión o acción, permeabilizaron el sistema de seguridad e ingresaron la sustancia prohibida al establecimiento, brindando seguridad a la organización criminal.

Con estos elementos probatorios, la Unidad Fiscal solicitó juicio para:

  • Sergio Faustino Moya, por los delitos de exacciones ilegales agravadas – conmoción cerebral; considerándolo penalmente responsable coautor del delito de comercialización de estupefacientes agravado con la participación de más de tres personas, realizado en un lugar de detención y cometido por funcionarios encargados de la custodia de los detenidos; y miembro penalmente responsable del delito de asociación ilícita, todo ello en concurso real.
  • Francisco Arturo Bisceglia, por los delitos de exacciones ilegales agravadas – conmoción cerebral; considerándolo penalmente responsable coautor del delito de comercialización de estupefacientes agravado con la participación de más de tres personas, realizado en un lugar de detención y cometido por funcionarios encargados de la custodia de los detenidos; y miembro penalmente responsable del delito de asociación ilícita, todo ello en concurso real.
  • José Luis Alarcón, por los delitos de exacciones ilegales agravadas – conmoción cerebral; considerándolo penalmente responsable coautor del delito de comercialización de estupefacientes agravado con la participación de más de tres personas, realizado en un lugar de detención y cometido por funcionarios encargados de la custodia de los detenidos; y miembro penalmente responsable del delito de asociación ilícita, todo ello en concurso real.
  • Marcos Matías Bucotich García, por los delitos de exacciones ilegales agravadas por conmoción cerebral; considerándolo penalmente responsable coautor del delito de comercialización de estupefacientes agravado con la participación de más de tres personas, realizado en un lugar de detención y cometido por funcionarios encargados de la custodia de los detenidos; y miembro penalmente responsable del delito de asociación ilícita, todo ello en concurso real.
  • Raúl Antonio Arjona, por los delitos de exacciones ilegales agravadas – conmoción cerebral; considerándolo penalmente responsable coautor del delito de comercialización de estupefacientes agravado con la participación de más de tres personas, realizado en un lugar de detención y cometido por funcionarios encargados de la custodia de los detenidos; y miembro penalmente responsable del delito de asociación ilícita, todo ello en concurso real.
  • Luis Roberto Castaño, considerándolo penalmente responsable coautor del delito de comercialización de estupefacientes agravado con la participación de más de tres personas, realizado en un lugar de detención y cometido por funcionarios encargados de la custodia de los detenidos; y miembro penalmente responsable del delito de asociación ilícita, todo ello en concurso real.
  • Marcelo Olguín Magno, por los delitos de exacciones ilegales agravadas – conmoción cerebral; y considerándolo socio penalmente responsable del delito de asociación ilícita, todo ello en concurso real.
  • Rubén Antonio Guaymas, por los delitos de exacciones ilegales agravadas-conmoción cerebral; considerándolo socio penalmente responsable del delito de asociación ilícita, todo ello en concurso real.
  • Manuel Méndez, por ser coautor de los delitos de comercialización de drogas agravado con la participación de más de tres personas, realizados en un lugar de detención, y ser miembro de asociación ilícita; todo esto en un concurso real.
  • María Inés Méndez, considerado coautor de los delitos de comercialización de drogas agravado con la participación de más de tres personas, realizados en un lugar de detención, y de asociación ilícita; todo esto en un concurso real.
  • Héctor Gustavo Banega, considerándolo coautor de los delitos de comercialización de drogas agravado con la participación de más de tres personas, realizados en un lugar de detención, y siendo miembro de asociación ilícita; todo esto en un concurso real.
  • Ivana Marcela Gutiérrez, por ser considerado coautor de los delitos de comercialización de drogas agravado con la participación de más de tres personas, realizados en un lugar de detención, y ser miembro de asociación ilícita; todo esto en un concurso real.
  • Nicole Judith Ana Luna, por ser coautor de los delitos de comercialización de drogas agravado con la participación de más de tres personas, realizados en un lugar de detención, y ser miembro de asociación ilícita; todo esto en un concurso real.
  • Yanina Alejandra Chajú, considerado coautor de los delitos de comercialización de drogas agravado con la participación de más de tres personas, realizados en un lugar de detención, y pertenencia a asociación ilícita; todo esto en un concurso real.
  • Patricia Daiana Del Rosario Flores, por ser coautor de los delitos de comercialización de drogas agravado con la participación de más de tres personas, realizados en un lugar de detención, y ser miembro de asociación ilícita; todo esto en un concurso real.
  • Silvana Valeria Avendaño, por ser coautor de los delitos de comercialización de drogas agravado con la participación de más de tres personas, realizados en un lugar de detención, y ser miembro de asociación ilícita; todo esto en un concurso real.
  • María Cristina Galindo, por ser considerado coautor de los delitos de comercialización de drogas agravado con la participación de más de tres personas, realizados en un lugar de detención, y por ser miembro de asociación ilícita; todo esto en un concurso real.
  • Josué Joel Valencia. por ser coautor de los delitos de comercialización de drogas agravado con la participación de más de tres personas, realizados en un lugar de detención, y ser miembro de asociación ilícita; todo esto en un concurso real.
  • Baldomero Darío Córdoba, como partícipe necesario penalmente responsable del delito de exacciones ilegales agravadas -Conmoción cerebral.
  • Andrea Abigaíl Alba, por ser considerado coautor de los delitos de comercialización de drogas agravado con la participación de más de tres personas, realizados en un lugar de detención, y por ser miembro de asociación ilícita; todo esto en un concurso real.
 
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